Corte de EU concede permiso a Donald Trump reanudar deportaciones a terceros países

La Corte Suprema de EE.UU. concedió este lunes la solicitud de emergencia del presidente Donald Trump para reanudar la deportación de migrantes a países distintos de su lugar de origen, con un aviso mínimo.

El Gobierno de Trump, argumentó que un tribunal inferior usurpó su autoridad al ordenar al Departamento de Seguridad Nacional que notificara por escrito a los migrantes sobre su destino y les diera la oportunidad de impugnar la deportación alegando temor a ser torturados.

La Corte suprema suspende la decisión del juez federal Brian Murphy, quien determinó que los esfuerzos del gobierno por deportar migrantes a terceros países sin el debido proceso “indudablemente” violaban las protecciones constitucionales.

Sotomayor afirmó que la Corte “recompensa la ilegalidad” con su decisión, señalando que la administración de Trump ha “desobedecido abiertamente” órdenes judiciales previas.

“La Corte ahora interviene para conceder al gobierno un alivio de emergencia de una orden que ha desafiado repetidamente”, dijo en un mensaje en redes.

El caso ha generado creciente escrutinio luego de que grupos de derechos migrantes revelaran que un grupo de inNmigrantes, inicialmente destinados a Sudán del Sur, estaban detenidos por EE.UU. en una base militar en Yibuti, sin poder contactar a sus abogados. Entre los inmigrantes había personas de Cuba, Vietnam y Laos, retenidas en un contenedor adaptado.

En mayo, la Corte de Apelaciones del Primer Circuito en Boston rechazó la solicitud del gobierno de suspender el fallo que detenía la política, en medio de planes para enviar inmigrantes a Libia, país ampliamente criticado por el trato a los detenidos y su inestabilidad.

El Gobierno de Trump argumentó que la orden del tribunal inferior que exige dar oportunidad de alegar temor a la tortura excede los límites legales y complica la política exterior. También afirmó que los migrantes enviados a terceros países tienen antecedentes penales graves y representan “lo peor de lo peor”.

Pero los abogados de los migrantes refutaron esa afirmación, señalando que muchos de los detenidos no tienen condenas penales y son arbitrarias.

El tema central es la Convención contra la Tortura, ratificada por el Senado en 1994, que prohíbe la deportación o extradición a países donde exista posibilidad de tortura. La ley es ambigua sobre cómo debe determinarse esto y qué derechos de proceso corresponden al migrante.

La administración de Trump sostiene que, si recibe “garantías” de un gobierno extranjero de que el migrante no será torturado, no tiene que notificar, por ejemplo, a un cubano que será deportado a Sudán del Sur. Si no hay garantías, la política del DHS exige notificar al migrante para que pueda presentar una reclamación de temor a la tortura.