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/Escrito por Wendy Rayón Garay /
23.07.2025/CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- Sin parlamento abierto, ni diálogo con los movimientos de mujeres y lejos de los acuerdos internacionales para la erradicación de la violencia de género, el diputado Mario Zamora Gastélum, del Partido Revolucionario Institucional (PRI) propuso una ley para reconocer «el trabajo sexual como lícito e independiente, y garantizar el acceso a la seguridad social de trabajadores sexuales», lo que contraviene las recomendaciones emitidas por el Comité para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (CEDAW) al Estado mexicano.
Hay que recodar que CEDAW emitió un documento de Observaciones finales sobre el décimo informe periódico de México al Estado mexicano el 7 de julio luego de su comparecencia el 17 y 18 de junio de este año donde presentaron el décimo informe periódico. Como puntos de preocupación externaron en el apartado 15 inciso a: «la fragmentación de la legislación penal a nivel federal y estatal, la aplicación inconsistente de protocolos sensibles al género y el uso de procedimientos penales abreviados en casos de violencia de género contra mujeres y niñas».
Zamora Gastélum plantea reconocer a las y los trabajadores sexuales como no asalariados y sujetos de derechos, por lo que considera en su iniciativa que las autoridades deberán garantizar sus derechos humanos, laborales, sociales y económicos.
Sin embargo, Zamora Gastélum no incorpora una perspectiva de los derechos humanos de las mujeres en esta iniciativa invisibilizando que una de las formas más comunes de la trata de personas con fines de explotación sexual está encubierta como prostitución consensuada, en donde 9 de cada 10 víctimas son mujeres, esto se debe a la manifestación de las desigualdades históricas que ha puesto a las mujeres en posiciones de subordinación ante los hombres.
De acuerdo con la definición que otorga el diputado Zamora Gastélum al trabajo sexual en su iniciativa la señala como:
«Toda actividad ejercida por una persona mayor de edad de manera libre, consensuada, independiente y sin ningún vicio del consentimiento, por medio de la cual preste servicios sexuales, eróticos o de acompañamiento de manera física, por medios impresos, electrónicos o digitales a personas mayores de edad y a cambio reciban una remuneración económica o en especie. Lo anterior, de conformidad con las condiciones de tiempo, modo y lugar establecidas de común acuerdo entre la persona prestadora del servicio y la persona contratante de manera verbal o escrita».
Cabe señalar que, de acuerdo con Teresa Ulloa, directora de la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe (CATWLAC por sus siglas en inglés), el abolicionismo de la prostitución es un punto de vista feminista y un modelo teórico-jurídico que considera que debe ser abolida, es decir, derogada sin vigencia legal, del sistema social como defensa de la dignidad de las mujeres. Por ese motivo propugna que, con el objetivo de erradicar esa actividad, carezca de reconocimiento en el mundo jurídico.
La teórica feminista plantea que se piensa que al nombrar la explotación sexual de mujeres como prostitución, se dignifica a la persona para que pueda ejercerla con prestaciones sociales, reglamentaciones y sin ningún riesgo para su integridad física y psicológica. Sin embargo, la mal catalogada «la profesión más antigua del mundo», está cargada de violencia que se manifiesta en la explotación, la esclavitud y la violencia de género donde las mujeres han sido sometidas a la disposición sexual de los hombres.
Para el feminismo abolicionista, la prostitución debe ser abolida, es decir, erradicada, no prohibida, porque es una institución patriarcal basada en la desigualdad entre mujeres y varones. Esta corriente teórica considera que la explotación sexual y la prostitución son fenómenos inescindibles. Considera a la prostitución como un sistema de la opresión sexista, racista y clasista.
