11.02.2026 Ciudad de México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un caso emblemático que refuerza la protección integral de niñas, niños y adolescentes víctimas de abuso sexual agravado.
El Pleno determinó que resulta injustificado someter a las víctimas a nuevos interrogatorios cuando la renuncia a interrogar proviene de la propia defensa del acusado. Con ello, se revocó la sentencia que ordenaba reponer un juicio penal para recibir la declaración de dos menores, hijos de un padre condenado por este delito.
El caso se originó cuando la defensa del sentenciado alegó que no había podido interrogar a las víctimas, aunque durante el proceso se desistió expresamente de esa prueba.
Posteriormente, un tribunal concedió un amparo y ordenó la reposición del juicio, lo que fue impugnado tanto por el acusado como por la madre de los menores.
Ella sostuvo que esa medida implicaría revictimizar a sus hijos. La Suprema Corte concluyó que, cuando la falta de desahogo de las declaraciones es consecuencia del desistimiento del propio inculpado y su defensa, ordenar nuevos interrogatorios resulta injustificado.
La resolución, emitida el 11 de febrero de 2026 en el Amparo Directo en Revisión 3167/2025, marca un precedente importante en la protección de la niñez dentro de los procesos penales. El Tribunal Constitucional equilibró el derecho de defensa con el interés superior de niñas, niños y adolescentes a no sufrir daños adicionales durante el procedimiento judicial.
El contexto nacional revela la magnitud del problema.
En México, los reportes de abuso sexual infantil aumentaron 86% en el primer semestre de 2025 respecto al mismo periodo de 2024, con 696 víctimas identificadas en material de abuso sexual infantil.
El Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia informó que en 51% de los casos las víctimas fueron enganchadas por su propia familia. Del total, 56% correspondió a niñas y 44% a niños.
Estudios de organismos internacionales como UNICEF han señalado que el abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes es una de las peores formas de violencia y que la mayoría de los casos no son denunciados ni detectados.
En México, aproximadamente 32.8% de las adolescentes de entre 15 y 17 años ha sufrido alguna forma de violencia sexual en el ámbito comunitario.
La decisión de la Suprema Corte se inscribe en un panorama donde la violencia sexual infantil exige respuestas contundentes del Estado.
La protección judicial frente a la revictimización se convierte en un paso fundamental para garantizar que los procesos penales no agraven el daño sufrido por las víctimas.
Al mismo tiempo, las cifras muestran que el problema requiere políticas públicas más amplias, desde la prevención en escuelas y comunidades hasta el fortalecimiento de los sistemas de justicia y salud.
La resolución no sólo protege a los menores involucrados en este caso, sino que envía un mensaje claro: la niñez debe ser resguardada de cualquier forma de violencia institucional y procesal.
En un país donde los datos revelan un incremento alarmante de los casos de abuso sexual infantil, la Suprema Corte coloca el interés superior de niñas, niños y adolescentes en el centro de la justicia penal.













