No me gusta elegir entre papá o mamá

SIN MIEDO

Josefina Vázquez Mota

María Alejandra recuerda perfectamente a sus diez años, lo mucho que le dolía tener que elegir entre mamá y papá. No entendía claramente lo que ocurría, sólo sabía que sus papás ya no estarían juntos y que peleaban para ver quién se quedaría con ella y su hermana.

“No sabía a quién elegir, ni quién era bueno o malo, los dos son buenos. Los jueces no escuchan, ni las trabajadoras sociales, quieren que digas lo que ellos quieren. Uno decía: “diles cómo te trata tu mamá”; el otro: “dile que tu papá nunca estaba en la casa y tiene otra mujer”. Duele mucho que nadie piense en nosotras y en lo que deseamos. Un día le dije a mi abuela Yaya que mejor me quedaba con ella, que ya no quería que se pelearan por nosotras”, cuenta.

Por esta razón es que en el Senado de la República aprobamos una reforma para armonizar la legislación civil con la Convención sobre los Derechos del Niño, con la intención de que en un procedimiento judicial que implique la separación entre menores de su madre o su padre (divorcio), se ofrezca a todas las partes ser escuchadas, incluidas niñas, niños y adolescentes.

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Por lo que el juez o jueza tomará en cuenta la opinión de las y los menores involucrados en función de su edad y madurez, a fin de resolver lo conducente y garantizar el interés superior de la niñez.

Para 2017, de acuerdo con el Inegi, se registraron cerca de 150 mil divorcios en México, de los cuales el 90 por ciento fueron resueltos en sede judicial.

Al acrecentarse los índices de divorcios en nuestro país, es necesario que desde nuestras atribuciones establezcamos mecanismos para salvaguardar el interés de las niñas, niños y adolescentes mexicanos, pues cuando hay una lucha entre los progenitores por la guarda y custodia de las hijas o hijos, su salud mental y emocional se ve transgredida.

La Convención sobre los Derechos del Niño prevé la obligación de que se dará en particular a la niña, niño o adolescente, la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que les afecte, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.

Mientras que en nuestro país, la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de patria potestad contempla que en todos los casos se tendrá en cuenta la opinión de las niñas, niños y adolescentes conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

Con esta reforma, finalmente se reconocerán a niñas, niños y adolescentes como sujetos de derecho, salvaguardando su interés superior. Por primera vez sus voces serán escuchadas.

“Me gustaría ver a mi papá sin que nos estén grabando o sin la trabajadora social. Él no es malo, nunca nos pegó. Quiero ir al parque con él como antes, sin vigilarnos”, dice María Alejandra.

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