*Se aplica la fórmula establecida en la Constitución y en la ley.
*Emite instructivo para registros de APN 2023.
*La distribución quedaría de la siguiente forma:
El financiamiento que corresponde a cada partido político es el siguiente:
Con base en la Constitución y en la Ley General de los Partidos Políticos, el monto total para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes será de 5 mil 543 millones 960 mil 204 pesos, el cual se distribuirá en un 70%, equivalente a 3 mil 880 millones 772 mil 146 pesos, según el porcentaje de votación nacional emitida, obtenido en la elección de diputados por el principio de Mayoría Relativa y el otro 30% de forma igualitaria.
Mientras que lo que respecta a actividades específicas, relativas a la educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá al 3% del monto total anual del financiamiento público que corresponda en el mismo año por actividades ordinarias permanentes.
Con base en el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos, éstos deberán destinar anualmente el 3% del financiamiento público para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
Aprueba instructivo para registro de Agrupación Política Nacional en el año 2023
Asimismo, el grupo colegiado aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se expide el Instructivo que deberá observarse para la obtención del registro como Agrupación Política Nacional en el año 2023, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin.
El documento aprobado establece los documentos, elementos y procedimientos que deberán seguir las asociaciones ciudadanas interesadas en constituirse como Agrupación Política Nacional (APN), así como la metodología que observarán las diversas instancias del Instituto para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación de la materia para tales efectos:
Las asociaciones interesadas en constituirse como Agrupación Política Nacional deberán informarlo al INE mediante escrito dirigido a la DEPPP a partir del día 1° de marzo al 16 de diciembre del 2022.
Desecha Consejo General procedimientos de remoción de consejeras y consejeros electorales de Puebla, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas
Durante la sesión extraordinaria, el órgano electoral desechó cuatro denuncias presentadas respecto de procedimientos de remoción de consejeras y consejeros electorales integrados con motivo de diversas denuncias presentadas en contra de los Institutos Electorales de Puebla, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.
Atiende INE principio de definitividad que rige los procesos electorales
Durante la sesión, el Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina, presentó el segundo informe que da cuenta de las actividades a cargo del Instituto, relativas a la organización de los procesos electorales locales extraordinarios 2021, que se celebraron en General Zuazua, Nuevo León; Nextlalpan, Estado de México; Uayma, Yucatán; San Pedro Tlaquepaque, Jalisco; Iliatenco, Guerrero y Tlaxcala.
En dicho informe se destaca la elección de La Yesca, Nayarit, así como la Senaduría en la misma entidad celebrada el pasado 5 de diciembre, dando cuenta de las distintas etapas procedimentales entre las que se encuentran las actividades que se realizan derivado del voto en el extranjero.
El documento también menciona que para los procesos electorales locales al INE le corresponde, entre otras atribuciones, la capacitación electoral y la ubicación e integración de casillas, además de otras atribuciones exclusivas, como el Padrón Electoral y las listas nominales y, por supuesto, la administración de tiempos del Estado en radio y televisión.
De esta manera, se dio cuenta al Consejo General de las actividades para el desarrollo y conclusión de las elecciones extraordinarias celebradas en 2021, cumpliendo así con los principios de definitividad y máxima publicidad.