* Lilia Alejandra García Andrade, la joven madre cuyo feminicidio volvió a condenar a México.
21.12.2025. La Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió este 19 de diciembre de 2025 que México es responsable internacionalmente por la desaparición, tortura y feminicidio de Lilia Alejandra, así como por los atentados sufridos por su madre en su lucha por justicia.
El fallo subraya que el Estado no actuó con debida diligencia, omitió incorporar perspectiva de género y toleró un contexto de violencia sistemática contra las mujeres en Ciudad Juárez. La sentencia también reconoce las afectaciones a tres generaciones de la familia: los padres de Lilia, sus hijos y su madre, que debió convertirse en cuidadora y activista en condiciones de riesgo.
El caso de Lilia Alejandra se suma a otra condena reciente contra México, emitida apenas una semana antes por la misma Corte en el caso de Ernestina Ascencio, indígena veracruzana que murió en 2007 tras denunciar violencia sexual cometida por militares.
Dos fallos en menos de siete días que evidencian la magnitud de la emergencia en el país donde se asesinan a más de diez mujeres cada día, mientras muchos crímenes quedan sin investigar o se clasifican como hechos vinculados al narcotráfico, invisibilizando la violencia de género que atraviesa estos feminicidios perpetrados por la delincuencia.
La historia de Lilia Alejandra es emblemática porque refleja cómo la violencia contra las mujeres se entrelaza con la precariedad laboral, la falta de protección institucional y la impunidad.
Su madre, Norma Andrade, no solo enfrentó la pérdida de su hija, sino que se convirtió en blanco de ataques por exigir justicia, mostrando cómo las defensoras de derechos humanos también son vulnerables en un entorno hostil. La Corte reconoció que el Estado mexicano violó el derecho autónomo a defender derechos humanos al no protegerla desde el 2001.
¿Qué sucedió?
El 14 de febrero de 2001, Día de San Valentín, Lilia Alejandra García Andrade salió de la maquiladora en la que trabajaba en Ciudad Juárez. Tenía 17 años, dos hijos pequeños y una rutina marcada por la precariedad laboral que compartían miles de mujeres en la frontera. Su vida transcurría entre el trabajo, el cuidado de sus hijos y el apoyo de su madre, Norma Esther Andrade, con quien vivía tras separarse de Ricardo Barreto Aranda, padre de sus hijos.
Esa tarde no regresó a casa. La ausencia se convirtió en angustia y luego en tragedia: una semana después, el 21 de febrero, su cuerpo fue hallado en un terreno baldío entre la Avenida Tecnológico y la Avenida Ejército Nacional. El dictamen oficial estableció que había sido víctima de violencia sexual y estrangulamiento manual. La historia de Lilia Alejandra se sumaba a la larga lista de feminicidios que desde los años noventa habían convertido a Ciudad Juárez en un símbolo mundial de la violencia contra las mujeres.
La desaparición de Lilia Alejandra no fue atendida con la urgencia que requería. Su madre acudió a denunciar, pero la policía no actuó con diligencia. La investigación se abrió bajo los delitos de homicidio y violación, pero pronto se convirtió en un proceso marcado por negligencias, omisiones y dilaciones.
Entre 2001 y 2010, distintas fiscalías revisaron el caso sin avances significativos. En 2010, la Fiscalía General del Estado encontró una coincidencia genética entre el agresor de Lilia Alejandra y el perfil de cuatro mujeres más asesinadas en circunstancias similares. Se abrió entonces una nueva línea de investigación que apuntaba a un familiar masculino de un agente del Ministerio Público.
En 2017, la Fiscalía solicitó apoyo al FBI para indagar sobre uno de los integrantes de esa familia, pero la petición fue desestimada por no cumplir requisitos legales. En 2018, el Estado mexicano dijo estar revisando el expediente con una óptica renovada, aunque no ofreció resultados concretos. La impunidad se mantuvo.
La historia de Lilia Alejandra no terminó con su muerte. Su madre, Norma Andrade, se convirtió en cuidadora de sus nietos y en activista incansable por la justicia. Esa lucha la expuso a nuevos riesgos: sobrevivió a amenazas, agresiones físicas, robos y dos atentados que nunca fueron esclarecidos.
Entre 2002 y 2012, quienes participaron en el proceso del caso también sufrieron hostigamientos. La violencia se extendió más allá de la víctima, alcanzando a su familia y a quienes intentaron romper el silencio. Norma Andrade, como tantas madres de víctimas de feminicidio, se transformó en defensora de derechos humanos en un entorno hostil, enfrentando la doble carga de cuidar y resistir.
Veinticuatro años después, el 19 de diciembre de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó que México es responsable internacionalmente por la desaparición, tortura y feminicidio de Lilia Alejandra, así como por las agresiones contra su madre.
