/ María Amparo Casar /
Me parece que el Presidente no se da cuenta del peso de sus palabras cuando se refiere a muchos de nosotros, en particular a la que esto escribe, como traidores a la patria. Me pregunta el Presidente si no es corrupción recibir dinero del gobierno de EU para hacer labor de zapa en contra del proyecto de transformación … Y afirma, “es hasta traición a la patria”.
Le respondo. Primero: la organización que me honro en dirigir no se llama Mexicanos para Defender la Corrupción, sino Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, una Iniciativa en Favor del Estado de Derecho. Segundo, está autorizada para recibir fondos del extranjero. Tercero, no hacemos labor de zapa en contra de éste ni de ningún gobierno.
Ahora le pregunto yo: ¿en cuál de los supuestos de traición a la patria me puede situar?
La traición a la patria es un delito tipificado en el artículo 123 del Código Penal que conlleva la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos. Este delito tiene varios supuestos, entre otros, realizar actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de someterla a persona, grupo o gobierno extranjero; tomar parte en actos de hostilidad en contra de la Nación mediante acciones bélicas a las órdenes de un Estado extranjero o cooperar con éste en alguna forma que pueda perjudicar a México; formar parte de grupos armados dirigidos o asesorados por extranjeros para atentar contra la independencia de la República, su soberanía, su libertad o su integridad territorial; reclutar gente para hacer la guerra a México; tener relación o inteligencia con persona, grupo o gobierno extranjeros; proporcionarles elementos humanos o materiales para invadir el territorio nacional… Insisto, ¿en cuál?
El Estado de derecho nunca ha sido nuestro fuerte. Somos un país en el cual el respeto a la legalidad por parte de los gobernantes se da de manera caprichosa. Las autoridades no temen moverse al margen de la legalidad porque saben que la impartición de justicia es controlada por ellas mismas.
Lo que pocas veces hemos visto es a un gobernante que desafía el orden constitucional, legal y reglamentario, haciendo alarde de ello. Esta conducta, recurrente desde inicios del sexenio, se sustenta en el razonamiento de que para hacer una “verdadera transformación” no se puede uno sujetar a una camisa de fuerza. Esa camisa de fuerza es el orden jurídico.
Los ejemplos abundan. Desde el memorándum (abril de 2019) en que se ordena a los secretarios de Gobernación, Educación y Hacienda dejar “sin efecto todas las medidas en las que se haya traducido la aplicación de la llamada reforma educativa”, hasta el Acuerdo (noviembre de 2021) en el que “se declara de interés público y de seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores…”, que da un golpe a la transparencia y a la rendición de cuentas. Agréguese a ello que las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad en contra de las leyes y decretos impulsados por el Poder Ejecutivo suman, al día de hoy, el formidable número de 57. Algo nunca visto con anterioridad.
Otra nueva modalidad de las abiertas ilegalidades es la de fingir ignorancia, aunque la ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento. ¿De verdad podemos creer que el Presidente no sabe que el Inai está para proteger los datos personales de los ciudadanos, que el Estado debe garantizar la privacidad de los mismos y, al mismo tiempo, para exigir la mayor transparencia en las acciones de las autoridades? ¿No sabe que el conflicto de interés es la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios?
A este último respecto, López Obrador insiste en que él es un ciudadano común, que tiene derechos y que los va a ejercer. No, no es un ciudadano común y corriente. Es una autoridad, y no cualquier autoridad sino el titular del Poder Ejecutivo. Como tal, tiene a su disposición los instrumentos de la inteligencia del Estado, del SAT, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Unidad de Inteligencia Financiera, entre otros.
Pero, aun si lo consideramos como un ciudadano, debería saber que el Inai no tiene la facultad para dar esa información y no puede ignorar que las personas sin cargo público no tenemos la obligación de dar a conocer públicamente nuestros ingresos. Tampoco que el derecho de réplica se ejerce frente al medio de comunicación y que el contenido de la réplica deberá limitarse a la información que la motiva y en ningún caso podrá comprender juicios de valor u opiniones ni usarse para realizar ataques a terceras personas. En consecuencia, sabe que viola la ley al llamar a los periodistas golpeadores, mercenarios, corruptos, sin escrúpulos morales, mirones profesionales, vendidos o traidores a la patria.