Suprema Corte mexicana vota y reconoce a padres de Fátima como víctimas indirectas de su feminicidio.

*Escrito por Wendy Rayón Garay .

/CimacNoticias.com/ Ciudad de México.- El día de hoy, 14 de mayo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad la sentencia de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat en el que se reconoce la calidad de víctimas a la madre y padre de Fátima Varinia Quintana Gutiérrez, quien fue víctima de violencia feminicida en el estado de México durante 2015 y además estableció medidas de reparación integral del daño.

De acuerdo con Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) en entrevista para Cimacnoticias, detalló que el proyecto 5363/2023 de la ministra Ríos Farjat ordena al tribunal colegiado el reconocimiento de familiares de víctimas de feminicidio para asignarles la calidad de víctimas, sin que estos deban exigir formalidades adicionales sobre todo cuando se habla de feminicidio infantil.

Cabe señalar que este reconocimiento se les había negado a los padres de Fátima por el Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito en primera instancia provocando que no pudieran acceder a la reparación del daño ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas quien tiene a cargo el recurso y esta situación se ha repetido en varias familias que perdieron a una hija, hermana o madre bajo este mismo contexto.

La sentencia de la SCJN también ordena que se establezcan medidas de reparación integral del daño. Por ejemplo, en el caso de Fátima se establece

  • La colocación de una escultura para fijar un memorial en su nombre en el que se reconoce la violencia feminicida que sufrió.
  • Medidas de seguridad en el municipio de Lerma como casetas de vigilancia, cámaras de seguridad botones de auxilio y rondines policiacos, medidas que se enmarcan en la ya establecida Alerta por Violencia de Género contra las Mujeres en el estado de México, la cual se emitió en 2015;
  • La instalación de transporte público para la comunidad
  • Capacitación a las autoridades locales no solo la perspectiva de género, sino la perspectiva de niñas, niños y adolescentes.

Asimismo, la SCJN reconoció los casos de feminicidio como una obligación del Estado no solo de atenderlos, sino de prevenirlos. Señala que debe dictaminarse un exhorto al gobierno del Estado de México para establecer medidas de reparación integral, de satisfacción y de no repetición en este tipo de casos de feminicidio.

Respecto a los años en que la familia de Fátima vivió desplazada de manera forzada, la sentencia reconoce la responsabilidad del Estado, las amenazas que vivieron y sobre la muerte Daniel, el hijo más chico de la familia quien murió por una negligencia médica en el estado de Nuevo León durante noviembre de 2020.

Es decir, por la falta de atención y de servicios de salud que deberían haberse garantizado desde las propias autoridades al tener en medida de protección a toda una familia. Además, hubo una serie de omisiones y negligencia en cinco hospitales de Nuevo León en donde fue atendido.

¿Cómo se traduce la sentencia para las familias de víctimas de feminicidio?

La sentencia refrenda el reconocimiento a las medidas de reparación integral como una garantía que deben ser un derecho al que puedan acceder las víctimas indirectas de feminicidio, según mencionó Nayeli del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF).

Esto en consecuencia de que, aunque ya está establecido en la ley, queda de manera abstracta. De esta forma, con la sentencia se establece con ejemplos las medidas que el Estado debería estar brindando. Apuntó que, es importante sobre todo en casos donde las órdenes de protección y medidas de desplazamiento no funcionen provocando la muerte de otro de los integrantes de la familia.

«Es un recordatorio al Estado de que debe establecer estas medidas siempre. O sea, no formar parte de las etapas procesales de litigio para el acceso a la justicia cuando se encuentra el agresor, sino que deben ser medidas que el Estado debe estar garantizando al máximo cuando hay un tema de riesgo para proteger y no dejar en estado de vulnerabilidad a toda una familia sin los servicios básicos eh humanitarios» -Nayeli del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF)

Asimismo, mencionó que aún queda una deuda pendiente en el tema de justicia en los casos de feminicidio. Comenzando con el propio proceso penal, el cual es limitado en cuanto a las acciones que deberían garantizar a las víctimas indirectas de feminicidio. Señaló que el caso de Fátima ejemplifica la falta de comprensión y de interpretación de las normas constitucionales sobre el deber de protección y reparación integral del daño que debe proporcionar el Estado.

