• Esta solicitud se suma a más de medio centenar de amparos interpuestos por colectivos de los cuales, la semana pasada la jueza federal Karla María Macías Lovera otorgó la primera suspensión provisional.
• Fue violentado el proceso legislativo en su totalidad, no se hizo una consulta libre, previa, e informada como establece la Constitución.
• Alrededor de 15 millones de mexicanas y mexicanos son indígenas y 2.5 millones afromexicanos que representan casi una quinta parte del territorio y a quienes, en ningún momento, se les consultó ni se intentó consensuar o buscar su consentimiento
16/10/2022/ Ciudad de México.- El Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD), interpuso un juicio de amparo indirecto contra la expedición, aprobación y publicación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Asensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en Materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública, difundido en el Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de septiembre.
Dicha solicitud se suma a más de medio centenar de amparos interpuestos por diversos colectivos, tras la aprobación del decreto que incorpora la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y de los cuales, la semana pasada, la jueza federal Karla María Macías Lovera, concedió a la organización civil “Uniendo Caminos México” la primera suspensión provisional que impide transferir al Ejército, el control operativo y presupuestal de la GN.
Con la firma del Coordinador del GPPRD, Luis E. Cházaro, la Vicecoordinadora Elizabeth Pérez Valdez, y la legisladora promovente, Fabiola Rafael Dircio, en su calidad de indígena Mepha´a, del Pueblo Tlapaneco en el estado de Guerrero, fue presentado este Juicio de Amparo ante el juez de Distrito en turno en Materia Administrativa, tras acusar que fue violentado el proceso legislativo en su totalidad, a la vez que se incumplió el artículo 2º constitucional que garantiza la consulta previa, libre e informada hacia las comunidades originarias, además de diversos ordenamientos internacionales asumidos por el gobierno mexicano.
“En mi carácter de Diputada Federal y en defensa de los intereses de toda la colectividad indígena y afromexicana nacional, por propio derecho y con interés legítimo, hacemos saber que hemos exigido -durante décadas- que no se vulneren nuestros derechos, que se nos reconozca como sujetos de derecho y, en este sentido, para que -en caso de decretar alguna ley que nos afecta directa o indirectamente en nuestras comunidades- se nos tome en cuenta y se nos consulte sobre si estamos de acuerdo o no, y qué podríamos proponer para incluir en ese proyecto legislativo”.
La solicitud de amparo presentada en tiempo y forma por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, establece que se violan preceptos no solo de la Constitución General mexicana, sino del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; y de la Declaración Americana sobre Derechos Humanos.
Nuestro país es una nación pluricultural, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas… Hablamos de alrededor de 15 millones de indígenas más 2.5 millones de afromexicanos, que representamos cerca de la quinta parte del territorio nacional.
No obstante, destaca el PRD en su solicitud de amparo, “no se realizó –como ordena la ley- ningún tipo de consulta o intento por consensuar, o buscar nuestro consentimiento. El Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal, a través del Presidente de la Nación, decidieron aprobar tajantemente el Decreto señalado, mismo que se reclama en su totalidad por su sola entrada en vigor, el cual no solo afectará a todas las comunidades indígenas y afromexicanas, sino a toda la población en general”.
“Hasta la fecha de la presente demanda, el Estado mexicano no ha realizado una consulta libre, previa e informada con cada una de las comunidades, pueblos indígenas para conocer si otorgan o no su consentimiento de manera libre, previa e informada para la implementación del Decreto aludido, y las autoridades gubernamentales no pueden alegar, para su incumplimiento, la falta de una ley reglamentaria que haga posible el ejercicio de este derecho, pues como se ha mostrado en los apartados precedentes, existen estándares internacionales que ilustran y guían el cumplimento del mismo”, expone.
El mencionado “Decreto” carece de un consentimiento derivado de una consulta previa, libre e informada, ya que el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal, tomaron un decisión unilateral, sobre un tema que nos afectará en nuestros derechos fundamentales, además de nuestras tierras y territorios, puesto que la intervención de las instituciones policiales federales, el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea violentarán nuestros derechos fundamentales consagrados en la Carta Magna y Leyes Internacionales”, recalca.
Con base en sucesos previos en los que se involucra al Ejército con los grupos indígenas de distintos estados del país, se inquiere a la autoridad judicial: “¿Usted confía ciegamente en las Instituciones que están para protegernos? ¿Confía en las corporaciones federales, el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea? Es difícil confiar en instituciones que -al paso de los años- nos han defraudado gravemente, en un sinnúmero de ocasiones: La matanza del 68, la matanza de Atenco, los 43 de Ayotzinapa, y podríamos mencionar más que, incluso, nunca salieron a la luz pública; por eso no existe confianza en esas instituciones
Y remata: Ponen en peligro todo nuestro entorno, no tenemos la información requerida para saber si la puesta en marcha de la mencionada Ley nos obligará a ser desplazados de nuestros hogares y lugares sagrados o, incluso, nos lleve a la muerte. De ahí la necesidad de que, antes de que hubiese sido aprobada la medida, debió realizarse la consulta.