De acuerdo con el artículo «Estadísticas cuantitativas y cualitativas para medir el efecto de las nuevas formas de criminalidad violenta contra las mujeres: los delitos en materia de trata de mujeres, niñas y adolescentes y sus vínculos con la delincuencia armada» de la abogada feminista Teresa C. Ulloa Ziáurriz, la trata de personas y sus formas de esclavitud y explotación sexual son el segundo negocio ilícito más lucrativo a nivel mundial.
El diagnóstico «Agenda integral de política pública: Acceso a la justicia reparación del daño y restitución de derechos de las personas sobrevivientes a la trata de personas con fines de explotación sexual», indica que se desconoce la cifra exacta del número de víctimas de trata, ya que esta práctica ha operado desde la clandestinidad y normalización.
Algunas estimaciones muestran la existencia de 49.6 millones de personas que viven en estas condiciones: 30% se encuentran en América Latina y el Caribe, y alrededor de 270 mil en México. Además, son mayoritariamente las mujeres y menores de 18 años quienes quedan atrapadas bajo este sistema: 65% de las víctimas son mujeres y 35% hombres.
En México ya son varios intentos por legalizar esta violencia, sobre todo en la Ciudad de México. En 1986 se hizo un reordenamiento a través de credenciales, puntos tolerados y representantes; existe la recomendación 8/94 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal sobre derechos humanos de trabajadoras sexuales; y se emitió el amparo 112/2013 que reconoce «el derecho de ser trabajadoras no asalariadas».
La propuesta del diputado Mario Zamora Gastélum especifica que, la «prestación de servicios sexuales» quedará expuesta como licita; sin embargo, se sancionará cuando no exista consentimiento o se atente contra la vida, libertad o dignidad de la persona. Añade que, deben existir condiciones de tiempo, modo y lugar establecidos de forma verbal o escrita entre ambas partes.
Esta distinción entre el consentimiento queda difusa, ya que existe todo un sistema que opera detrás de la prostitución y del que muchas mujeres no pueden salir. Durante la presentación de la agenda de trata en la Cámara de Diputados el pasado 6 de junio, documentada por Cimacnoticias, el académico tlaxcalteca Oscar Montiel y la doctora Alicia Mesa Bribiesca, señalaron que el sistema proxeneta es una organización compuesta por una tríada de actores primarios prostituidores, prostituyentes y mujeres en situación de prostitución:
Objetivo | La esclavitud a fin de prostituir a mujeres y niñas |
Los actores primarios | Proxenetas o prostituidores, no precisamente tienen que ser personas, pues en ocasiones, pueden ser entidades. |
Actores secundarios | Personas cercanas a los primarios que permiten, encubren y se benefician de este sistema, pueden ser empleados de estos espacios o funcionarios que reciben retribuciones económicas a cambio de silencio. |
Poderes de dominio | Para reclutar, someter, trasladas y esclavizar |
Por otra parte, al ser reconocidas como «personas trabajadoras no asalariadas», la iniciativa ordena al Estado garantizar derechos humanos, laborales, sociales y económicos como acceder a la seguridad social conforme al artículo 13° de la Ley del Seguro Social; tener servicio de salud gratuitos; ejercer en condiciones salubres, seguras y libres de violencia; y contar con servicios de procuración e impartición de justicia.
Asimismo, el articulo 357° del proyecto determina que la Secretaría del Trabajo y Prevención Social junto con la Autoridad Registral deberán crear un registro voluntario que tiene como objetivo crear políticas públicas sobre los delitos en materia de trata de personas; garantizar servicios de salud; impulsar el ejercicio del trabajo sexual y la creación zonas seguras; y finalmente diseñar protocolos y mecanismos de prevención y atención a las víctimas de violencia por el ejercicio del trabajo sexual.
Por lo que, la propuesta de legalizar la trata de personas con fines de explotación sexual pone en peligro a las mujeres quienes se encuentran atrapadas en la prostitución, ya que no se plantea cómo discernir en la práctica entre una mujer que está siendo obligada. A esto se suma, que se perpetúa la violencia contra las mujeres al reconocerlo como un trabajo.