Operación Censura 4T en acción. Represalias desde el poder.

*Operación Censura 4T, se enmarca en un contexto de peligro para la libertad de expresión de las mujeres en el mundo.

/ Escrito por Wendy Rayón Garay /

27.06.2025 /Cimac Noticias.com. Ciudad de México.- En los últimos días, en México han ocurrido varios episodios de censura los cuales han estado dirigidos a acallar a la ciudadanía y medios de comunicación, algunos han sido duramente sancionados y avalados por tribunales contra quienes hablen en contra del gobierno oficial y el uso del aparato judicial y administrativo para reprimir la crítica pública no solo pone en riesgo la libertad de expresión, también genera un ambiente de intimidación y autocensura y da pruebas de una Operación Censura orquestada por la 4T con represalias desde el poder.

Esta Operación Censura 4T pone todo el poder del Estado en contra de la ciudadanía y periodistas y puede lograrlo a través de tribunales que aceptan formar parte de esta embestida así como congresos sumisos y que desafían las leyes de libertad de expresión y derechos humanos.

Operación Censura 4T, se enmarca en un contexto de peligro para la libertad de expresión de las mujeres en el mundo, según concedieron mujeres periodistas y expertas en comunicación durante el foro “Sección J: Salvaguardar los derechos digitales y de comunicación de las mujeres en Beijing+30” en Nueva York el pasado mes de marzo.

Además, México ha enfrentado hechos de censura reportados por Cimacnoticias con el tema de la Ley Censura en Puebla donde se publicó en su Diario Oficial estatal el pasado viernes 13 de junio los cambios legislativos para crear el delito de «ciberasedio», esto a solicitud del actual gobernador Alejandro Armenta, la cual pone en riesgo la libertad de expresión y además es punitiva con cárcel para la ciudadanía.

Cabe señalar que Artículo 19 y la Oficina para México y Centroamérica y la Red de Periodistas de Puebla, expresan su preocupación por la propuesta y urgieron al congreso de Puebla a rechazar el Proyecto de Decreto en materia de ciberseguridad.

Días después Sinaloa intentó la misma táctica de Puebla pero fue rechazada la iniciativa.

Es importante recordar que paralelo al 69 periodo de sesiones de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de las Mujeres (CSW69) que se llevó a cabo en esta Nueva York, en un foro especial se compartieron los resultados del Proyecto de Monitoreo Global de Medios (GMMP, por sus siglas en inglés) como evidencia del poco avance en el capítulo J La mujer y los medios de difusión a 30 años de la Plataforma de Acción de Beijing (PAB).

En la discusión, representantes del Asia, África, Medio Oriente y América, coincidieron en la amenaza permanente en la que las mujeres ejercen la libertad de expresión.

México se ha convertido en uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo y de acuerdo con la Clasificación Mundial 2022 de Reporteros Sin Fronteras (RSF), México ocupó el lugar 127 de 180 y con una situación “difícil” para la libertad de prensa.

Para este año, en la clasificación Mundial de la Libertad de Prensa 2025, México cayó tres lugares y ocupa el escaño 124. El informe advierte que por primera vez la libertad de prensa se vuelve “difícil” a escala mundial. Alertan sobre el deterioro global que sufre este derecho humano.

Caso Karla Estrella y Laisha Wilkins

El 14 de febrero de 2024, en el marco de las elecciones, la ciudadana Karla María Estrella originaria de Hermosillo, Sonora, decidió hacer una publicación en su perfil de la red social X. En ella, cuestionó la postulación de la entonces diputada local Diana Karina Barreras, quien en ese momento se encontraba compitiendo para una candidatura federal.

En la opinión de la ciudadana, resaltó que la candidatura entró de último momento y que cabía la posibilidad de que esto fuera posible al ser esposa de Sergio Gutiérrez Luna, quien actualmente preside la Cámara de Diputados.

Cabe resaltar que, ambos funcionarios pertenecen al Partido del Trabajo, aliado de Morena el cual durante este año impulsaron la Ley Nepotismo. La nueva ley determina la imposibilidad de que una persona pueda estar en el cargo público si tiene vínculos parentales con otro funcionario en activo, además se debe comprobar que el acceso al cargo no sea por vínculos familiares.

Está fue razón suficiente para que, una semana después, Karla recibiera una notificación a su cuenta de X en donde se le advirtió que su publicación había sido denunciada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a raíz de una queja por violencia política en razón de género contra la entonces candidata. No obstante, la red social no encontró elementos para acreditar dicho señalamiento, por lo que se negó a eliminar la publicación apelando a la libertad de expresión.

