Menos casos de feminicidio, más preguntas: ¿cómo se registran las muertes violentas de mujeres en México?

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*El SESNSP reportó 315 víctimas de feminicidio entre enero y junio de 2026. Sin embargo, en el mismo periodo contabilizó 772 mujeres víctimas de homicidio doloso y 1,494 de homicidio culposo.

*Foto: César Martínez / a estadística oficial reporta una disminución de 10.7% en los feminicidios durante el primer semestre de 2026, pero persisten dudas sobre los criterios de clasificación.

/ Escrito por Georgina Monroy Vázquez /

18.08.2026 /CimacNoticias.com/ México.- El feminicidio disminuyó 10.7 por ciento durante el primer semestre de 2026, de acuerdo con el balance presentado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). Pero detrás de la reducción de este delito permanece una pregunta: ¿Cuántas muertes violentas de mujeres están siendo investigadas y registradas bajo otras figuras penales?

El Informe de violencia contra las mujeres, con corte al 30 de junio de 2026, contabilizó 315 víctimas mujeres de feminicidio entre enero y junio. La cifra forma parte del reporte mensual de incidencia delictiva elaborado con información de las fiscalías y procuradurías de las 32 entidades federativas.

El dato adquiere otra dimensión al revisar el apartado dedicado a los delitos contra la vida y la integridad corporal. En el mismo periodo fueron registradas 772 mujeres víctimas de homicidio doloso y 1,494 víctimas mujeres de homicidio culposo.

Esto no significa que esas muertes deban considerarse automáticamente como feminicidio. El homicidio culposo, por ejemplo, contempla muertes sin intención y puede incluir accidentes. Sin embargo, la diferencia entre las categorías sí permite observar que el feminicidio representa sólo una parte de las muertes de mujeres registradas por el sistema de procuración de justicia.

El propio SESNSP reconoce que puede haber reclasificaciones

El punto más relevante para analizar la estadística está en las propias advertencias metodológicas del Secretariado.

El organismo explica que una investigación penal comienza con la apertura de una carpeta por un determinado tipo de delito, pero que conforme avanza la investigación los hechos pueden ser reclasificados en un delito distinto. Estas modificaciones son reportadas posteriormente por las fiscalías al Centro Nacional de Información y pueden provocar que las cifras de delitos y víctimas cambien respecto de reportes anteriores.

Más aún: el SESNSP aclara que las autoridades ministeriales tienen la obligación de utilizar el protocolo de investigación en materia de feminicidio cuando investigan muertes dolosas de mujeres, pero el uso del protocolo no obliga a que el caso sea registrado estadísticamente desde el inicio como feminicidio.

En otras palabras, investigar una muerte violenta de una mujer bajo un protocolo de feminicidio y registrarla estadísticamente como feminicidio son dos procesos que el propio Secretariado distingue.

Esta precisión es central para leer la caída de 10.7 por ciento reportada para el primer semestre.

Una comparación que debe hacerse con cautela

El análisis también enfrenta un problema metodológico adicional. A partir de enero de 2026, el SESNSP implementó una nueva metodología para el registro y clasificación de delitos y víctimas.

El organismo señala que esta metodología permite desagregar el sexo y los rangos de edad de las víctimas para todos los delitos, además de incorporar nuevos delitos relacionados con violencia contra las mujeres. Para los años anteriores a 2026 se mantiene la información reportada mediante el instrumento CNSP/38/15.

Por ello, comparar mecánicamente una cifra de 2026 con una de 2025 puede ocultar diferencias en la manera en que las fiscalías reportan y clasifican los casos.

Pero sí permite plantear una pregunta que difícilmente puede ignorarse: si una muerte violenta de una mujer puede registrarse inicialmente como homicidio y posteriormente cambiar de clasificación, ¿la disminución del feminicidio refleja necesariamente una disminución de la violencia feminicida?

“Es muy aventurado decir que disminuyeron los feminicidios”: Luz Estrada

Para María de la Luz Estrada Mendoza, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), afirmar que los feminicidios disminuyeron a partir de las cifras oficiales resulta, por ahora, una conclusión que debe tomarse con cautela.

No es que disminuyan, eso es muy relativo plantearlo, señaló, al explicar que persisten diferencias en los criterios con los que las autoridades determinan cuándo una muerte violenta de una mujer debe incorporarse al registro de feminicidio.

Estrada cuestionó que no existan criterios suficientemente claros y homologados sobre el momento en que una investigación debe registrarse como feminicidio. En algunos casos, explicó, las autoridades pueden esperar a que exista una vinculación a proceso o incluso una sentencia para modificar la clasificación del delito.

Esta situación, dijo, puede provocar que casos que desde el inicio cuentan con elementos para ser investigados como feminicidio sean registrados bajo otras categorías.

La coordinadora del OCNF puso como ejemplo algunos casos ocurridos en la Ciudad de México que inicialmente fueron registrados como accidentes, pese a que existían elementos para que fueran investigados bajo una perspectiva de feminicidio. Otros casos, explicó, comienzan como homicidio y es durante el desarrollo de la investigación cuando se plantea la posibilidad de que sean atraídos por una fiscalía especializada.

Por lo regular, en territoriales, en todos los estados, ya sea las regionales, lo inician como homicidio”, explicó.

El problema, añadió, no se limita a una entidad, sino que puede reproducirse en las fiscalías territoriales de distintos estados, donde las muertes violentas de mujeres pueden comenzar sus investigaciones bajo la figura de homicidio.

Por ello, para Estrada, la disminución estadística del feminicidio no necesariamente permite concluir que la violencia feminicida esté disminuyendo. Antes es necesario conocer bajo qué criterios se están clasificando e investigando las muertes violentas de mujeres y qué ocurre con los casos que inicialmente fueron registrados como homicidio o accidente.

Realmente es muy, muy aventurado decir que disminuyeron los feminicidios, sostuvo.

La discusión cobra relevancia mientras avanza el debate sobre una eventual Ley de Feminicidio, pues, de acuerdo con Estrada, uno de los pendientes es establecer criterios homologados que permitan que las muertes violentas de mujeres sean investigadas desde el inicio con parámetros claros y con perspectiva de género.

Para la coordinadora del OCNF, generar esos criterios homologados de investigación es precisamente una de las tareas que deben continuar en el debate legislativo y en las fiscalías, de manera que la clasificación inicial de un caso no dependa de criterios distintos entre las autoridades territoriales.

Así, la cifra de 315 feminicidios registrados entre enero y junio de 2026 debe leerse con cautela: más que cerrar la discusión sobre una eventual disminución de la violencia feminicida, abre la pregunta sobre cómo se están clasificando las muertes violentas de mujeres desde que se inicia una investigación.