Propone PRI-PVEM fortalecer atribuciones del Centro Estatal de Justicia Administrativa

* El legislador Jorge Moreno presentó la iniciativa con lo que este Centro dejaría de ser un organismo público descentralizado y pasaría al Poder Judicial.

Xalapa Ver 30 mayo 2019.’ A nombre del Grupo Legislativo Mixto de los Partidos Revolucionario Institucional y del Verde Ecologista de México (PRI-PVEM), el diputado Jorge Moreno Salinas presentó la iniciativa de decreto que reformas diversas disposiciones de la Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el objeto de fortalecer al Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz (CEJAV) al destinarle los recursos presupuestales necesarios para que cumpla su función en la mediación y conciliación.

En la iniciativa, presentada durante la sexta sesión ordinaria, el legislador planteó modificar la naturaleza del CEJAV, para que ya no sea un organismo público descentralizado, sino un órgano del Poder Judicial de la entidad.

El diputado Moreno Salinas sostuvo que con esta reforma no se limitan las funciones del CEJAV sino, por el contrario, se le brindaría la oportunidad de fortalecer su importante labor, al poder destinarse los recursos presupuestales que actualmente se emplean para el pago de las remuneraciones de los consejeros a la contratación de personal capacitado en las tareas de mediación y conciliación.

Así como –agregó- para el incremento de unidades regionales en las que se ha descentralizado el servicio prestado a la población veracruzana.

De esta manera se prevé que el Estado proporcione, en forma gratuita, la mediación o la conciliación como medios alternativos para la solución de conflictos, a través del CEJAV del Poder Judicial. Instancia que tendrá su sede en la capital de la entidad y tantas unidades regionales como lo determine el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.

Se plantea que este Centro tenga una Dirección General, cuyo titular sea designado, -para un periodo de tres años con posibilidad de ser ratificado para un segundo periodo- conforme a la normativa emitida por el Consejo de la Judicatura.

El Director General del Centro Estatal deberá reunir los mismos requisitos que los establecidos en la Constitución Política del Estado para ser Magistrado del Poder Judicial.

De igual forma, la propuesta legislativa contempla las atribuciones que tiene el Director del CEJAV, así como señala que el presente decreto iniciará su vigencia al día siguiente de que concluyan los períodos para los que fueron nombrados los actuales integrantes del Consejo Directivo del organismo público descentralizado denominado Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz, previa publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

El diputado secretario de la Mesa Directiva dijo que los medios alternativos de solución de controversias constituyen, hoy en día, una opción real, ágil y eficiente para evitar procesos judiciales que desgastan en todos los sentidos a los que intervienen en los mismos.

“Consideramos indispensable que las instancias responsables de su aplicación tengan los suficientes apoyos institucionales y presupuestales para su actividad”, abundó.

El texto de la iniciativa refiere que al iniciar su vigencia el presente Decreto, en términos de lo señalado en el artículo anterior, se extinguirá el organismo público descentralizado denominado Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz e iniciará sus funciones, con el mismo nombre, el órgano del Poder Judicial del Estado previsto en este Decreto.

Los recursos humanos, materiales y financieros con los que actualmente cuenta el organismo público descentralizado denominado Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz pasarán, al inicio de la vigencia del presente Decreto, al órgano que tendrá esa misma denominación en el Poder Judicial del Estado, al que se refiere este Decreto, con pleno respeto a los derechos de sus trabajadores.

Para su estudio y dictamen, esta iniciativa fue enviada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.