*La secretaria de Gobernación advierte los riesgos e implicaciones en caso de determinar la no aplicación de la prisión preventiva de oficio
* Dijo que la SCJN se excede en sus facultades.
16.04.2024. Ciudad de México.- Luisa Alcalde Titular de Gobernación externó su preocupación por el planteamiento que se discutirá próximamente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para invalidar el artículo 19 constitucional y ordenar a todas y todos los jueces del país que ignoren la obligación establecida en la carta magna, con relación a aplicar la prisión preventiva de oficio.
A juicio de Alcalde Luján, no aplicar la prisión preventiva oficiosa impactaría en la posible liberación de 68 mil personas acusadas de delitos que, por su gravedad, son de alto impacto para la sociedad; entre ellos, homicidio, secuestro, violación, narcotráfico y narcomenudeo, portación de armamento y explosivos, feminicidio, pederastia, abuso infantil y corrupción de menores, así como delincuencia organizada.
Sin referir que algunos gobernantes de Morena utilizan la Prisión preventiva oficiosa para mantener a sus adversarios o a quien les estorbe en prisión durante el sexenio, fabricando pruebas, como lo han documentado organismos nacionales e internacionales la secretaria de gobernación dijo que el Gobierno de México considera que la SCJN no sólo se excede en sus facultades, sino que pretende tomar una decisión sin dimensionar lo que esto significa para la paz y seguridad del país, toda vez que el artículo 19 constitucional, segundo párrafo, estipula que dichas personas deben llevar su proceso en prisión para garantizar que la o el imputado comparezca en juicio, además de prevenir riesgos de fuga y salvaguardar la seguridad de víctimas y testigos.
En el Salón de la Tesorería de Palacio Nacional, la funcionaria federal admitió que lo anterior será discutido en la SCJN debido a que, en enero de 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolvió el caso García Rodríguez y otro vs México, el cual determinó que el Estado mexicano debe adecuar sus leyes, incluyendo la Constitución, para eliminar la prisión preventiva, por presuntos abusos.
Indicó que, aunque esta resolución por parte de la Corte IDH en realidad obliga a todo el Estado mexicano en su conjunto, “la SCJN atrajo la sentencia oficiosamente para interpretarla y ordenar unilateralmente cómo México debe darle cumplimiento sin que se tome en cuenta a otras instituciones, una obvia sería el Congreso de la Unión, que debería analizar la posibilidad de estas modificaciones”.
Ante ello, informó que el viernes pasado el Gabinete de Seguridad envió una carta a ministras y ministros a efecto de plantearles las preocupaciones del gobierno federal en torno a este tema.
La problemática está vinculada a las juezas y los jueces, así como a la cantidad de recursos y amparos que hacen que todos estos procesos duren mucho tiempo en resolverse, señaló. “Ese asunto debe atacarse por el propio Poder Judicial, la enorme tardanza de los procesos y las resoluciones.”
En este sentido, el Gabinete de Seguridad identifica riesgos al no aplicar la prisión preventiva oficiosa, los cuales están relacionados con:
La seguridad de testigos y víctimas, que son sus acusadores, para cuidarlas y que denuncien.
Seguridad de policías, personal de fiscalías y juzgadores.
Población en su conjunto, ante la posibilidad de que vuelvan a delinquir.
Seguridad nacional al tratarse de personas presuntamente integrantes del crimen organizado.
Para el sistema de justicia, que tendría una carga de trabajo excesiva.
Asimismo, considera que ello tiene implicaciones para:
La soberanía nacional, debido a que los Estados no renuncian a su soberanía ni a su derecho a autodeterminarse.
El principio de supremacía constitucional, en consideración de que un tratado internacional no puede estar por encima de la Constitución.
La división de poderes, en virtud de que solo el Congreso de la Unión puede reformar la carta magna.
Mencionó que, incluso, sin que la SCJN se haya pronunciado sobre este tema, el pleno de la región Centro-Norte, que comprende 18 estados, emitió una jurisprudencia que ordena a las y los jueces conceder suspensiones de amparo que promuevan las personas con órdenes de aprehensión, precisamente, por delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Ello, en cumplimiento de la sentencia de la corte interamericana, es decir, los juzgados penales se le adelantaron ya a la SCJN decidiendo unilateralmente un asunto que todavía no está resuelto por el Estado mexicano.
En este contexto, hizo un llamado a la SCJN a respetar la Constitución, la división de poderes, no excederse en sus facultades y a considerar las graves consecuencias que eliminar la prisión preventiva oficiosa tendría para la seguridad nacional en las circunstancias actuales y que, en ese sentido, “valoren atacar mejor uno de los problemas de fondo, que es la enorme tardanza de las resoluciones de sus asuntos que hemos denunciado en este espacio en múltiples ocasiones”.