Pierden registro los partidos: Todos por Veracruz, Podemos, Partido Político Local Cardenista, Encuentro solidario, Redes progresistas y Unidad ciudadana

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27/11/2022/ Xalapa, Ver.- Este domingo , en un Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, en cumplimiento a la sentencia SX-JRC-84/2022 y acumulados, dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal con sede en Xalapa, Veracruz, declaro la pérdida de registro del Partido Político Local “Todos por Veracruz” y 2Partido Político Local Unidad Ciudadana” como Partidos Políticos Estatales, al no haber obtenido al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en las elecciones locales ordinaria y extraordinaria celebradas el seis de junio de dos mil veintiuno y veintisiete de marzo de dos mil veintidós, respectivamente, para la renovación de las y los integrantes del Congreso y los 212 Ayuntamientos del Estado de Veracruz.

En la misma sentencia dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal con sede en Xalapa, Veracruz, se declaro la pérdida de registro del Partido Político Local Podemos, Podemos, Partido Político Local Cardenista como Partido Político Estatal, al no haber obtenido al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en las elecciones locales ordinaria y extraordinaria celebradas el seis de junio de dos mil veintiuno y veintisiete de marzo de dos mil veintidós, respectivamente, para la renovación de las y los integrantes del Congreso y los 212 Ayuntamientos del Estado de Veracruz.

Asimismo se aprobó determinar la improcedencia de la solicitud de los otrora Partido Político Nacional Encuentro Solidario y otrora Partido Político Nacional Redes Sociales Progresistas, respecto del derecho para obtener el registro como Partido Político Local, establecido en el artículo 95, numeral 5 de la Ley General de Partidos Políticos al no contar al menos con el tres por ciento de la votación válida emitida en las elecciones locales ordinaria y extraordinaria celebradas el seis de junio de dos mil veintiuno y veintisiete de marzo de dos mil veintidós, respectivamente, para la renovación de las y los integrantes del Congreso y los 212 Ayuntamientos del Estado de Veracruz.