Con la sentencia, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) espera que comiencen a tomarse acciones desde las autoridades, el poder ejecutivo y principalmente de las fiscalías y todas las autoridades implicadas cuando se investiga este tipo de delitos.

«Las autoridades tendrían que estar interviniendo y entendiendo y garantizando derechos hacia las víctimas indirectas, este más aún cuando se trata de una eh víctima que es menor de edad y que también como víctimas indirectas hay menores de edad» -Nayeli del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF)

De acuerdo con la señora Lorena Gutiérrez, madre de Fátima, la sentencia no es solo un logro en el caso de su hija, sino para todas las niñas y mujeres asesinadas en México, ya que en el país no se ha dado una reparación del daño a las víctimas indirectas de feminicidios, quienes siguen exigiendo justicia por sus mujeres.

«La verdad me da mucho gusto. Aún con todo el dolor de mi corazón por la pérdida de mis hijos, Fátima y Daniel, pues yo creo que es un gran logro por todas las niñas y mujeres asesinadas en este país por todas las víctimas de feminicidio. Espero que esto nos abra las puertas para la reparación del daño» -Lorena Gutiérrez, madre de Fátima y Daniel.

El feminicidio de Fátima y la lucha de su familia

Berenice Chavarría Tenorio 

Fátima Varinia Quintana Gutiérrez tenía 12 años cuando tres hombres, entre ellos un menor de edad, la agredieron sexualmente y perpetraron en su contra violencia física extrema que culminó en su feminicidio el 5 de febrero de 2015, en la comunidad Lupita Casas Viejas, en Lerma, Estado de México.

Tras el crimen, la familia se vio amenazada por las familias de los presuntos feminicidas; situación que obligó a las y los 12 miembros de su hogar a huir para salvar la vida. Actualmente se encuentran en su cuarto desplazamiento luego de que en la tercera medida de protección Daniel, hermano de Fátima, perdiera la vida como consecuencia de negligencia institucional y médica.

Por el feminicidio de Fátima fueron detenidos los hermanos Misael y Luis Ángel Atayde, junto a José Juan Hernández Tecruceño, quienes eran vecinos de la niña en Lerma, Estado de México.

Luis Atayde fue sentenciado a 73 años y cuatro meses de prisión, José Juan recibió prisión vitalicia, mientras que Misael Atayde fue sentenciado a cinco años de cárcel, ya que el feminicidio de Fátima lo perpetró cuando él era menor de edad.

Fue el pasado mes de junio de 2024 cuando el feminicida salió de prisión, a punto de cumplir 25 años de edad. Sin embargo, Lorena Gutiérrez, madre de Fátima y Daniel, acusa que desde un inicio el proceso estuvo plagado de irregularidades.

Cuando Misael fue ingresado al Centro De Internamiento Para Adolescentes «Quinta Del Bosque» Zinacantepec ya tenía 20 años. Sin embargo, cuando asesinó a Fátima estaba a tres meses de cumplir 18 años, no era mayor de edad, por lo que únicamente se le sentenció a cinco años.

El día que se dictó su sentencia su madre estaba presente junto a él. Se le indicó que debía pagar una reparación del daño a la familia Quintana Gutiérrez, pero tanto él como su mamá aseguraron que no contaban con recursos económicos para cubrir la cantidad solicitada, por lo que pidieron una prórroga e incluso la posibilidad de “pagar en abonos chiquitos”.

El 29 de noviembre de 2024, José Juan solicitó un amparo para reducir la pena vitalicia ante el Poder Judicial del Estado de México, que fue aprobado por tres magistrados que resolvieron a favor, de los cuales dos de ellos se jubilaron un día después de esta resolución. Sin embargo, nadie le notificó a la familia cuando las audiencias se llevaron a cabo.