El tribunal determinó que el Estado violó los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, igualdad y derechos de la niñez, al no prevenir ni investigar de manera efectiva la violencia sexual y las torturas que sufrió la joven.
La sentencia también reconoció que el contexto de Ciudad Juárez, marcado por la violencia de género y la impunidad, agravó la responsabilidad estatal. La Corte ordenó reparaciones que incluyen continuar con las investigaciones, ofrecer disculpas públicas, mejorar protocolos de búsqueda y garantizar protección a niñas y niños en situación de orfandad por feminicidio.
La condena internacional contra México por el caso de Lilia Alejandra se suma a otra emitida apenas una semana antes, en el caso de Ernestina Ascencio, mujer indígena veracruzana que murió tras denunciar violencia sexual de militares en 2007. Dos fallos en menos de siete días que evidencian la magnitud de la emergencia feminicida en el país. M
La crónica de Lilia Alejandra es emblemática porque refleja cómo la violencia contra las mujeres se entrelaza con la precariedad laboral, la falta de protección institucional y la impunidad. Su vida, truncada a los 17 años, muestra el rostro humano detrás de las cifras.
Su madre, Norma, encarna la resistencia y el dolor de quienes buscan justicia en un país donde la violencia feminicida se ha normalizado. La condena de la Corte Interamericana no solo señala las omisiones en la investigación, sino también la falta de protección a las familias que denuncian y que, como Norma Andrade, enfrentan la violencia por atreverse a exigir verdad.
El nombre de Lilia Alejandra García Andrade se suma a una larga lista de mujeres cuya memoria interpela al Estado mexicano y a la sociedad. Su caso recuerda que la violencia contra las mujeres no es un fenómeno aislado, sino estructural, y que la justicia internacional se ha convertido en un espacio donde las víctimas y sus familias encuentran reconocimiento frente a la indiferencia nacional.
La historia de Lilia Alejandra, joven madre trabajadora, se convirtió en símbolo de la emergencia feminicida en México. Su memoria exige que cada vida truncada sea contada y que la impunidad deje de ser la regla.
También se ha declarado condena por las violaciones a los derechos sufridas por Norma Andrade y José García, padres de Lilia Alejandra, así como por las afectaciones a los hijos de Lilia Alejandra, Jade Tikva y José Kaleb García Andrade, a su integridad personal, a su libre circulación, a su derecho a la protección familiar y de la niñez.
Finalmente, la Corte también estableció la responsabilidad estatal por la violación al derecho a la verdad de los familiares de Lilia Alejandra.
El resumen y el texto íntegro de la sentencia pueden encontrarse aquí.
Lilia Alejandra García Andrade tenía 17 años y trabajaba en una planta maquiladora. Tenía dos hijos, Jade Tikva García Andrade, de un año y ocho meses, y José Kaleb García Andrade, de cinco meses. El 14 de febrero de 2001 salió a trabajar, pero no regresó a su casa. Su madre, Norma Andrade, se presentó a reportar su desaparición ante la policía, pero su denuncia no fue tramitada con diligencia. El 21 de febrero, se encontró el cuerpo de Lilia Alejandra en un terreno baldío. La causa de muerte fue por estrangulamiento manual con características de homicidio posterior a un ataque sexual.
La Corte subrayó que estos hechos ocurrieron en un contexto de violencia contra las mujeres que ya había sido referido por esta Corte en el caso González y otras (Campo Algodonero) Vs. México.
Entre 2001 y 2010, la investigación estuvo a cargo de varias fiscalías sin avances significativos. Al cabo de un largo proceso marcado por una falta de debida diligencia por parte de las autoridades y de dudas respecto a la integridad y la exhaustividad en el análisis de la prueba, en 2023 se inició un proceso contra M.N.R. como principal sospechoso del feminicidio de Lilia Alejandra en el Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua, actualmente en curso.
Por otra parte, la Sentencia también analiza una serie de hechos que involucran a Norma Esther Andrade, madre de Lilia Alejandra, quien se hizo cargo de sus dos nietos luego del feminicidio de su hija. Su papel en la investigación de estos hechos la convirtió en una activista de derechos humanos. Mientras trabajaba intensamente en la búsqueda de justicia por el caso de su hija, fue víctima de dos atentados, los cuales a la fecha no han sido esclarecidos.
El Estado realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad por su falta al deber de prevención en relación con las violaciones al derecho a la vida, integridad personal, libertad personal, derechos de la niñez, igualdad ante la ley y derecho a vivir libre de violencia en perjuicio de Lilia Alejandra García Andrade. Asimismo, por la falta de estructuras especializadas para brindar mecanismos judiciales efectivos, reconoció la violación a las garantías judiciales, a la protección judicial en relación con el artículo 2 de la Convención Americana y el 7 de la Convención de Belém do Pará.
