* Preparan #leyKarla para evitar el uso de la violencia de genero para censurar a laas y los ciudadanos. Foto de X de la ciudadana Karla Estrella.
14.07.2025.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sentenció a la ciudadana Karla Estrella por vincular la diputación de Diana Karina Barreras, actual diputada federal por el Partido del Trabajo, con su estatus de pareja sentimental del diputado morenista Sergio Gutiérrez Luna.
El pasado 14 de febrero de 2024, una ciudadana de Hermosillo en Sonora, identificada como Karla María Estrella, se expresó en X cuestionando la candidatura de Diana Karina Barreras, diputada federal por el Partido del Trabajo (PT).
En el post- eliminado por determinación del INE- la ciudadana Karla Estrella sugería que la postulación de la diputada Dato protegido se debía a su relación con el también diputado y entonces Presidente de la mesa directiva en San Lázaro, Sergio Gutiérrez Luna.
La diputada denunció la publicación al INE por considerar que el comentario invisibilizaba su trayectoria y replicaba estereotipos de género. Una queja que fue respaldada por el INE, la Sala Regional Especializada y más adelante, por la Sala Superior del TEPJF.
La ciudadana sonorense sancionada de manera inédita, entre otros actos considerados de censura, deberá ofrecer las disculpas públicas durante 30 días consecutivos en su cuenta de X.
Al adolecer de la confirmación de la afectada sobre si quería que su nombre apareciera en la sentencia, utilizó el término “dato protegido”, lo que ha provocado reacciones de rechazo a las figuras involucradas y a la sentencia del tribunal por considerarse un caso de censura ciudadana.
El mensaje de la disculpa en la red X de la ciudadana sancionada por las instancias a quienes se le señala su filiación morenista, escribió:
“Te pido una disculpa, DATO PROTEGIDO, por el mensaje que estuvo cargado de violencia simbólica, psicológica, por interpósita persona, digital, mediática y análoga, así como de discriminación, basado en estereotipos de género. Esto perjudicó tus derechos político-electorales porque minimizó tus capacidades y trayectoria política”, publica.
En la sentencia del Tribunal Electoral (TEPJF) obliga asimismo a la ciudadana Karla Estrada a leer bibliografía sobre lenguaje no sexista y violencia contra las mujeres y tomar un curso en materia de género.
Deberá también publicar la sentencia en redes sociales y fue inscrita 18 meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres del INE. Además, deberá pagar una multa económica en un plazo de 15 días.
El fallo y la sentencia se le ha revertido a la diputada petista Diana Karina Barreras y a su esposo Sergio Gutiérrez Luna, con una ola de repudio y ahora si miles de mensajes agresivos de parte de decenas de cibernautas.
Activistas han referido que ya trabajan en una iniciativa de #LeyKarla para evitar que se utilice la violencia política de género para acallar las voces criticas que exhiben a las y los políticos en el país.