CNDH califica las críticas sobre su propuesta de reformas como “burdas mentiras” y “pretextos” para golpear .

*Lo que pasa es que no pensaron que iba en serio. Es así que en los últimos 3 años hemos dado pasos firmes, en la medida que nos lo permite la ley, para avanzar en nuestra transformación,

07.01.2023.- Con un posicionamiento CNDH responde a críticas sobre su propuesta de Reforma para convertirse en la defensoría del Pueblo y exhibe lo que califica como “burdas mentiras”, propaganda partidista”, mera interpretación y pretexto para golpear a Rosario Piedra Ibarra, titular de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

En un texto extenso la CNDH va cuestionando y respondiendo con juicios de valor a cada crítica que se le ha hecho en su intento de desaparecer la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Entre otros, argumenta que las críticas se deben a que no es una comisión inmóvil: “Lo que pasa es que esta CNDH no es la del pasado, por primera vez está ejerciendo todas sus atribuciones y facultades legales, y esto molesta a algunos que la quisieran inmóvil o a modo”.

Asegura que en su tarea de promover el debate de las ideas, hace frente pues “cree necesario aclarar ante la opinión pública algunas de las mentiras que se han dicho para desacreditarla”.

En un ejemplo de su narrativa está la respuesta sobre el nombre que pretenden darle: “Que le queremos poner la denominación de “Defensoría del Pueblo” por populismo, por emular al “chavismo” y por alinearla políticamente al discurso del gobierno en turno contra el neoliberalismo y de exaltación del “pueblo”.

“A falta de argumentos, este es realmente lamentable. Porque en casi toda América Latina y en varios países del mundo, NO SOLAMENTE EN VENEZUELA, se emplea el término “Defensoría del Pueblo” para denominar a las instituciones nacionales de derechos humanos; pero además, el término mismo Ombdusperson que tanto le gusta a los académicos y juristas ortodoxos, se traduce como “defensor del pueblo””.

Sobre el estatus de la Comisión de DH ante los organismos internacionales alega lo siguiente: “Lo que pasa es que no pensaron que iba en serio. Es así que en los últimos 3 años hemos dado pasos firmes, en la medida que nos lo permite la ley, para avanzar en nuestra transformación, una demanda de muchos años, no sólo por parte de las víctimas y de organizaciones de víctimas nacionales, sino de organismos internacionales como la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI) que desde 2016 formuló recomendaciones a la CNDH que, apenas ahora, gracias a las reformas que hemos hecho, se están atendiendo”.

COMUNICADO

Empeñada en promover el debate de las ideas, pero tratando de encarar la desinformación que algunos, afortunadamente pocos, han desplegado con motivo de la iniciativa de reformas propuesta por nuestra presidenta ante el Congreso de la Unión el pasado 24 de enero, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) cree necesario aclarar ante la opinión pública algunas de las mentiras que se han dicho para desacreditarla:

1.- Que la CNDH “no tiene facultades para proponer leyes”.

Falso, puesto que la CNDH sí puede proponer iniciativas de ley, y esta atribución deriva de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cuyo artículo 6º Fracc. VIII así lo dice textualmente:

“Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:

“VIII.- Proponer a las diversas autoridades del país, que en el exclusivo ámbito de su competencia, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio de la Comisión Nacional redunden en una mejor protección de los derechos humanos;”.

Lo que pasa es que esta CNDH no es la del pasado, por primera vez está ejerciendo todas sus atribuciones y facultades legales, y esto molesta a algunos que la quisieran inmóvil o a modo.

2.- Que la reforma es para convertir a la CNDH en una “Procuraduría de Pobres” para defender sólo los derechos humanos de los pobres.

