*Ocurren en un contexto de debilitamiento en materia de transparencia y datos personales.
/Escrito por Wendy Rayón Garay /
01.07.2025 /Cimac Noticias.com/ Ciudad de México.- Durante estos últimos días, el Congreso de la Unión mexicano, utilizó la mayoría del partido oficialista para, es decir, MORENA y sus aliados para aprobar un paquete de iniciativas que se relacionan con los datos personales y la legalización de la vigilancia por parte del Estado hacia la ciudadanía, para las cuales, no hubo apertura, discusión o parlamento abierto en cada una de ellas, lo que representa una amenaza directa para los derechos humanos, según denunció la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y ahora se denuncia la conformación de un Estado espía.
Las leyes en cuestión son Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública; Ley General de Población; Ley General en Materia de Desaparición Forzada; Ley para Eliminar los Trámites Burocráticos; y Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, cuya aprobación se hizo en fast track durante el periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión.
Pese a que estas leyes en cuestión están enfocadas en diferentes temáticas como la militarización, la crisis de desaparición y la regulación de las telecomunicaciones, todas se relacionan en cuanto a los cambios que le dan la facultad al Estado de almacenar y controlar los datos personales de las mexicanas y mexicanos.
Por ello, R3D señaló que, «la consolidación del poder de vigilancia sin control para las Fuerzas Armadas, el debilitamiento de mecanismos de control y el establecimiento de un Estado que monitorea permanentemente a la sociedad a través de bases de datos y registros obligatorios son una afrenta directa a los derechos y libertades mínimas en un contexto democrático».
Según señaló la organización, estas modificaciones están ocurriendo en un contexto de debilitamiento en materia de transparencia y datos personales que comenzó con la eliminación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el cual era un órgano autónomo que controlaba el acceso a la información y la protección de datos personales.
Ley de la Guardia Nacional y reformas a leyes secundarias
Esta semana, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo envió a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la nueva «Ley de la Guardia Nacional» (la cual fue aprobada por la Cámara de Diputados y por las comisiones en el Senado de la República), en el que se profundizó su carácter militar y se le dio el poder de involucrarse en tareas de inteligencia por motivos de seguridad nacional. De esta manera, se constituyó como la quinta institución encargada a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).
Sin embargo, otro enfoque preocupante fue la legalización de la vigilancia por parte del Ejercito en el artículo 29° fracciones XXI y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública General, cuya práctica ha sido advertida y documentada por organizaciones en varios sexenios al llevarse de manera ilegal en contra de personas periodistas, defensoras de derechos humanos, investigadoras e incluso funcionarios públicos.
De esta manera, las leyes autorizan a la Guardia Nacional a realizar operaciones encubiertas, cuando en 2023 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el uso de estas prácticas por considerar que se abría una laguna para la obtención de pruebas ilícitas, violar los derechos a la privacidad y a la no discriminación, y por ser desproporcionada en relación a los beneficios que se obtendrán.
Dentro de los cambios a la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública y a la Ley General del Sistema de Seguridad Pública se permitió la interconexión de bases de datos nacionales e internacionales, tanto públicas como privadas, para que las autoridades puedan acceder a ellas sin controles necesarios y se permitió el acceso irrestricto al Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
R3D señaló que, en esencia, esta legalización de la vigilancia de comunicaciones por parte del Ejército expone la intimidad de la población y plantea riesgos a la protección de datos personales y los derechos humanos: «Esta reforma, aunque se presenta bajo el título “en materia de Guardia Nacional”, rebasa este ámbito y le da facultades de vigilancia sin controles al Ejército», advirtieron.
Ley en Materia de Desaparición Forzada
Ayer, 26 de junio, las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos del Senado de la República aprobaron la Ley General en Materia de Desapariciones con 20 votos a favor y 5 en contra y 4 abstenciones; sin embargo, organizaciones de la sociedad civil han advertido los riesgos al contemplar la creación de una Plataforma Única de Identidad al imponer un sistema de vigilancia por parte del Estado.
Cabe recordar que, la Ley General en Materia de Desaparición contempla la creación de una nueva plataforma de datos que tiene la finalidad de hacer un cruce de distintos datos de información como anteriormente se tenía previsto que funcionara otros sistemas de información como el Banco Nacional de Datos Forenses. Esta nueva plataforma contendrá datos vinculados a la CURP y datos biométricos.
De acuerdo con el capítulo tercero de esta ley, titulado «De la Plataforma Única de Identidad», dicho mecanismo será la fuente primaria de consulta permanente en tiempo real que estará interconectada con otras bases de datos o sistemas de información como lo son El Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas; La Base Nacional de Carpetas de Investigación; El Banco Nacional de Datos Forenses; Registros Administrativos y:
«Cualquier registro, base o sistema de información de particulares que presten servicios financieros, de transporte, salud física y mental, telecomunicaciones, educación, asistencia privada, paquetería y servicios de entrega, registros patronales y de seguridad social, religiosos, los establecimientos residenciales de atención a las adicciones así como toda institución privada que administre registros o bases de datos de personas, cuya consulta sea necesaria para la investigación, búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas» -extractó de la Ley General en materia de desaparición, articulo 12 Bis.
