*En caso por caso de profesor y alumna de 14 años exige justicia con perspectiva de género .
02.05.2026. México.- La Secretaría de las Mujeres del Gobierno de México condenó cualquier forma de normalización o justificación de relaciones entre personas adultas y menores de edad, al pronunciarse sobre el caso de Víctor “N”, un hombre de aproximadamente 50 años señalado por mantener una relación con una estudiante de 14 años, quien además fue su alumna.
A través de un posicionamiento oficial difundido este martes, la dependencia federal expresó su preocupación por la liberación del acusado tras su detención y cuestionó que las autoridades judiciales hayan omitido analizar el caso con perspectiva de género y con enfoque de protección integral de niñas, niños y adolescentes.
“La Secretaría de las Mujeres condena rotundamente estos hechos que constituyen una grave vulneración de los derechos de la adolescente”, señaló la institución.
La Secretaria reacciono al caso de Victor ‘N’, profesor de la Escuela Secundaria Federalizada 53 “Quetzalcóatl” en Ecatepec, Estado de México, quien enfrenta un proceso tras la denuncia por la madre de una alumna de 14 años, quien descubrió en el celular de su hija que mantenía una relación sentimental con el docente.
El pronunciamiento se produce luego de que el caso se hiciera ampliamente conocido en redes sociales y medios de comunicación, donde trascendió que el profesor reconoció haber sostenido un supuesto “noviazgo” con la menor y fue liberado por jueces que le impusieron 75 mil
La dependencia enfatizó que las relaciones entre personas adultas y menores de edad no pueden considerarse relaciones entre iguales debido a las diferencias de edad, poder, experiencia y posición de autoridad.
La institución sostuvo que esas asimetrías generan una situación de especial riesgo para niñas, niños y adolescentes, por lo que los hechos deben analizarse bajo criterios de protección de derechos humanos y perspectiva de género.
En su comunicado, la Secretaría hizo un llamado a las autoridades encargadas de la procuración e impartición de justicia para que sus actuaciones se apeguen estrictamente a los principios de protección integral de la niñez y a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
Asimismo, señaló que la perspectiva de género constituye una obligación constitucional y convencional para las autoridades judiciales mexicanas, especialmente en casos que involucran posibles delitos contra menores de edad.
En México, juzgar con perspectiva de género implica que jueces, magistrados y autoridades analicen los casos tomando en cuenta las desigualdades estructurales, relaciones de poder, condiciones de vulnerabilidad y contextos de discriminación que pueden afectar a mujeres, niñas y adolescentes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido mediante jurisprudencia y protocolos judiciales que esta metodología debe aplicarse cuando existan indicios de discriminación, violencia o desequilibrios de poder derivados del género, la edad u otras condiciones de vulnerabilidad.
El Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género de la Suprema Corte señala que las autoridades deben identificar estereotipos, analizar contextos de violencia y evitar interpretaciones que reproduzcan discriminación o desigualdad.
En casos que involucran a niñas y adolescentes, la obligación judicial también se vincula con el principio del interés superior de la niñez, reconocido en el artículo 4 de la Constitución mexicana y en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.
Especialistas en derechos humanos sostienen que, cuando existe una relación entre un adulto y una menor de edad, particularmente si hay vínculos de autoridad como los existentes entre profesor y alumna, resulta indispensable analizar factores como la capacidad de consentimiento, la diferencia de edad, la influencia del adulto y las posibles condiciones de coerción o manipulación.
Los datos sobre violencia sexual contra menores en México
El caso se registra en un contexto nacional marcado por altos índices de violencia sexual contra niñas y adolescentes.
De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, miles de carpetas de investigación por delitos sexuales contra menores se abren cada año en México, incluyendo abuso sexual, corrupción de menores, violación equiparada y otros delitos relacionados.
Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) ha documentado que las niñas y adolescentes enfrentan riesgos significativamente mayores de sufrir violencia sexual que los niños.
Datos de organismos internacionales como UNICEF indican que una proporción importante de las agresiones sexuales contra menores ocurre en entornos cercanos a las víctimas y es cometida por personas conocidas, familiares, figuras de confianza o autoridad.
Asimismo, el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) ha advertido que las uniones o relaciones entre adultos y menores de edad constituyen formas de violencia que afectan el desarrollo físico, emocional y educativo de las adolescentes.
La situación de la justicia con perspectiva de género en México
Durante los últimos años, el Poder Judicial mexicano ha impulsado la capacitación obligatoria de jueces y operadores jurídicos en materia de perspectiva de género. Sin embargo, organismos civiles, académicos y colectivos feministas han señalado que persisten diferencias importantes en la aplicación de estos criterios entre tribunales y entidades federativas.
El propio Consejo de la Judicatura Federal ha reconocido la necesidad de fortalecer la formación de impartidores de justicia para evitar resoluciones basadas en prejuicios o estereotipos de género.
Diversas sentencias de la Suprema Corte han establecido que la ausencia de perspectiva de género puede traducirse en violaciones al derecho de acceso a la justicia, particularmente para mujeres, niñas y adolescentes que enfrentan situaciones de violencia.
En su posicionamiento, la Secretaría de las Mujeres reiteró que ninguna relación entre una persona adulta y una menor de edad puede ser normalizada o justificada. Además, manifestó su confianza en que las autoridades continúen las investigaciones correspondientes y garanticen el acceso efectivo a la justicia para la adolescente.
La dependencia concluyó que la protección de la dignidad, la seguridad y los derechos de niñas, niños y adolescentes debe prevalecer en todas las actuaciones institucionales relacionadas con este caso.


