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*Escrito por Wendy Rayón Garay
11.07.2025 /CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- En México, ya es posible utilizar los ahorros para el retiro como garantía del pago de la pensión alimenticia para las hijas e hijos, priorizando así el interés superior de la niñez, así lo determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que representa un avance significativo en la lucha de las mujeres quienes tienen que afrontar el incumplimiento económico de por parte de los deudores alimentarios.
Este es otro avance para el movimiento de las mujeres quienes fungen como jefas de familia y deben enfrentar gastos familiares sin el acompañamiento y responsabilidad de los padres quienes deciden mantener deudas alimentarias a pesar de su obligación, así que desde el 2023, se hizo oficial la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias y quien no cumpla con el pago de una pensión alimenticia, no podrá obtener licencia, pasaporte o aspirar a cargos en el servicio público.
Esta disposición tendrá especial repercusión en hogares liderados por una mujer autónoma, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en México hay 4 millones 180 mil hogares con padres ausentes, esto quiere decir que esas familias cuentan con el sustento económico gracias al trabajo de estas madres.
Nunca sobra decir que tras una separación o divorcio, las mujeres enfrentan mayores secuelas negativas lo cual repercute en las infancias pues están a su cuidado y ellas suelen tener ingresos menores por la brecha salarial, en la mayoría de los casos son las que continúan viviendo con las hijas e hijos después de la ruptura y con frecuencia los hombres dejan de colaborar económicamente para la manutención de hijas e hijos cuando se disuelve el vínculo conyugal, lo que vulnera sus derechos a la alimentación, la salud, la educación y su desarrollo integral.
En México, durante el 2022, hubo 166 mil 766 divorcios, lo que representó un aumento del 11.4% respecto al 2021.
El fallo
De acuerdo a los artículos 79° de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y del artículo 83°, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el dinero para el retiro de la vejez no se puede embargar, ya que su finalidad es garantizar que cuando una persona deje de trabajar, tenga una pensión suficiente para vivir con dignidad en su vejez; pero para poder usar ese dinero, se tienen que cumplir con ciertas condiciones como tener determinada edad y acumular ciertos años de servicio, de lo contrario, los fondos permanecerán restringidos.
No obstante, la protección no es absoluta, de forma particular, cuando una trabajadora o trabajador se queda sin empleo, la ley sí permite retirar una parte de esos recursos. Por lo tanto, explicaron que, si la ley permite que una persona desempleada pueda retirar parte de esos fondos para su propia subsistencia, también es válido que, en casos especiales, una parte similar pueda ser embargada para garantizar el derecho a los alimentos de sus hijas e hijos menores de edad.
Para permitir el embargo, se usará la cuenta de retiro únicamente hasta el monto que la persona podría retirar por ley y el recurso que debe se entregue poco a poco, semanalmente, para cubrir las necesidades básicas de la niña o niño menor de edad, mientras la trabajadora o trabajador consiga empleo o se acabe el fondo disponible:
«la persona juzgadora deberá: (i) cerciorarse que el deudor alimentario realmente se encuentra desempleado; y que, además, carece de otros bienes con los cuales pueda hacer frente a su obligación alimentaria; (ii) embargar en primer término la subcuenta de aportaciones voluntarias, únicamente sobre el monto excedente de veinte veces el salario mínimo elevado al año; (iii) en caso de que no existan aportaciones voluntarias o ya se haya embargado y agotado el excedente antes mencionado, proceder al embargo de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, pero sólo por el equivalente a los recursos que el trabajador podría disponer voluntariamente; y (iv) en cualquiera de las dos hipótesis, instruir al Instituto o en su caso a la Afore correspondiente, para que vayan suministrando de manera semanal el monto correspondiente a la pensión indispensable para asegurar la subsistencia del menor acreedor en su mínimo vital, hasta en tanto el deudor consiga un nuevo empleo, o bien se agote el monto de los recursos de los que se puede disponer voluntariamente» -Extracto de la sentencia de la SCJN.
La Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) es la institución encargada de dosificar los recursos que las trabajadoras y trabajadores ahorren para su retiro con la finalidad de que, cada persona cuente con una pensión al final de su vida laboral a través de la abstención de determinada cantidad de dinero tomado de su salario; sin embargo, un estudio de Citibanamex Afore comprobó que las mujeres deben ahorrar 80% más para igualar pensión de hombres.
Mujeres deben ahorrar 80% más en Afore para igualar pensión de hombres – cimacnoticias.com.mx
A esto se suma, la responsabilidad que cargan cuando se separan de su pareja y deben absorber el gasto de la pensión alimenticia. Para la feminista Diana Luz Vázquez Ruiz, impulsora de la Ley Sabina, lo ideal sería que se embargara al menos el 30% de acumulado en la Afore de retiro cuando exista un pago retroactivo de pensión alimentaria mayor a un año:
«Sabemos por experiencia de tantas madres, que esa «voluntad» no existe. Por eso qué bueno que ya se les pueda embargar, aunque sea ese 10% y ojalá no solo en condición de desempleo, eso también es un despropósito, pero al menos avanzamos», comentó Diana Luz Vázquez Ruiz en su red social X.
Es gracias a la lucha feminista que cada vez las mujeres y las infancias adquieren más derechos sobre la responsabilidad de pensión alimentaria para sus hijos e hijas. Por ejemplo, la Ley 3 de 3 que fue creada por iniciativa de la colectiva Las Constituyentes para establecer que ningún agresor contra mujeres ejerciera desde el poder, que no esté señalado por ser deudora alimentaria morosa, violencia sexual y violencia en razón de género; así como el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), una herramienta que emite certificados que acreditan si una persona es deudora alimentaria.
En parte, estas medidas se derivan de la Ley Sabina impulsada por la feminista Diana Luz Vázquez Ruiz, quien comenzó una lucha para que su hija pudiera acceder a una pensión alimenticia. Esta ley aborda una serie de reformas para impedir que los deudores alimentarios eludan sus responsabilidades y se vean obligados a pasar la pensión cuando se demuestre que tienen los ingresos para hacerlo.