Alcemos la voz por una vida en Igualdad y No Discriminación!

**Alguien como tú.

/ Gladys de L. Pérez Maldonado /

El pasado 10 de junio se cumplieron 11 años de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos en nuestro país.

​La modificaciones que se hicieron en este rubro a la Constitución General de la República en el 2011 tienen como intención un cambio en el modo de entender las relaciones entre las autoridades y la sociedad, ya que colocan a la persona como el fin de todas las acciones del gobierno.

​La Reforma representa el avance jurídico más importante que ha tenido México para optimizar el goce y ejercicio de los Derechos Humanos.

​Debemos puntualizar los cambios con la reforma, por que “lo que no se menciona…se olvida…”.

​Con ella, se incorporaron todos los Derechos Humanos de los Tratados Internacionales como derechos constitucionales, la obligación de las autoridades de guiarse por el principio pro persona cuando apliquen normas de Derechos Humanos, lo que significa que deben preferir la norma o la interpretación más favorable a la persona, así también, la obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna, de cumplir con cuatro obligaciones específicas: promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos en la sociedad.

​Además, se estableció la obligación de que, cuando existe una violación a los derechos de las personas, las autoridades deben investigar, sancionar y reparar dichas violaciones.

​Esta memorable Reforma mandata a todas las autoridades de los tres niveles de gobierno a incorporar en la educación a todos los niveles los Derechos Humanos, a que se respeten los derechos humanos en el sistema penitenciario mexicano, colocar los derechos humanos como principio rector de la política exterior del país.

Así también, se reconoció a las comunidades indígenas como entidades de derechos público, los derechos de las niñas, niños y adolescentes, de manera expresa en el artículo 2 de la Constitución se incluyó el principio de Igualdad y No Discriminación entre las personas pugnando por una igualdad sustantiva entre las personas sin distinción de raza, color, sexo, idioma, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, etcétera…

​Fueron reformados once artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a favor de los Derechos Humanos de las personas, que suponen cambios en la organización y ejercicio del poder político, la creación de instituciones, el reconocimiento de derechos y la adopción de valores, ideales y principios fundamentales.

​A 11 años de que fuese publicada la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos la pregunta obligada es ¿Las Instituciones Públicas de los tres niveles de gobierno, el Congreso de la Unión, las Legislaturas de los Estados, el Poder Judicial de la Federación y de las Entidades Federativas implementan cabalmente esta magna Reforma?

​Consideramos que los entes públicos en mención,hacen un esfuerzo para incorporar progresivamente la perspectiva de los derechos humanos en las políticas públicas y normatividades, sin embargo, el camino aún es largo por recorrer, pues el punto no es cambiar el contenido de la norma o crear Direcciones de Políticas Públicas de Derechos Humanos o Sub Secretarías de Derechos Humanos o cualquier otro órgano agregándole en el catálogo “de Derechos Humanos”.

​Para lograr una exitosa implementación de la reforma en materia de Derechos Humanos se requiere paralelamente hacer un trabajo de culturización de lasociedad en esta materia.

​Después de más de una década, el desarrollo de los derechos de las mujeres, las niñas, los niños, los adolescentes, de la comunidad de la diversidad, de los adultos mayores, de los pueblos indígenas y el principio de igualdad y no discriminación han evolucionado, sin embargo aún no son una realidad en la prestación de servicios públicos como el acceso a la justicia, una vida libre de violencia y la adaptabilidad de servicios médicos, por mencionar algunos.

​Impartir y procurar justicia con perspectiva de género y de los Derechos Humanos ha ido consolidando el contenido de los principios de Igualdad y No Discriminación entre las personas, no obstante, para alcanzar la anhelada igualdad sustantiva, se requiere de la legímita motivación de los implementadores de esta Reforma.

​Para ello, las y los legisladores deben optar por una iniciativa de reforma constitucional, para que toda aquella persona que aspire a pertenecer al servicio público acredite fehacientemente tener formación académica en la materia de los Derechos Humanos, de ahí que se tenga la certeza que conocen la importancia de este rubro en la sociedad.

​Estamos conscientes que el 20% aproximadamente de la población nacional son servidores o servidoras públicas y el 80% restante no tienen acceso al ejercicio del servicio público, pero debemos apostar a que la inclusión, ejecución y el respeto de los Derechos Humanos venga como cascada desde las altas esferas del poder y así permee hasta la comunidad más pequeña de nuestro país garantizando el texto constitucional.

Así, se impulzarán Políticas Públicas de Derechos Humanos, Igualdad y No Discriminación de aplicación real y en ningún momento pugnarán y aceptarán la reducción de presupuesto en esta materia que tanto daña su perfeccionamiento.

​¡Alcemos la voz por una vida en Igualdad y No Discriminación!.