En el análisis de fondo, la Corte consideró que el Estado incumplió con el deber de debida diligencia que surge frente a la desaparición de mujeres y, por ende, era responsable por la violación a los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal de Lilia Alejandra García Andrade. Asimismo, consideró que el Estado, en la búsqueda y en la investigación sobre estos hechos, no desarrolló medidas que implementaran un enfoque de género ni que tomaran en cuenta los distintos factores de vulnerabilidad que confluían en el caso de Lilia Alejandra.
Por otra parte, el Tribunal consideró que el Estado no contaba con la estructura institucional y normativa para hacer frente al contexto de violencia contra la mujer que se vivía en Ciudad Juárez y que llevaron al feminicidio y violación de Lilia Alejandra, por lo que no cumplió con su deber de actuar con la debida diligencia reforzada para prevenir la violencia de género ni de adoptar medidas normativas e institucionales orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. La Corte subrayó los avances hechos por el Estado en esta materia desde la emisión de la Sentencia en el Caso Campo Algodonero, sin embargo, consideró que todavía existían falencias en la efectividad de las medidas normativas e institucionales implementadas.
Finalmente, la Corte estableció que Lilia Alejandra fue víctima de tortura sexual. A pesar de que no se tiene certeza sobre el autor de los hechos en contra de Lilia Alejandra, la Corte consideró que la ausencia de acciones diligentes de búsqueda, donde se tenía conocimiento de su desaparición en el contexto de violencia sexual contra las mujeres en Ciudad Juárez, caracterizó una actuación negligente y omisa de las autoridades que constituyó un acto de tolerancia frente a los actos de tortura de violencia sexual que finalmente sufrió. Concluyó que era posible atribuir responsabilidad al Estado por su tolerancia de los actos de tortura cometidos en contra de Lilia Alejandra.
En lo que respecta a los atentados sufridos en contra de su madre, Norma Andrade, madre de Liliana Alejandra, la Corte tuvo por acreditado que se trataron de ataques en contra de una defensora de derechos humanos, por lo que reiteró su jurisprudencia reciente sobre el derecho autónomo a defender derechos humanos y la necesidad de prevenir e investigar los atentados sufridos por estas personas como forma de garantizar que puedan llevar a cabo su labor de defensa. El Tribunal también consideró que los Estados deben realizar acciones para reconocer y garantizar la labor de las madres de víctimas de feminicidio, como Norma Andrade, quienes se convierten en activistas frente a la inacción estatal en la investigación de estas formas extremas de violencia contra la mujer.
La Corte también consideró las afectaciones en los familiares de Lilia Alejandra, destacando el impacto del feminicidio en tres generaciones de una familia y, en particular, en la madre de la víctima, quien tuvo que asumir el papel de cuidadora de sus nietos y de búsqueda de la verdad ante la ineficiencia estatal. Consideró que se violaron no solo los derechos a la niñez de los hijos de Lilia Alejandra, sino que también
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se afectó el derecho a la protección a la familia, y el derecho de circulación y residencia de sus familiares.
La Corte subrayó que la falta de una adecuada investigación de los hechos sucedidos en contra de Lilia Alejandra García Andrade en un contexto de violencia sistémica e institucional contra la mujer, así como por la falta a la debida diligencia en la investigación de los atentados en contra de Norma Andrade, que ocurrieron en el marco de su búsqueda de justicia como madre de una víctima de feminicidio, el Estado violó el derecho a conocer la verdad, reconocido en los artículos 8.1, 13.1 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento internacional.
En razón de lo anterior, la Corte ordenó al Estado diversas reparaciones tales como: continuar con las investigaciones de los hechos en contra de Lilia Alejandra García Andrade y Norma Andrade; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas; realizar diagnósticos normativos e institucionales en favor de una política integral en contra de la violencia de género y las desapariciones, así como mejorar la implementación y armonización del Protocolo Alba y tomar medidas en favor de la protección de los niños, niñas y adolescentes en situación de orfandad por el feminicidio de sus madres y de las madres de víctimas de feminicidio, entre otras.
La Jueza Nancy Hernández López dio a conocer su voto parcialmente disidente. Los Jueces Rodrigo Mudrovitsch y Ricardo C. Pérez Manrique dieron a conocer su voto conjunto parcialmente disidente. La Jueza Patricia Pérez Goldberg dio a conocer su voto parcialmente disidente y concurrente y el Juez Alberto Borea Odría dio a conocer su voto parcialmente disidente.












