Gente como uno.
/ Mónica Garza /
“Mataste a tu hijo, perra”, con esas palabras el policía ministerial de Guanajuato le informó a Susana Dueñas Rocha que estaba detenida, el mismo día que había llegado a una clínica de Santa Teresa, Guanajuato, luego de sufrir un aborto espontáneo.
La joven tenía 19 años y una trabajadora social la denunció.
La organización Las Libres, en aquella entidad, realizó un trabajo documental sobre las acusaciones que pesaron sobre Susana aquel 2004.
Se le dijo que el cuerpo del feto tenía sus huellas y con eso comprobaban el crimen que había cometido: homicidio en razón de parentesco.
A la joven le hicieron firmar una hoja en blanco, que luego convirtieron en una declaración de culpabilidad y en menos de 6 meses fue sentenciada a 25 años de prisión.
Colectivos y defensores de DDHH consiguieron que 7 años después Susana fuera liberada junto a otras 6 mujeres. Pero nada borrará de la historia de esta joven esos 7 años de reclusión e injusticia, por un crimen que no cometió y lo peor, casos como el de ella hay decenas en México.
En 2021 se calculó que 750 mujeres estaban presas, cumpliendo sentencias de hasta 30 años por el delito de homicidio en razón de parentesco; y en muchos casos, se trata de abortos espontáneos.
La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres contabilizó entre enero y julio de ese 2021 alrededor de 432 carpetas de investigación abiertas contra mujeres por abortar.
Pero el encarcelamiento no es la única consecuencia de los prejuicios y atrasos legislativos en esa materia. La muerte es la más grave.
La Organización Mundial de la Salud, cada año cuenta 25 millones de abortos clandestinos e inseguros en el mundo, siendo esto la tercera causa de muerte materna.
En 2022, el aborto clandestino se consideró la tercera causa de muerte materna también en México, de enero a octubre se contabilizaron 38 defunciones, según la Secretaría de Salud.
Ahí está la relevancia de lo ocurrido esta semana en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se aprobó el amparo promovido por el Grupo de Información en Reproducción Elegida, GIRE, donde se alegaba la inconstitucionalidad de los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del Código Penal Federal que imponen prisión por interrumpir un embarazo.
La SCJN resolvió que “el sistema jurídico que regula el delito de aborto en el Código Penal Federal es inconstitucional por ser contrario al derecho a decidir de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar”.
Entonces, las secciones del Código Penal Federal que criminalizan el aborto ya no tendrán efecto y esto aplicaría de forma retroactiva, por lo que casos que aún siguen vigentes de personas en prisión por aborto, podrán ser beneficiadas.
Esta decisión brinda opciones a quienes deseen realizar la interrupción de un embarazo, de forma legal y segura.
El IMSS, ISSSTE, instancias médicas de PEMEX y cualquier otra institución de salud federal ya no podrán negar el servicio a ninguna mujer o persona gestante.
El personal de dichos espacios tampoco podrá ser criminalizado, ni podrá rehusarse a realizar la práctica bajo el argumento de “ser regidos por el Código Federal”.
Así que, luego de que la Primera Sala revocara la sentencia impugnada y concediera el amparo a la asociación quejosa para el efecto (GIRE), el Congreso de la Unión deberá dejar sin efecto las normas contenidas en el Código Penal Federal que criminalizan el aborto voluntario, antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones.
Dicho en otras palabras, deberá eliminarse el delito del aborto del Código Penal Federal, además de que las y los jueces locales deberán implementar lo dicho por la Corte.
Hace apenas unos días, fue también la SCJN la que, tras una sentencia, permitió la despenalización del aborto en Aguascalientes, que se convirtió en la entidad número 12 que permite la Interrupción Legal del Embarazo hasta las 12 semanas de gestación, de forma voluntaria y sin importar las causas.
Ciudad de México, Oaxaca, Baja California, Coahuila, Veracruz, Colima, Hidalgo, Guerrero, Baja California Sur, Sinaloa y Quintana Roo son los demás estados alineados a esta libertad de decidir.
Lo sucedido el pasado 6 de septiembre en la SCJN abre la puerta a otras niñas, adolescentes, jóvenes y adultas a poder acceder a seguridad en caso de desear o necesitar interrumpir un embarazo, sin importar que en su estado aún no se considere legal.
Finalmente, de lo que se trata es de cobijar derechos y justicia, sobre un asunto que ha dejado ya demasiadas víctimas en el camino, niñas madres, vidas rotas y mujeres encarceladas, mientras verdaderos criminales pasean por las calles en total libertad e impunidad…