Nada más falso y lejano de la realidad. La “Procuraduría de Pobres” fue una institución creada a propuesta de Ponciano Arriaga en 1847 en el estado de San Luis Potosí, y la reivindicamos como un REFERENTE porque tenía las facultades de defender a las y los ciudadanos ante los abusos, excesos, agravios, vejación y maltratos cometidos por alguna autoridad, pero también para denunciar y solicitar, por sí misma, la reparación del daño que correspondiera. En ningún momento se está planteando hacer de la CNDH una defensoría sólo para los pobres, sino para defender mejor y con mayores alcances a todas y a todos.

3.- Que le queremos poner la denominación de “Defensoría del Pueblo” por populismo, por emular al “chavismo” y por alinearla políticamente al discurso del gobierno en turno contra el neoliberalismo y de exaltación del “pueblo”.

A falta de argumentos, este es realmente lamentable. Porque en casi toda América Latina y en varios países del mundo, NO SOLAMENTE EN VENEZUELA, se emplea el término “Defensoría del Pueblo” para denominar a las instituciones nacionales de derechos humanos; pero además, el término mismo Ombdusperson que tanto le gusta a los académicos y juristas ortodoxos, se traduce como “defensor del pueblo”.

Por otro lado, el pretender satanizar la denominación de “pueblo” es de plano propaganda política, de quienes olvidan que en una democracia el que manda es el pueblo y, empeñados en justificar y en defender al neoliberalismo, ven no sólo peligroso sino hasta subversivo todo lo que implica “pueblo” y, por ende, los esquemas de democracia participativa. Es lamentable, también, porque enturbia el análisis y partidiza el debate, que sería muy enriquecedor si no se le llevara al terreno electoral, sin la menor empatía con las víctimas, porque algo que no podemos ignorar es que la mayor parte de los detractores de la reforma son precandidatos, o políticos que abiertamente ya están en campaña para obtener una candidatura. No les importan los derechos humanos, sino los votos.

En todo caso, como ya se ha dicho, el referente de nuestra iniciativa es la “Procuraduría de Pobres” de Ponciano Arriaga, COMO MODELO DE EXIGIBILIDAD DE DERECHOS Y SANCIÓN DE SUS INFRACTORES; y la “Defensoría de los Derechos del Pueblo” que en los años 50 incluyó Miguel Henríquez Guzmán en su programa post-electoral –LA PRIMERA VEZ QUE EN NUESTRO PAÍS SE USÓ ESE TÉRMINO-, cuando enfrentaba la represión de sus partidarios, la más sangrienta, y la más larga, que haya conocido el país contra un partido político.

4.- Que la CNDH quiere reformarse para “intervenir” en los procesos electorales y abrogarse facultades que “no debe tener”.

Otra mentira, porque de sí, actualmente ya cuenta con facultades para defender el derecho a la democracia, y en general todos los derechos civiles y político-electorales de las y los mexicanos. Que derivan de su naturaleza, pero también de recomendaciones, principios generales, normas y criterios internacionales, entre otros los de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y los de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Lo que no puede hacer la CNDH, ni lo pretende, es calificar elecciones, controvertir sus resultados. Y nada de eso se incluye en nuestra reforma.

5.- Que la propuesta de reforma “tomó por sorpresa” a los organismos nacionales e internacionales y que “contradice” su condición de Institución Nacional de Derechos Humanos conforme a Los Principios de París.

Falso. Porque la presidenta viene hablando de la transformación de la Comisión desde 2019, y porque si algo caracteriza la reforma propuesta al Congreso es, entre otras cuestiones, su apego a Los Principios de París. De ellos deriva, por ejemplo, la condición de garantizar el pluralismo y el equilibrio de género en su composición, que implican la inclusión de todas las personas, profesiones y capacidades, no sólo de abogados ni solamente hombres. Todo lo cual pasa hoy en la CNDH y todo eso es cumplir Los Principios de París.

Lo que pasa es que no pensaron que iba en serio. Es así que en los últimos 3 años hemos dado pasos firmes, en la medida que nos lo permite la ley, para avanzar en nuestra transformación, una demanda de muchos años, no sólo por parte de las víctimas y de organizaciones de víctimas nacionales, sino de organismos internacionales como la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI) que desde 2016 formuló recomendaciones a la CNDH que, apenas ahora, gracias a las reformas que hemos hecho, se están atendiendo.

