Marcela Lagarde cuestiona reforma de Sheinbaum al alertar cambios en el concepto de feminicidio #PodcastDeLaLovera

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07.09.2026 Ciudad de México.- La reforma que pretende establecer una Ley General contra el Feminicidio en México abrió un debate sobre la manera en que el Estado debe nombrar, investigar y sancionar los asesinatos de mujeres. En el centro de las críticas aparece una modificación conceptual que, para Marcela Lagarde y de los Ríos, puede alterar el sentido con el que esta figura fue incorporada al sistema jurídico mexicano.

La antropóloga feminista ha advertido en el Podcast de Sara Lovera que cambiar la definición jurídica de “mujer” por “persona” dentro de una legislación creada para enfrentar la violencia feminicida no es un asunto de lenguaje.

Esa formulación incluye expresamente a las mujeres trans, pero ha generado objeciones entre organizaciones feministas que consideran que el concepto utilizado para delimitar al sujeto protegido por la legislación debe conservar una referencia específica a las mujeres como grupo expuesto a una violencia estructural basada en el sexo.

La discusión no se produce en un contexto de disminución de la violencia contra las mujeres. Los datos disponibles muestran que las muertes violentas continúan representando un problema de seguridad y derechos humanos. El INEGI reportó que durante el primer semestre de 2025 la tasa de defunciones por presunto homicidio entre mujeres fue de 2.3 por cada 100 mil, frente a 2.8 en el mismo periodo de 2024.

Para Lagarde, el punto de fondo es qué efectos puede tener una modificación conceptual sobre una figura penal que surgió precisamente para identificar que determinados asesinatos de mujeres no podían ser tratados únicamente como homicidios ordinarios.

La antropóloga participó en la construcción del concepto de feminicidio en México a partir del término “femicide”, desarrollado originalmente por Diana Russell y Jill Radford. Su trabajo vinculó los asesinatos de mujeres con las condiciones sociales, políticas e institucionales que permiten la reproducción de la violencia de género y la impunidad.

Desde su perspectiva, cualquier modificación debe analizarse por sus efectos sobre la identificación de las víctimas, la investigación de los crímenes y la capacidad del Estado para reconocer la violencia ejercida contra las mujeres como parte de un fenómeno estructural como eel machismo patriarcal.

El proyecto promovido por la presidenta Claudia Sheinbaum pretende homologar en todo el país la investigación y persecución del feminicidio. Entre sus principales disposiciones se encuentra la obligación de que las muertes violentas de mujeres sean investigadas inicialmente bajo esa hipótesis, además de establecer protocolos especializados, sanciones para quienes obstaculicen las investigaciones y penas de hasta 70 años de prisión.

La propuesta busca responder a una de las dificultades históricas en México: que el tratamiento de los asesinatos de mujeres ha variado entre entidades y que no siempre las investigaciones incorporan desde el comienzo una perspectiva de género.

Pero mientras el Gobierno federal presenta la iniciativa como una herramienta para fortalecer la justicia, sectores del feminismo han advertido que algunos de sus cambios conceptuales pueden producir el efecto contrario en determinados aspectos.

Uno de los puntos que concentra la controversia es la definición incorporada en el proyecto. El texto plantea que “mujer” será toda persona que se identifique como mujer. Para las organizaciones que cuestionan esta redacción, el cambio puede desdibujar la categoría jurídica que permitió identificar una violencia dirigida específicamente contra las mujeres por razones relacionadas con su sexo y con relaciones históricas de desigualdad.

El planteamiento de Lagarde tiene un peso particular por su participación en la construcción del concepto de feminicidio en México. Su trabajo permitió trasladar al ámbito académico, político y legislativo una categoría que buscaba explicar por qué el asesinato de una mujer no siempre podía analizarse como un homicidio común.

A partir de esa perspectiva, el feminicidio se relacionó con un conjunto de circunstancias que pueden preceder al asesinato: violencia sexual, lesiones, amenazas, violencia familiar o de pareja, discriminación y otras expresiones de desigualdad. El objetivo de reconocer esas condiciones fue obligar a las autoridades a investigar el crimen atendiendo a posibles razones de género.

En Charla con Sara Lovera la antropóloga Marcela Lagarde, al lado de organizaciones, periodistas como Sara Lovera, activistas feministas, impulsó el proceso legislativo que llevó a la creación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promulgada en 2007, uno de los principales instrumentos nacionales para reconocer y combatir la violencia contra las mujeres.

