No hay censura ni espionaje en nueva ley, asegura Claudia Sheinbaum

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01.07.2025.- No hay censura ni espionaje, ratificó la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo al recordar que la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que se encuentra en análisis legislativo mantiene exactamente igual la legislación vigente: sólo con orden judicial es posible que las autoridades intervengan o geolocalicen teléfonos.

“¿Cuándo se hace? Cuando hay presunción de un delito y un juez lo permite, no para cualquier ciudadano; eso está prohibido, sigue prohibido y estaba prohibido.

“Solamente frente a la investigación de un presunto delincuente que se sabe su teléfono, pues se le pide a un juez: Oye, necesito saber su geolocalización. Porque si se detiene a una persona debido a que se encontró su localización a través del teléfono, pero no fue orden de juez, no es válido para el juez.”

La primera mandataria subrayó que la propuesta rescata y fortalece los derechos de las audiencias, es decir, de la población consumidora de medios de comunicación:

“Antes era: lo que diga el medio de comunicación, eso es. No; ahora la ciudadanía puede reclamar. ¿A eso le llaman censura? Es todo lo contrario; es una revisión ciudadana del derecho a la información, que es un derecho constitucional.”

El titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), José Antonio Peña Merino, detalló que el dictamen aprobado por el Senado de la República es exactamente igual en el artículo 190 de la ley vigente aprobada desde 2014.

La norma establece que los operadores están obligados a colaborar con las autoridades de seguridad y procuración de justicia en los términos que establecen las leyes, a través de mandamiento escrito, fundado y motivado de la autoridad competente.

Lo anterior tiene sustento en el artículo 16 de la Constitución, que obliga a obtener autorización judicial para realizar intervenciones, así como el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que no ha sido reformado desde 2016.

En cuanto al regreso de los derechos para las audiencias, recordó que se trata de una garantía de artículo sexto constitucional, al menos desde 2014, por lo que se restituye la disposición en la propuesta de ley.

Mencionó que las personas consumidoras de medios de comunicación tienen derecho a iniciar una queja ante la persona defensora de audiencias de cada empresa mediática.

En caso de proceder, la autoridad emite un apercibimiento al medio de comunicación para que respete el derecho de la audiencia.

Tales derechos se refieren a la diversidad de contenidos, no discriminación, igualdad de género, distinguir entre publicidad e información, así como programación infantil, entre otros.

En temas aparte, precisó que la herramienta digital Llave MX no permite suplantar la identidad de ninguna persona, ya que toda la información requerida pasa a revisión de servidores públicos. Las iniciativas de ley permitirán autenticar la identidad digital sin que sea necesaria la verificación de documentos.