Lo que es más, los avances en la reforma de la CNDH -que no inicia por cierto con la iniciativa propuesta sino que empezó el 19 de noviembre de 2019-, han sido planteados varias veces en el seno de GANHRI, y justamente una nueva recomendación que hizo el Subcomité de Acreditaciones en marzo de 2022, al ratificar la categoría “A” de la CNDH –es decir que cumple con todas las condiciones de una Institución Nacional de Derechos Humanos-, fue que SIGUIÉRAMOS IMPULSANDO Y CABILDEANDO EN EL CONGRESO LLEVAR ESA REFORMA A LA LEY QUE RIGE A ESTA COMISIÓN NACIONAL. Que es justo lo que estamos haciendo; es decir, que quien sabe de qué se habla cuando se dice que “sorprendió” a organismos internacionales.

6.- Que la reforma de la CNDH no es necesaria, puesto que ya cuenta con atribuciones legales, pero no las ejerce plenamente.

Para empezar, habría que decir que la última reforma a la Ley de la CNDH data de junio de 2018, y que en ella no se incluyeron las reformas hechas en 2011 a la Constitución, a pesar de que los transitorios de esas reformas, que se aprobaron hace casi 12 años, daban un plazo para alinear a ella todas las legislaciones secundarias.

No es pues un asunto discursivo. En efecto, el principio pro persona existe como mandato constitucional desde 2011; lo que es más, tan es una práctica cotidiana ahora en la CNDH que por eso revisamos recomendaciones pasadas que no lo observaban, reabrimos quejas que encontramos archivadas y se incluyó el principio en las reformas al Reglamento Interno desde 2021. Pero ¿por qué no formalizarlo en la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos? Eso es lo que se propone.

En cuanto a que no ejerce hoy la CNDH sus facultades y atribuciones, otra vez se trata de propaganda partidista; porque la verdad es que NO HAY MOMENTO EN TODA SU HISTORIA QUE PODAMOS ENCONTRAR EN QUE ESTA COMISIÓN EJERZA TAN PLENA Y COMPLETAMENTE SU MISIÓN CONSTITUCIONAL COMO SUCEDE AHORA. Por eso, en 2022 se emitieron el mayor número de recomendaciones desde que es órgano autónomo; por eso, en sólo 3 años se ha superado el número de acciones de inconstitucionalidad emitidas en los 12 años anteriores a la actual gestión; por eso, ahora se han visibilizado, como nunca antes, a las personas víctimas de tortura: 30 recomendaciones en 3 años de la actual gestión, fente a 13 emitidas en toda la gestión anterior, dan cuenta de ello. E igual, con respecto al tratamiento de las violaciones graves, pues mientras entre 2010 y 2019 se emitieron 35 de esas recomendaciones, en sólo tres años se han emitido 55 recomendaciones por violaciones graves, algunas derivadas de quejas por años archivadas.

Pero además queremos exponer, respecto a quienes cuestionan su autonomía, un dato duro real: de las 459 recomendaciones que la CNDH ha emitido en la actual gestión, 62% han sido para autoridades federales del gobierno actual, y 38% para autoridades de gobiernos federales anteriores. Y lo más importante, que el año pasado se concluyeron totalmente 51 recomendaciones y 26 se concluyeron de manera parcial, el más alto número de recomendaciones concluidas en los últimos 14 años; es decir, que en la gestión de Rosario Piedra Ibarra no sólo se aceptan sus recomendaciones en su mayoría, sino que se cumplen, que es lo más importante.

Y otro dato duro que demuestra la respetabilidad y el alto nivel de comunicación que hoy se tiene con las autoridades, que nos ha permitido resolver las mayor parte de las quejas durante el trámite, o bien mediante conciliaciones, 56.7% en 2022, cuando anteriormente transcurrían años después de presentada la queja para finalmente, en muchas ocasiones, comunicarle al quejoso la no competencia de la Comisión.

