Gobierno de México busca obtener datos biométrico de más de 80 millones.

Mexico 15 de diciembre de 2020 /Efraín Kleriga/MXPress. –El Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá «operar, vigilar y mantener el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil», en el que constarán nombre, dirección, número telefónico, número e identificadores de la tarjeta SIM , tipo y código del celular, CURP y datos de una credencial con fotografía.

La exposición de motivos de la Ley Delgado, confiesa que pretenden “establecer un mecanismo que regule las actividades derivadas de la utilización de la telefonía móvil con propósito legítimo (sic) surgió del incremento del número de líneas celulares activadas bajo la modalidad de prepago», confiesa la iniciativa.

La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, del ahora dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, es armar un sistema de fichas de ciudadanos que estará en poder de un Instituto que constitucionalmente no puede manejar y almacenar ese tipo de información personal.

Una base de datos así, puede usarse para geolocalizar en tiempo real a cualquier persona, revisar, grabar, conversaciones, acciones en redes sociales, copiar claves de acceso cuentas de correo electrónico o a las redes sociales, investigar saldos y movimientos de las cuentas bancarias, y determinar cuánto gasta epreágos, cuánto gastó en su celular, si lo compro o fue un regalo o es un aparato robado.

El registro pretendido es similar al que se tiene en China o al que funciona el Cuba y Venezuela, y con esa información se puede averiguar desde las preferencias políticas, el nivel económico, la vida familiar, sentimental y los contactos telefónicos, de redes sociales, correo electrónico de cada usuario de prepago.

La información que contendrá el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil será la siguiente:
I. Número de línea telefónica móvil,
II. Número de serie o identificador de la tarjeta SIM, respecto de la que fue actividad la línea móvil.
III. Fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM
IV. Nombre completo o en su caso, denominación o razón social de la empresa
V. En su caso, número de identificación oficial con fotografía y CURP del titular de la línea
VI. Domicilio del usuario
VII. Datos del concesionario de telecomunicaciones o en su caso, de los autorizados.
VIII. Código de identidad de fabricación y características del equipo móvil onde se utilizará la tarjeta SIM
IX. Modalidad de la línea telefónica móvil, ya sea contratada en plan tarifario o de prepago,
X. Vigencia y
XI. Los avisos que actualicen la información a que se refiere este párrafo.
Morena, pretextando que “la facilidad para obtener una SIM Card de prepago y su masificación ha creado un área de oportunidad para la criminalidad”, pretende dar trato de delincuentes en potencia a los más quizá 80 millones de usuarios que han adquirido uno 120 millones de líneas prepago.

“Se propone reformar y adicionar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en el sentido de otorgar al Instituto Federal de Telecomunicaciones la potestad de operar, vigilar y mantener el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, así como el intercambio de las informaciones y pesquisas con las autoridades competentes.

“Dicho sistema se basa en el establecimiento de un mecanismo que conserve la información recolectada y proporcionada por los concesionarios de los servicios, derivada de la celebración de los contratos realizados entre aquellos y los usuarios al momento de la compra o renta del dispositivo”, confiesa la Ley Delgado.

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