** Hasta el 2021 la cifra de carpetas de investigación en materia de delitos relacionados con violencia contra las mujeres no resueltas acumulaba más de 23 mil casos, señala la diputada de Morena .
30-11-2022 /Notilegis/ Ciudad de Mexico.- La diputada Adriana Bustamante Castellanos (Morena) presentó una iniciativa que reforma el artículo 325 del Código Penal Federal para fincar responsabilidades a los servidores públicos que retarden o entorpezcan la procuración de justicia en casos de feminicidio.
“La violencia contra las mujeres es estructural y sistémica, por lo que el desempeño de los órganos que imparten justicia es fundamental en la garantía y el ejercicio efectivo del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia”, señaló la diputada en un comunicado.
Apuntó que su iniciativa representa un paso en la lucha de las mujeres por exigir saldar una deuda histórica que involucra al agresor, pero también a la autoridad encargada de procurar justicia.
“Hasta el 2021 la cifra de carpetas de investigación en materia de delitos relacionados con violencia contra las mujeres no resueltas acumulaba más de 23 mil casos; este dato refleja las carencias y poca sensibilidad de nuestras fiscalías y sus fiscales frente a la violencia de género. Pero lo realmente alarmante es que estas carpetas de investigación, por falta de pruebas, pueden durar años abiertas sin resolver absolutamente nada”, indicó.
Refirió el caso de Karla Yesenia, una joven de 21 años de edad que en el 2018 fue encontrada sin vida en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Su cuerpo tenía huellas de violencia; un hombre fue detenido como presunto responsable, múltiples pruebas fueron desestimadas y después de cuatro años la familia espera una sentencia favorable al amparo 161/2022 que reclasifique el delito cómo feminicidio, con la única intención de que el responsable cumpla.
La diputada destacó que “este caso, al igual que el de Ariadna Flores y muchos otros más, demuestran que los actos u omisiones en el debido proceso durante una investigación, repercuten significativamente en una sanción efectiva por parte de la autoridad encargada de la administración de justicia”.
“Por lo anteriormente expuesto, esta iniciativa tiene por objeto incorporar al artículo 325 del Código Penal Federal que el servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia, por acción u omisión, la procuración o administración de justicia para resolver un delito de feminicidio, se le impondrá pena de prisión de tres a diez años y de quinientos a mil quinientos días de multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos”, concluyó.