7.- Que la CNDH presentó su iniciativa “en lo oscurito” y que “no consultó” a su Consejo Consultivo.

Otra mentira burda, mera propaganda para desacreditar a falta de argumentos. Porque la iniciativa la anunció la presidenta durante su informe ante el Pleno del Congreso de la Unión, y se entregó a las personas titulares de la Junta de Coordinación Política tanto de la Cámara de Diputados como de Senadores, con la más amplia publicidad de su contenido. El texto completo puede leerse en la página oficial de la CNDH.

En cuanto al reclamo de que no se consultó al Consejo Consultivo, no tenía legalmente por qué hacerlo. Otra vez es mera interpretación y pretexto para golpearla, porque la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos señala con mucha claridad cuáles son las facultades que tienen las y los consejeros como órgano de consulta, y en qué y cómo participan. Y desde luego este es un asunto que se tiene que ver con el poder legislativo, no con el Consejo Consultivo.

Por lo demás, la iniciativa plantea justamente la reafirmación del Consejo en sus tareas consultivas, tal y como opera en todas las instituciones nacionales de derechos humanos; precisando la irrenunciabilidad del cargo, sólo por causas graves, y elevando su función a la categoría de servidor público del Estado, alineándolo al artículo 108 Constitucional.

8.- Que sólo es una reforma “de nombre”, una “simulación” y un mero “distractor”.

Tan no es una simulación que ya está en práctica, pero ojalá lográramos distraer la atención de algunos políticos, más ocupados hoy en preparar sus campañas que en defender los derechos humanos. Desde luego que no basta cambiarle el nombre a las instituciones para que funcionen, y no es el caso porque la reforma de la Comisión, como se ha dicho, ya está en marcha y gracias a ella, hoy, tenemos otra CNDH muy distinta a la que existía en 2019: DEJAMOS DE SER LA INSTITUCIÓN DE OMBUDSPERSON MÁS CARA DEL MUNDO Y LA MENOS EFICIENTE.

9.- Que nuestra propuesta de elegir mediante mecanismos de participación ciudadana a la persona titular de la Defensoría y a los integrantes del Consejo Consultivo es “demagogia”, y que eliminar la obligatoriedad de que sus funcionarios sean sólo abogados pone en “indefensión” a las víctimas.

La propuesta de someter al pueblo la elección de la persona titular de la Defensoría no podría explicarse sin el contexto en el que surgió y que vive la CNDH. Si se trata de garantizar su plena autonomía, el modelo no funciona en México, de hecho nunca ha funcionado, pero ahora, en una democracia real como la que vivimos, menos. Esto operaba cuando los presidentes de la república dominaban el Congreso y repartían los cargos. Para eso se concibió el modelo, para garantizar el control total; pero ahora, sólo es fuente de presiones y chantajes, ya no del titular del Poder Ejecutivo que en la actual gestión ha sido absolutamente respetuoso de la autonomía de la CNDH, sino de algunas y algunos legisladores que infructuosamente pretenden hacer a la Comisión rehén de intereses partidistas e impulsora de agendas personales, y como no lo logran, la desacreditan.

Por eso, si en verdad se quiere dotar al Defensor o Defensora del Pueblo de elementos que preserven y garanticen su imparcialidad y legitimidad, no hay mejor manera que arrebatarle a los partidos esa facultad y dársela a las ciudadanas y ciudadanos, de manera que no exista duda de a quien se sirve, y para que perciban y sientan la Defensoría del Pueblo como una institución no sólo cercana sino con la suficiente fuerza para encarar las presiones a las que, en razón de su naturaleza, puede estar sujeta por cualquier poder, sea político, económico, religioso, legal o fáctico; que es justo lo que hacemos hoy, resistir, pero a un muy alto costo.