Pese a que Karla decidió eliminar el tweet para evitarse conflictos, a los cuatro días representantes del INE asistieron a su casa para notificarle del proceso sancionador otorgándolo tres días para contestar que coincidieron con el fin de semana, sin darle tiempo de emitir una respuesta y buscar asistencia legal. El proceso llegó hasta la Sala Regional de Guadalajara —una de las cinco que conforma al Tribunal Electoral y en la cual abarca a varios estados como lo es Sonora— en donde se confirmó que sí existió la violencia política en razón de género.

En consecuencia, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le ordenó una disculpa pública por medio de su cuenta por 30 días, publicar un extracto de la sentencia, pagar una multa económica, tomar cursos de violencia en razón de género e inscribirse en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Sin embargo, en abril de 2024, la Sala Superior del Tribunal Electoral, última instancia jurisdiccional en materia electoral liderada presidida por Mónica Aralí Soto Fregoso, afirmó que sí hubo violencia política en razón de género y confirmó la sentencia emitida.

En junio de este año, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien también conforma la Sala Superior, sugirió revocar esa sentencia al determinar que el señalamiento de Estrella se basa en un supuesto de nepotismo y solo hace referencia al vínculo matrimonial entre ambos funcionarios. El voto decisivo estuvo en manos de la presidenta Mónica Soto quien estuvo en contra del proyecto y afirmó que la violencia en la publicación «fue claro».

Otro caso de censura ocurrió en mayo cuando la actriz, conductora y columnista, Laisha Wilkins, compartió en su perfil de X una publicación de Aristegui Noticias en el que se acusa a la excandidata a ministra, Dora Martínez Valero, de intentar censurar su investigación «Televisa Leaks». En dicha publicación se nombra a la candidata como «Dora la censuradora» haciendo referencia a su autonombramiento como «Dora la transformadora» con el que hizo campaña política. Gracias a esta acción, fue denunciada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Estos casos recuerdan cuando el pasado 19 de mayo, el ciudadano y abogado Carlos Velázquez de León tuvo que ofrecer una disculpa pública en el Salón de Protocolos de la Mesa Directiva del Senado de la República a Gerardo Fernández Noroña, quien preside la Cámara. Esto ocurrió luego de que, en septiembre de 2024, el funcionario denunciara agresiones verbales y físicas del ciudadano en la Sala American Express del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).

Censura a medios de comunicación y periodistas

Las nuevas formas de censura también han alcanzado a medios de comunicación y periodistas a través de leyes que se entrecruzan con la violencia de género y violencia digital. El pasado 13 de junio, el Diario Oficial Estatal de Puebla publicó una serie de cambios legislativos para crear el delito de «ciberasedio», esto a solicitud del actual gobernador Alejandro Armenta, la cual ha sido considerada como «ley censura», por los alcances que tiene al poner en riesgo la libertad de expresión y además es punitiva con cárcel para la ciudadanía.

La redacción de la tipificación a la letra es:

«Establecer que quien a través de la utilización de tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional; estableciendo que cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima». Extracto de la ley publicada en el Diario Oficial de Puebla.

Preocupa tipificación de «ciberasedio» en Puebla: pone en riesgo la libertad de expresión – cimacnoticias.com.mx

Lo mismo sucedió el pasado 23 de junio cuando el Congreso del Sinaloa propuso reformas al Código Penal en materia de «violencia digital» y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; pero el rechazo de periodistas y defensores generó de diputadas y diputados estatales retiraran la iniciativa de reforma. Dentro de sus propuestas se contemplaba la misma idea de censura escrito con una redacción diferente:

Código Penal Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
«de manera dolosa y mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos, reales o simulados, de una o varias personas, con el propósito de difamar, desprestigiar, calumniar, injuriar, denigrar, descalificar o causar daño físico, psicológico, emocional, económico o simbólico, en cualquier ámbito de su vida pública, privada o en su imagen personal.” “Difame, calumnie, injurie, desprestigie, realice campañas de suplantación de identidad, difusión de imágenes o audios manipulados, edición o alteración de información, mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación o inteligencia artificial, así como la creación de cuentas falsas en redes sociales, con el objetivo de desacreditar, denigrar o poner en entredicho la capacidad de una mujer para ejercer funciones públicas, o en menoscabo de sus derechos políticos o electorales.”

Por lo que organizaciones como Articulo 19 advirtieron que esto implica por completo una censura por sanción anticipada sin garantía de audiencia, por lo que se vulnera el derecho a la libertad de expresión en línea al permitir que autoridades eliminen contenido sin un proceso judicial: «Medidas de este tipo se traducen en que temas de interés público como investigaciones periodísticas, publicaciones críticas, e incluso imágenes de crítica política puedan ser silenciadas de manera desproporcionada», mencionaron.