La construcción de ese marco jurídico estuvo acompañada por décadas de movilización de familiares de víctimas, organizaciones feministas, defensoras de derechos humanos y académicas. En ese proceso, el término feminicidio dejó de ser solamente una categoría utilizada en el ámbito académico y adquirió consecuencias jurídicas y políticas.

Por ello, la antropóloga considera que cualquier reforma debe preservar la capacidad de la legislación para hacer visible la violencia específica que enfrentan las mujeres.

La discusión adquiere otra dimensión al incorporar a las mujeres trans. El proyecto presidencial busca incluirlas dentro de la definición propuesta de mujer, mientras que diversos sectores feministas sostienen que los asesinatos de mujeres trans también requieren categorías capaces de identificar las características particulares de la violencia motivada por identidad o expresión de género.

México ya cuenta con experiencias legislativas en ese terreno. En Ciudad de México, por ejemplo, el Congreso aprobó en 2024 reformas conocidas como Ley Paola Buenrostro, mediante las cuales se incorporó el transfeminicidio como delito específico. La modificación surgió después de años de exigencias de activistas y organizaciones para que los asesinatos de mujeres trans fueran reconocidos en sus propias circunstancias.

La existencia de ambas discusiones —feminicidio y transfeminicidio— muestra una de las complejidades del problema: no se trata únicamente de determinar quién puede ser considerado víctima, sino de garantizar que la investigación permita identificar correctamente las razones y circunstancias de cada asesinato.

Para las feministas que cuestionan la iniciativa federal, modificar las categorías legales puede tener consecuencias también en las estadísticas. Si las autoridades no registran de manera diferenciada las características de las víctimas y de los crímenes, advierten, se dificulta conocer la dimensión real de las distintas formas de violencia letal por razones de género.

El debate ocurre además mientras México mantiene cifras elevadas de violencia contra las mujeres. De acuerdo con los registros oficiales, miles de mujeres han sido asesinadas cada año y una parte de esos casos es investigada bajo la figura de feminicidio. La diferencia entre homicidio doloso y feminicidio no constituye solamente una cuestión de pena: determina qué hipótesis debe explorar la autoridad y qué elementos relacionados con la violencia de género deben buscarse durante la investigación.

Ese es precisamente uno de los aspectos que Lagarde ha colocado en la discusión. Su cuestionamiento no se limita a la utilización de una palabra dentro de una iniciativa presidencial, sino al riesgo de que una modificación conceptual termine afectando la manera en que las instituciones identifican el fenómeno que la legislación pretende combatir.

La iniciativa todavía no tiene carácter de ley. Su contenido puede ser modificado durante el proceso parlamentario, en el que participan comisiones, legisladores, especialistas y organizaciones de la sociedad civil.

Mientras el Gobierno federal sostiene que la reforma permitirá contar con reglas comunes para investigar los asesinatos de mujeres y reducir espacios de impunidad, las voces críticas reclaman revisar las definiciones y garantizar que la nueva legislación no pierda el enfoque que permitió reconocer al feminicidio como una expresión específica de violencia contra las mujeres.

Para Lagarde, el desafío consiste en fortalecer las herramientas jurídicas sin desmantelar el proceso mediante el cual México llegó a reconocer que detrás de determinados asesinatos existen relaciones de desigualdad y violencia de género.

Casi dos décadas después de la entrada en vigor de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la discusión vuelve así al origen de la categoría: nombrar una violencia que durante años permaneció invisibilizada y obligahttps://open.spotify.com/episode/7M7FC1WMpGUKTC9Ks40dF9?si=YtRopW9wQb-1x9Ixng9sVQ&utm_source=whatsappr al Estado a investigarla con una perspectiva distinta a la utilizada frente a cualquier otro asesinato y la impunidad que deriva de ella.

La reforma propuesta por Sheinbaum será ahora sometida al debate legislativo. En ese proceso, la advertencia de quien fue una de las principales impulsoras del concepto de feminicidio en México coloca una pregunta en el centro de la discusión: cómo ampliar la protección frente a todas las formas de violencia de género sin perder la capacidad jurídica para identificar la violencia específica que sufren las mujeres.

Por ultimo la invitada de Sara Lovera, La Antropóloga feminista Lagarde convocó a seguir impulsando los derechos de las mujeres a través de las alianzas, la sororidad y el consenso entre las mujeres