En cuanto al argumento leguleyo de que al dejar de ser monopolio el ejercicio de los altos cargos de la Comisión exclusivamente para abogados se pone en “indefensión” a las víctimas, es no entender la naturaleza del Defensor del Pueblo, que no dicta sentencias, ni ordena detenciones, y cuyo poder descansa en la persuasión, en las propuestas de modificación de conductas y políticas que formula en sus recomendaciones, en el desarrollo de estrategias de protección preventiva, en la mediación que asume para encontrar soluciones y en su capacidad de denuncia pública en casos extremos.

Por ello, consideramos, no sólo debe recaer y ser exclusivo de un solo profesional (Abogado) el ejercicio de los puestos de mando en la CNDH (Visitadurías Generales), sino por el contrario, se debe dar la oportunidad a otros profesionales que cuenten con la suficiente idoneidad, preparación, vocación, convicción, independencia, especialidad y buena reputación, y empatía con las víctimas.

En la CNDH hoy, tenemos abogados sí, pero también médicos, politólogos, psicólogos, etc., a condición que asuman como ejercicio personal y profesional la defensa de los derechos humanos. A diferencia del pasado, cuando todos eran abogados, egresados además de una sola universidad y de paso, con carreras policiales, de ministerios públicos y hasta represores que protagonizaron violaciones de derechos humanos en su pasado.

Lo dijo la presidenta en la presentación de su informe, el 24 de enero:

“Entendemos que la dinámica política de México hoy es compleja, sobre todo en el marco de transformaciones que vivimos y de las resistencias para que éstas se hagan; pero no vamos a hacer o a decir lo que algunos quisieran. Y descalificar a las instituciones sólo porque no se avienen a agendas políticas, conlleva graves riesgos. Respetuosos como somos de la libertad de expresión, hemos dicho, y lo reitero, que no permitiremos se use a la CNDH como pretexto para batallas personales o partidistas, y que enfrentaremos y combatiremos la desinformación con la verdad y con transparencia, porque esa es la exigencia de las y los mexicanos.”

Frente a la lucha por el poder que actualmente vivimos, la CNDH celebra que ahora se esté dando de manera tan abierta y transparente, pero reclama y reclamará siempre respeto a las víctimas, y seguirá avanzando en su transformación, con y sin las reformas que se propusieron.

Es de destacar que la CNDH no está proponiendo una reforma para garantizarse grandes sueldos a su personal de mando ni a su presidenta, tampoco para despilfarrar los recursos del pueblo o para solapar contubernios de grupo o de partido, sino simple y llanamente para defender mejor al pueblo.

Algo ha de significar el que los mismos que aplauden el inmovilismo de otros órganos autónomos para mantener las prebendas y excesos de sus burocracias, son los que denuestan a la CNDH por gastar menos y tener más resultados, o como sucede ahora, por proponer iniciativas cuyo único beneficiario es el pueblo.

De todo lo anterior se constata que ninguna de las supuestas críticas al proyecto de reformas presentado por la presidenta son reales ni de fondo, porque no hay manera de argumentar contra lo que se propone, y porque si le preguntamos al pueblo, y en especial a las víctimas, si quieren una CNDH que tenga facultades por sí misma para hacer cumplir sus recomendaciones, la respuesta es que sí.

A fin de cuentas, como también dijo la presidenta el pasado 24 de enero, la iniciativa está presentada PARA SU ANÁLISIS Y PERFECCIONAMIENTO por quienes tienen que hacerlo, las y los legisladores, representantes del pueblo. Si la aprueban o la mandan al congelador como han hecho con tantas leyes por meros cálculos partidistas, será el pueblo quien los juzgue. Nosotros, ya cumplimos.

Un reconocimiento a los medios de comunicación que, en su gran mayoría, han sido imparciales en el manejo de la información sobre la iniciativa propuesta. Un ejercicio de neutralidad que los enaltece y permite asegurar el ejercicio pleno de la libre expresión en nuestro país.

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