Resuelve Juez la liberación de los 6 jóvenes defendidos por Monreal #Veracruz #Xalapa

*Encarcelados por supuesto delito de Ultrajes a la autoridad .

15/12/2021/ Xalapa, Ver.- Luego de que el Senador Ricardo Monreal abanderara la causa de los seis jóvenes encarcelados por el supuesto delito de “Ultrajes a la autoridad” un Juez federal ordenó dejarlos en inmediata libertad.

El juzgador instruyó además al juez de control reponer todo el procedimiento y dictar una nueva resolución, pero tomando en cuenta que de los actos de investigación realizados por la Fiscalía General del Estado “no se desprenden datos de prueba suficientes, idóneos y pertinentes”, para demostrar el ilicito que se les imputa.

Monreal insistió en diversas instancias y en denuncias publicas a través de sus redes, en evidenciar el abuso de autoridad que se cometen en Veracruz a través del delito ultrajes a la autoridad.

En un video, el ex gobernador de Zacatecas había denunciado que los seis jóvenes fueron detenidos por policías estatales en septiembre en la Plaza el Tejar de Xalapa, y fueron acusados de haber amenazado con armas punzocortantes a los elementos, pero que todo fue mentira.

La defensa de los jóvenes interpuso una demanda de amparo, y el juez federal determinó que el juez de control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, Andrés García Nolasco, consideró que los datos de prueba aportados por la fiscal, no son suficientes para acreditar el hecho del cual son acusados.

Para dictar prisión preventiva, se determinó que García Nolasco, solamente se basó en el informe policial homologado ratificado por los elementos aprehensores, quienes están adscritos a la Subdirección de Agrupamientos Operativos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.

Si bien existen datos que acreditan el hecho que la ley señala como delito de ultrajes a la autoridad y que también existe la posibilidad de que los quejosos participaron o cometieron ese hecho, el juez de Distrito refiere que esos datos provienen de los propios elementos policiales que realizaron la detención el día de los supuestos hechos, sin que los dichos de los aprehensores se concatenen con otros datos de prueba y, por el contrario, existen diversos datos de prueba que los contradicen.

La defensa de los seis jóvenes, como parte del expediente del juicio de amparo, presentó videos del momento de la detención y de testigos, en ningún momento los detenidos agredieron a los policías con cuchillos, tal y como los elementos acusaron. Incluso el juez de control soslayó un dato de prueba de los quejosos: un dictamen de dactiloscopia, emitido por una perita adscrita a la Dirección General de Servicios Periciales de la Fiscalía General del Estado de Veracruz.

En el documento se advierte que los indicios consistentes en cuchillos con mango de madera y navajas con mango de madera, que le fueron puestos a disposición, no se localizaron huellas dactilares de los detenidos en las navajas, además de que no hubo fragmentos dactilares en los indicios, lo que comprueba que los policías no cumplieron con su obligación legal de preservar los indicios en el lugar de los hechos, así que no existe dato de prueba alguno que vincule a los quejosos con las supuestas armas que según portaban el día de los hechos.

El Juez federal tomó en cuenta que ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había declarado inconstitucional dicho tipo penal: “Cabe destacar que en relación con el delito de ULTRAJES A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 287 del Código Penal para el Distrito Federal, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con sede en Ciudad de México, al resolver el amparo directo en revisión 4436/2015, en sesión de siete de marzo de dos mil dieciséis, por mayoría de votos, determinó que es inconstitucional, al haber concluido que esa disposición (norma general impugnada) vulnera el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad contenido en el artículo 14 Constitucional».

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