Personas pensionadas del Bienestar recibirán pagos adelantados

25.01.2024 Mexico.- Con motivo del periodo electoral, la Secretaría del Bienestar dispersará el pago adelantado a las y los pensionados correspondiente a dos bimestres.

De acuerdo a la normativa electoral en materia de uso y dispersión de recursos/apoyos de programas sociales cuando hay elecciones, el pago de las Pensiones tendrá que adelantarse y será doble.

Es decir, la Secretaría del Bienestar tendrá la obligación de transferir los apoyos correspondientes a los bimestres marzo-abril y mayo-junio, que para personas mayores serán $12,000 en total.

Actualmente, del 3 al 26 de enero, los adultos mayores están recibiendo ya su pensión correspondiente a enero-febrero, y como ha ocurrido, el orden para la dispersión de los recursos ha sido de forma alfabética, informó la secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, quien recordó que en México alrededor de 12 millones de personas mayores a 65 años reciben una pensión por ley.

El 2 de junio de 2024 habrá elecciones federales, por lo que estarán prohibidas las actividades de promoción y difusión de programas sociales durante el periodo de campaña para presidente de México y otros cargos, con fecha del 1 de marzo al 29 de mayo de 2024.

La Secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel, detalló en la mañanera que los 12.1 millones de beneficiarios del programa de pensiones para adultos mayores recibirán 12 mil pesos de los bimestres marzo-abril y mayo-junio.

La información del despliegue de fechas y montos que recibirá la población que recibe apoyos de los programas sociales se presentó esta mañana en la conferencia presidencial en Palacio Nacional, y correspondió a los encargados de estos programas dar los detalles.

Se informó que a partir del próximo lunes y durante todo febrero se dispersará el monto de dos bimestres de tres de los principales programas del Bienestar: las pensiones para adultos mayores, para personas con discapacidad y para madres trabajadoras.

Los 12.1 millones de beneficiarios del programa de pensiones para adultos mayores recibirán 12 mil pesos de los bimestres marzo-abril y mayo-junio.

Los depósitos se realizarán a partir del lunes 29 de enero y concluirán el 23 de febrero, y cada día durante ese mes corresponderá a una letra en orden alfabético de acuerdo al apellido de los beneficiarios.

Para las personas que cumplan los 65 años —edad mínima para recibir la pensión— entre el pasado 1 de noviembre y el 30 de junio y ya se registraron para el programa, dijo la funcionaria, se les entregarán las tarjetas del bienestar entre el 1 y 19 de febrero y recibirán el apoyo correspondiente en los próximos días.

La pensión para el millón 482 mil personas con discapacidad se entregará también a lo largo del próximo mes por los dos bimestres mencionados, lo que suma 6 mil 200 pesos.

En tanto que a las madres trabajadoras les corresponderán 3 mil 200 pesos por los dos bimestres que se adelantará el apoyo.

Adriana Montiel llamó a los beneficiarios a administrar los recursos, pues el siguiente pago se depositará hasta después del proceso electoral del 2 de junio.

Como dar de alta a la persona adulta auxiliar.

¿Qué se necesita para tramitar la Pensión del Bienestar a personas mayores de 65 años?
Persona solicitante adulta mayor:

1. Acta de nacimiento.

2. Documento de Identificación vigente:

Credencial para votar o
Pasaporte vigente o
Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
U otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
3. Clave Única de Registro de Población (CURP).

4. Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.

Personas Adultas Auxiliares

Requisitos:

1. Documento de Identificación vigente:

Credencial para votar o
Pasaporte vigente o
Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.

2. Clave Única de Registro de Población (CURP).

3. Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.

4. Documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, de acuerdo con lo establecido en el Formato Único de Bienestar (consultables en las reglas de operación de este programa aquí).

Pago de Marcha
En caso de fallecimiento de la persona derechohabiente, se entregará a la persona registrada como su auxiliar, por única vez, el Apoyo Económico de Pago de Marcha.

Si la persona derechohabiente no hubiera designado a un auxiliar, el Comité Técnico del Programa podrá determinar, bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de este apoyo.

Para la emisión del Apoyo Económico de Pago de Marcha, será indispensable que la persona auxiliar, no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente.

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