Insiste AMLO en borrar años de lucha de mujeres para lograr la clasificación del feminicidio.

RETROSPECTIVA 2021

/Redacción/

Cdmx. 08 abril 2021.- Borrando años de esfuerzo de feministas que buscaron la tipificación y clasificación del feminicidio, la muerte violenta de mujeres por razón de genero, el presidente Andrés Manuel López Obrador insiste en que antes de su gobierno no se clasificaba el delito de esa manera porque se consideraban homicidios todas las muertes de mujeres, lo cuál es falso.

“En el caso de los feminicidios, que es otro delito con crecimiento, sostenemos -no es evadir nuestra responsabilidad, siempre vamos a decir la verdad- sostenemos que antes no se clasificaban de esa manera, se consideraban homicidios todas las muertes, fallecimientos de mujeres; ahora no, entonces por eso se registra un incremento.”

Al admitir que el otro delito que crece es el de extorsión indicó: “Son los tres donde tenemos aumentos, todo lo demás, secuestros, robo de vehículo, robo a transporte público, robo a casa habitación, todo va a la baja y considerablemente”, dijo el mandatario.

Instantes adelante, al lamentar la violencia en Veracruz y destacar el trabajo de Alejandro Encinas, subsecretario de Gobernación, y de Karla Quintana, comisionada nacional de Búsqueda de Personas, se contradijo al referir que los tres delitos que registran crecimiento, “se han contenido”.

El delito de feminicidio se tipifica y se incorporó al Código Penal Federal en el año 2012 y es precisado como el delito de privar de la vida a una mujer exclusivamente por razones de género, como la violencia sexual previa al asesinato; lesiones físicas previas; antecedentes de violencia doméstica; relación sentimental con el agresor; amenazas, acoso u hostigamiento previo; privación de la comunicación y exposición pública del cuerpo de la víctima, entre otros.

Al contrario de lo que dice el presidente López Obrador, en su sexenio se propuso desaparecer al feminicidio, ante la emergencia de violencia extrema contra mujeres cuando el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, propuso hacer reformas al Código Penal Federal para desaparecer el delito de feminicidio y considerarlo, como una agravante del homicidio.

Propuesta que alertó a las mujeres en México, quienes entre otras consideraciones señalaron que la eliminación de la tipificación del feminicidio en el Código Penal implicaría retrocesos en materia de Derechos Humanos, igualdad social e impartición de justicia, además de que afectaría el trabajo de miles de mujeres por evidenciar la estructura sistemática de la violencia de género.

El tipo penal feminicidio es una de las figuras por la que se ha luchado durante años.

Inmujeres reaccionó ante la propuesta de Gertz Manera al insistir en que el reconocimiento del feminicidio en el Código Penal Federal es uno de los logros más importantes de la lucha feminista y eliminarlo bajo el argumento de que complica la operación del sistema penal implicaría suprimir el trabajo constante de las mujeres, organizaciones civiles, familiares de víctimas, colectivos, académicas y activistas.

La eliminación del tipo penal feminicidio significaría, además, que la lucha por garantizar una vida libre de violencia y discriminación para mujeres y niñas no ha sido realmente comprendida en las esferas de la política pública y que, por tanto, todos los recursos destinados a la problemática no han sido efectivamente aprovechados, refirieron.

El delito de feminicidio enfatiza la necesidad de gobernar con perspectiva de género.

El feminicidio se entiende en la ley nacional como la culminación de una estructura sistemática de violencia contra una mujer. “La muerte violenta de las mujeres por razones de género tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de discriminación contra ellas”, cita la Conavim (Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres).

Es cierto que no todas las muertes violentas de mujeres son feminicidios y por lo tanto no pueden investigarse con los mismos parámetros y mucho menos castigarse de la misma manera, por eso es relevante tipificar este delito, para situarlo desde su carácter de género, refieren algunas mujeres estudiosas del tema.

Borrar la tipificación del feminicidio significaría invisibilizar que debajo de dicho delito hay muchas otras expresiones de violencia y discriminación contra las mujeres que también deben ser erradicadas.

El Inmujeres reafirma la necesidad de que el feminicidio sea reconocido totalmente en el Código Penal Federal y sus estructuras. Para mejorar el sistema de impartición de justicia en los casos de presuntos feminicidios aún hay trabajo por hacer. La capacitación efectiva de todos los individuos involucrados en el proceso es fundamental para un sistema penal eficaz e igualitario.

A nivel federal, el 14 de junio de 2012, seis años antes que llegara a Palacio Nacional López Obrador, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la reforma que incorporó el delito de Feminicidio en el Código Penal Federal, donde se define como feminicidio: “Artículo 325. – Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

153-a Código Penal) Habrá feminicidio cuando la víctima de homicidio sea mujer y sea incomunicada o violentada sexualmente, vejada o mutilada o haya existido violencia intrafamiliar del activo contra ella. El homicidio así cometido será considerado como calificado para efectos de su punibilidad.

El término feminicidio surgió en México como una adaptación del término inglés femicide cuya traducción literal sería femicidio. El termino femicide o femicidio tiene una larga historia en la tradición inglesa que se remonta a principios del siglo XIX.

Con información de Ana Karen García.