Presidencia publicará Ley de Amparo. “Mejora acceso a la justicia”, insiste Sheinbaum

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16.10.2025 Ciudad de México.- La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo anunció que a más tardar mañana el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicará el decreto que expide la Ley de Amparo, tras la aprobación legislativa que tuvo lugar ayer en la Cámara de Senadores.

Al subrayar que se mantiene el derecho fundamental al amparo para todos, la primera mandataria reafirmó que estos juicios serán ahora más rápidos, lo que mejorará el acceso a la justicia.

“Y a todos los inversionistas privados: No, esta reforma no va en contra de la inversión; de ninguna manera. Al contrario, hace mucho más eficiente la aplicación de la justicia.”

Explicó que, a partir de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), no habrá suspensión provisional para lavado de dinero, deudores alimenticios o de impuestos, “pero sí tienen acceso después, siempre y cuando depositen el recurso que deben en garantía.”

“Se está protegiendo al pueblo de México frente a cualquier acto injusto de la autoridad, eso no cambia en lo más mínimo; al contrario, se fortalece.”

El coordinador general de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, puntualizó que la reforma no limita la defensa de derechos. Recordó que el juicio de amparo se moderniza para responder a las necesidades actuales y evitar que se utilice para fines ilícitos.

Las modificaciones armonizan con la reforma judicial y hacen más ágil el juicio de amparo; acorta plazos y avanza en materia de justicia digital.

Destacó que el interés legítimo no se limita ni deja fuera los derechos, por lo que se mantiene la defensa plena, como aclaró el Senado en la letra de la ley.

Para evitar abusos, el juicio de amparo no procede para centros de vicio, apuestas o casinos y pensiones alimenticias; se trata de 14 supuestos que establece la ley vigente en los artículos 128 y 129.

Señaló que la reforma evita el uso de este recurso jurídico en casos de lavado de dinero, que anteriormente consiguieron el desbloqueo de cuentas bancarias a presuntos delincuentes.

En cambio, si una persona que no forma parte de la delincuencia organizada sufre el bloqueo de su cuenta, tiene la oportunidad de acreditar la legalidad de sus recursos o aplicar la figura del mínimo vital para pagar salarios, impuestos o pensión alimenticia; en estos casos, obtiene suspensión provisional.

“El amparo debe proteger los derechos humanos de todas las personas, pero no puede ser instrumento en manos de delincuentes para generar daños a la sociedad.”

Añadió que tampoco procederá cuando una persona no cuente con permisos, licencias o concesiones en materia federal.

En cuanto a los créditos fiscales firmes o adeudos de impuestos, recordó que estos juicios suelen durar varios años, lo que implica un daño a la sociedad, por lo que ahora no podrán impugnarse las etapas del procedimiento de cobro, sino la resolución final.

“Si se equivocó la autoridad, se les otorgará el amparo, obviamente; pero si no, tendrán que pagar y el procedimiento se acorta varios años.”

Añadió que el artículo transitorio aprobado deja claro que no existe retroactividad en materia procesal; los juicios concluidos no podrán tocarse, pero las etapas futuras se regirán por las nuevas reformas a la Ley de Amparo.

“El amparo será más breve, los plazos serán más cortos, los jueces tendrán que resolver más rápido, habrá procedimientos que se están ajustando a partir de la reforma, pero esto no es retroactivo, en lo más mínimo. Todos aquellos derechos adquiridos en los juicios de amparo en trámite son intocables e intocados, no hay retroactividad.”