Detienen Ley Censura en Sinaloa. Periodistas y defensores alertaban violaciones a la libertad de expresión – cimacnoticias.com.mx

Otros casos que se han dado han sido en Campeche, la gobernadora Layda Sansores logró que cerraran el portal digital del medio de comunicación Tribuna de Campeche por emitir criticas ante su gestión; el periodista Miguel Alfonso Meza, integrante de Defensorxs fue denunciado por el INE por violencia política en contra del excandidato a juez federal Luis Castañeda Palacios señalado por presunto abuso y acosos sexual; y el periodista Héctor de Mauleón fue censurado por su columna “Huachicol y poder judicial en Tamaulipas” que involucra al exsecretario, el general Luis Cresencio Sandoval.

El impacto del escarmiento contra mujeres periodistas

De acuerdo con datos del informe «Voces en Resistencia» de Comunicación e Información de la Mujer A.C. las mujeres periodistas tienen el doble riesgo al ser mujeres y ejercer su labor. Algunos hallasgos de violencia contra ellas son los siguientes:

  • En 2021 la tasa de asesinatos de mujeres periodistas se elevó a 11% comparada con el 6% del año previo. (UNESCO, 2022).
  • De acuerdo con el Informe Estadístico de agosto de 2024 del Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas actualmente, de las 1994 personas beneficiarias del Mecanismo, 674 son periodistas y de esta cifra el 28.4% representa a mujeres periodistas.
    (SEGOB, 2024)
  • En el reporte de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) correspondiente al mes de septiembre de 2024, se señala que de 2010 a 2024 se reportan dos indagatorias relacionadas con hostigamiento sexual o abuso sexual, una del año 2018 y otra en 2024, y una indagatoria relacionada con delitos contra el honor en el año 2010.
  • Casi tres cuartas partes de las entrevistadas -de 392 mujeres participantes- sexual. (PUM 2019) han vivido en su trabajo algún tipo de acoso, hostigamiento o agresión
  • La mayoría de estas situaciones ocurrieron en los sitios de trabajo y fueron perpetradas, en primer lugar, por compañeros periodistas y, en segundo, por algún jefe o superior. (PUM 2019).
  • ⁠El 57% de los medios no tienen protocolos de violencia de género. (UNESCO 2024) – Se examinaron 95 medios de 14 países de América Latina.
  • En el 41.5% de los casos hubo represalias contra las personas que denunciaron: fueron despedido, amenazadas.

Para crear este diagnóstico se contó con la participación de 15 mujeres periodistas, originarias de diez estados de la República Mexicana: Aguascalientes, Veracruz, Chiapas, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Nuevo León y Tlaxcala. De ello, se desprenden las siguientes cifras:

  • ⁠El 81.8% de ellas refirió que, en su actual lugar de trabajo, o en el último -si ahora son independientes-, no contaban con mecanismos para prevenir y atender la violencia experimentada por ser periodistas.
  • El 45.5% señaló que en el pasado tuvo que dejar su lugar de residencia para salvaguardar su integridad, por cuestiones asociadas a su profesión. El 18.2% se encuentra actualmente fuera de su lugar de residencia por este motivo. El 18.2% no ha tenido que dejar su ciudad, pero si cambiarse de casa para cuidar de su seguridad e integridad, y el 18.2% señaló que nunca ha tenido que dejarlo.
  • ⁠El 100% de las periodistas ha denunciado los actos de violencia que ha vivido en el ejercicio de su profesión. El 54.5% denuncio ante sus jefas o jefes, el 72.7% frente a medios de comunicación, el 72.7% lo hizo de forma legal, frente a las instancias correspondientes y el 45.5% ante mecanismos de derechos humanos nacionales e internacionales.
  • El 81.8% señaló haberse sentido revictimizada al denunciar la violencia
    que vivió.
  • El 27.3% de las periodistas son beneficiarias actualmente del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas., El 27.3% fue beneficiaria alguna vez, el 9.1% solicitó su incorporación y fue rechazada, y el 36.4% nunca lo ha solicitado.
  • El 36.4% ha considerado dejar de ejercer el periodismo en otros momentos de su vida, el 27.3 % lo esta considerando actualmente, y el 36.4% nunca lo ha considerado.

Ante este panorama, se debe poner en relevancia el contexto de censura y violencia contra las periodistas y ahora la ciudadanía.