Con esta plataforma se podrá monitorear continuamente la Clave Única de Registro de Población (CURP) de una persona desaparecida o no localizada; alertar a las autoridades competentes sobre el uso del CURP de una persona desaparecida o no localizada en los registros de los Sujetos Obligados; y realizar búsquedas continuas y generar avisos cuando existan posibles coincidencias que lleven a la localización de una persona desaparecida.
Según advirtieron algunas organizaciones como Centro Prodh, no hubo dictamen público o parlamento abierto o presencia de familiares de víctimas de desaparición en la discusión; por lo que se ha señalado que dicha iniciativa no avanza en fortalecer la investigación y búsqueda de las 129 mil 650 personas desaparecidas y no localizadas según el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO).
Ley Nacional para Eliminar los Trámites Burocráticos
La ley anterior se complementa con la aprobación de la Ley Nacional para Eliminar los Trámites Burocráticos por el Senado de la Republica el pasado 24 de junio. Esta ley se presenta como un avance significativo hacia la digitalización administrativa en México con la creación de la «Llave MX», un mecanismo de autentificación e identificación digital vinculado a la CURP biométrica con el objetivo de agilizar y simplificar los procesos burocráticos en todos los niveles de gobierno.
A través de este sistema, cada ciudadano contará con un expediente digital único que centralizara su información personal y tramites realizados ante instancia públicas; sin embargo, esta centralización de datos ha generado serias preocupaciones entre especialistas de derechos digítales y ciberseguridad.
Diversas organizaciones han advertido que la creación de un expediente digital único con información vinculada a elementos biométricos aumenta la exposición de la población ante posibles fallas de seguridad, hackeos masico o incluso espionaje por parte del propio Estado. En un país con altos índices de ciberataques, la falta de un marco legal robusto en materia de protección de datos y ciberseguridad que pone en riesgo la privacidad de millones de personas.
Anteriormente, México Evalúa y Coparmex mencionaron que su diseño puede generar riesgos para la transparencia, rendición de cuentas y seguridad jurídica. Además, el proyecta ignora el rezago digital en muchas comunidades y la exclusión de poblaciones vulnerables, por lo que podría profundizar la brecha digital en lugar de cerrarla.
Ley de Telecomunicaciones
El 24 de abril fue aprobada una nueva ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión por las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía; de Comunicaciones y Transportes; y de Estudios Legislativos del Senado de la Republica. Aunque, organizaciones de la sociedad civil lograron frenarla para abrir espacio a un parlamento abierto en el que se escuchara sus voces para realizar dichas modificaciones, el primer dictamen aprobado se relaciona con la vulneración de datos personales.
Este documento propuso la creación de un registro de todas las personas usuarias de telefonía móvil y darle la a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones la facultad de expedir los lineamientos de este registro y determinar qué autoridades pueden acceder a su información. La R3D denunció que este padrón sería similar al Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (RENAUT) que se hizo en el sexenio de Felipe Calderón y al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) de Andrés Manuel López Obrador, este último declarado inconstitucional por la SCJN.
«El registro masivo, obligatorio y centralizado de personas usuarias de telefonía móvil pone en riesgo nuestros datos personales a accesos no autorizados, ya sea por vulneración de datos o actos de corrupción cometidos por autoridades –muchas veces coludidas con la delincuencia organizada.” -Ana Gaitán, abogada en R3D, durante participación de los conservatorios de la Ley de Telecomunicaciones.
Advirtieron que se pretende asociar cada línea telefónica a una identificación oficial como la CURP o el RFC, dando como resultado la vinculación de la identidad de las mexicanas y mexicanos a un número con la justificación de «reducir delitos o actos criminales». La R3D apuntó, que hasta ahora no evidencia de que un registro obligatorio de líneas telefónicas reduzca la actividad criminal.
«Por el contrario, con la implementación del RENAUT en 2008, el delito de extorsión aumentó 40% y el de secuestro, 8%. Además, este sería fácilmente eludible mediante múltiples técnicas de suplantación de números telefónicos, pudiendo incluso incriminar a personas inocentes» – la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D).
De acuerdo con la R3D, la reforma a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión profundiza el sistema de vigilancia y violación a la privacidad que existía a partir de la ley vigente, al mantener el sistema de acceso a datos conservados y geolocalización en tiempo real sin controles judiciales y sin especificar las autoridades facultadas para ello. Además, el último dictamen incorpora a las “instancias de inteligencia” de manera amplia con la facultad de acceder a esos datos de manera irrestricta, sin transparencia y sin posibilidad alguna de rendición de cuentas.
El día de hoy se espera volver a votar el nuevo dictamen ante el Senado de la República y aunque se eliminó el articulo 109° que permitía los bloqueos informativos en internet y el 160° que ordenaba el registro de telefonía, persisten otros señalamientos como la obligatoriedad de los ciudadanos a presentar la CRUP biomédica para tener servicio a internet.