*Imparte conferencia dentro del diplomado para la certificación de mediadores, conciliadores y facilitadores en el Poder Judicial.
Xalapa, Ver 10 noviembre 2019.- Al participar en el cuarto diplomado para obtener la certificación como mediadores, conciliadores y facilitadores, organizado por el Tribunal Superior de Justicia, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UV, el Centro Estatal de Justicia Alternativa del Estado de Veracruz (CEJAV) y la Escuela Judicial, el Doctor Armando Pacheco del Valle, Director de Asuntos Jurídicos del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado, impartió la conferencia “Procedimientos de medios alternativos en materia laboral y la reforma laboral”.
Al respecto, destacó que “la conciliación en materia laboral es un tema que se viene dando desde 1921 en los procedimientos laborales y la finalidad es acercar a los participantes del diplomado a lo que es la labor diaria que desempeñamos en el ámbito laboral procesal; vamos a abordar la reforma laboral desde la obligatoriedad que existe actualmente en la nueva ley publicada en mayo de este año, en la que se establece como un requisito pre-judicial el poder llevar a cabo la conciliación antes de pasar a la etapa de juicio”.
Dijo también que “de lo que se trata esta nueva reforma es de agilizar los procedimientos judiciales y a través, precisamente, de la conciliación evitar los gastos innecesarios tanto de abogados como de cualquier otro procedimiento que se tenga que llevar; se trata, por tanto, de agilizar y economizar para ambas partes; obviamente al momento que pasa del Poder Ejecutivo al Poder Judicial, se espera que haya una mayor especialización; gente que se prepare más en estos temas y evitar la repetición de funciones como actualmente ocurre con las Juntas de Conciliación”.
Dijo que ahora “será un solo juez el que se encargue de la impartición de justicia y se deberá diferenciar lo que es la parte de la conciliación a un órgano autónomo junto con los juzgados que únicamente se encargarán de la parte jurisdiccional; definitivamente es imposible considerar, en este momento, que se pueda abatir todo el rezago que existe; sin embargo, en los mismos transitorios de la ley se establece un periodo de gracia para que las Juntas de Conciliación puedan desahogar su trabajo y que, a partir de que empiecen a funcionar los juzgados laborales, recibirán las nuevas demandas que se presentan a partir de la fecha de inicio y las juntas se quedarán resolviendo los asuntos que ya estaban iniciados con anterioridad”.
Finalmente, dirigió un mensaje a los participantes del diplomado al señalar que “cualquier persona que pretenda dedicarse a la mediación privada sin lugar a dudas está abriendo una brecha muy importante con la finalidad de evitar los problemas que hasta la fecha tenemos donde una parte se siente ganadora y la otra perdedora, sino que se trata de una conciliación realmente; una justicia de paz en la que las dos partes sientan que obtienen algo, es decir, un ganar-ganar, en los cuales tengamos mayor seguridad tanto de que estamos resolviendo lo que queremos como el hecho de que las partes también sientan que obtienen lo que justamente merecen”.