** Acusan a redes y medios de comunicación de faltar a la verdad.
/Redacción
Ciudad de México, 22 de septiembre de 2019.- El Conacyt informó sobre el caso del Dr. Antonio Lazcano acusándolo de faltar injustificadamente a sus deberes. “Es falso que el Dr. Antonio Lazcano haya sido destituido del SNI. Dejó de ser miembro de una Comisión Dictaminadora del SNI por faltar de manera reiterada e injustificada. El investigador no se presentó a ocho de 12 sesiones plenarias, cuatro de ellas sin justificación”.
Asegura que al igual que el Dr. Lazcano, otros cinco miembros de las Comisiones Dictaminadoras fueron removidos por las mismas razones y notificados de manera simultánea y privada. “El nuevo Conacyt no va a reproducir viejas prácticas de opacidad, privilegios y favoritismos que se acostumbraban en administraciones pasadas”.
En comunicado acusa que redes sociales y medios informativos mintieron y difundieron algunas notas sobre el Conacyt “con severas faltas a la verdad y con pronunciamientos en contra de su directora general, la Dra. Elena Álvarez-Buylla y del director del Sistema Nacional de Investigadores, el Dr. Mario Andrés De Leo Winkler” por lo que realizaron precisiones:
“Es falso que el Conacyt haya “destituido” o “cesado” del SNI al Dr. Antonio Lazcano, debido a sus “críticas al Conacyt”. El Dr. Lazcano fue notificado de la pérdida de su calidad como miembro de la Comisión Dictaminadora a la que pertenecía por incumplir con sus deberes y fallarle así a la comunidad y al pueblo de México. El Dr. Lazcano sigue siendo miembro del SNI”.
Alegan que se manipula la verdad cuando la decisión de la Dirección del SNI de aplicar la normativa a todos los miembros de las comisiones dictaminadoras por igual se presenta como una injusticia y un atentado a la ciencia. El Conacyt actúa de manera objetiva y conforme a Derecho, confirmando su compromiso con la legalidad, y lo hace precisamente en defensa de la ciencia y los investigadores de este país.
“El Conacyt ha dejado de reproducir prácticas opacas que implicaban privilegios, favoritismos, discrecionalidad e impunidad cuando se violaban los reglamentos o leyes. Se trata de una cuestión de principios que no está sujeta a negociación y que no admite excepciones. La fama de un investigador no le autoriza a desentenderse de sus compromisos con la comunidad o a exigir un trato especial. El respeto y sentido de responsabilidad son cualidades que también definen el prestigio de un investigador”.
Precisan que en el Artículo 13, inciso d) de los Lineamientos para el funcionamiento de las comisiones dictaminadoras y comisiones transversales del Sistema Nacional de Investigadores(Lineamientos), a la vista de todos los miembros de las comisiones cuando se comprometen a ser parte de las mismas, plantea que los miembros perderán su condición cuando “dejen de asistir sin causa justificada a las reuniones plenarias”. Seis investigadores, incluido el Dr. Antonio Lazcano, quien fue designado el 15 de abril de 2019 como miembro de la Comisión Dictaminadora del Área II (Biología y Química), faltaron sin justificación a más de dos reuniones. El Dr. Antonio Lazcano faltó a ocho de 12 reuniones plenarias; sólo cuatro de sus faltas fueron justificadas. La documentación que sirve de sustento y corrobora lo dicho puede consultarse en las oficinas del Conacyt o bien puede ser solicitada a través del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Aseguran que no hay discrecionalidad en la aplicación de la normativa al Dr. Lazcano. La misma medida reglamentaria se comunicó en tiempo y forma, de manera simultánea y privada, a seis académicos de un total de 128 miembros de las comisiones dictaminadoras, cuya abrumadora mayoría cumplió a cabalidad con su encomienda y elReglamento.
“Se falta a la verdad al afirmar que la remoción del Dr. Lazcano de la Comisión Dictaminadora fue causada por sus críticas al Conacyt y a su directora general. En lo particular, se hace referencia al editorial “Quo vadis, Mexican science?”, publicado en Science(26/7/19), y a la respuesta de la Dra. Elena Álvarez-Buylla, “A new scientific agenda for Mexico”, también en Science(20/9/19). Un debate entre pares y aportación de evidencia en una de las revistas científicas de mayor prestigio. Cabe recordar que las fechas de publicación de la revistaScience no son decididas por el Conacyt y no tienen correlación alguna con las inasistencias del Dr. Lazcano”.
Conacyt aduce en su boletín que el proceder de los servidores públicos del Conacyt no está sesgado por consideraciones personales, a favor o en contra de nadie. El Dr. Lazcano fue designado como miembro de la Comisión Dictaminadora ya mencionada, atendiendo a su propia solicitud y al respaldo del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT), a pesar de que en el mismo periodo que pretendía participar como evaluador él mismo sería evaluado. Sin embargo, el Dr. Lazcano acumuló faltas injustificadas en detrimento de la Comisión y de los candidatos; con ello violó los Lineamientosy, en consecuencia, no podrá seguir siendo miembro de la Comisión para el próximo periodo.
El Consejo de Aprobación del SNI, que cuenta con la presencia de integrantes del Conacyt, la SEP, representantes de investigadores del SNI, así como del FCCyT, en su Segunda Reunión Ordinaria, acontecida el 18 de septiembre de 2019, con fundamento en losLineamientos y sin aludir o dar a conocer faltas de alguno en particular, de los 128 que participaron como evaluadores, acordó que los miembros que no cumplieron con la justificación de más de dos faltas a sesiones plenarias perderán la condición de miembros.
“Lo anterior supone aplicar la normativa vigente en torno de las inasistencias sin ambigüedades, discrecionalidad ni excepciones, toda vez que los miembros de las comisiones se obligaron a cumplir la normativa vigente al aceptar su encargo. En consecuencia, la Dirección del Sistema Nacional de Investigadores comunicó de manera personal a cada uno de los seis (de un total de 128) miembros de las comisiones que incumplieron con el Artículo 13, inciso d) de los Lineamientos”.
De acuerdo con su texto el objetivo de la medida consiste en no incurrir en ilegalidades o fomentar la impunidad, en perjuicio de quienes sí cumplen, y para preservar la calidad de las evaluaciones. Nadie está por encima de la normativa, como sí se acostumbraba en pasadas administraciones.
“Finalmente, es necesario aclarar que si bien es absurdo hablar de la destitución de alguien que no labora en una institución, como se manejó en algunos medios informativos y en redes sociales, con la intención de confundir o construir artificialmente la imagen de víctima en la persona del Dr. Lazcano y así dañar al Conacyt, a su directora general y al director del SNI, los miembros que sí cumplen cabalmente, sin faltar al Reglamento del SNI con tres años de labor en sus comisiones dictaminadoras, adquieren un reconocimiento de la comunidad y reciben un año extra de vigencia del estímulo económico del SNI, sin necesidad de ser evaluados. Por ello, también, es importante no permitir ningún caso de impunidad cuando se viola el Reglamento del SNI”.
Dirección General
Comunicado 77/19