Ana Laura Magaloni Kerpel
El Poder Judicial solo puede desempeñar sus funciones cuando las partes que litigan y la sociedad en general tienen confianza en que el dinero y el poder no son los que determinan el sentido de las sentencias de los jueces. De esta certeza está hecha la independencia judicial, la cual tiene dos componentes: la del juez en lo individual y la del sistema de justicia en su conjunto. La independencia del juez significa que las partes en un juicio confíen en que el juez no tiene sesgos a favor de una de ellas producto de posibles amenazas, dinero, amiguismos o cualquier otra forma de interferencia. Por otro lado, la independencia del sistema de justicia en su conjunto está asociada con los muros de protección que el Poder Judicial necesita construir para que los otros poderes no intervengan en sus funciones y sus decisiones internas.
El ya famoso artículo transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) que extiende por dos años la presidencia de Zaldívar y el periodo de seis consejeros de la Judicatura vulnera estos dos componentes de la independencia judicial. Por un lado, la forma en que AMLO ha defendido y justificado la extensión del mandato de Zaldívar lastima o siembra dudas sobre la independencia del propio ministro presidente en lo individual. AMLO se ha referido a Zaldívar como el único ministro confiable para la 4T, sin el cual no podría llevarse a cabo el cambio que, a su juicio, requiere el Poder Judicial de la Federación (PJF). Por ello, según AMLO, se debe extender dos años el mandato de Zaldívar.
Desde esa perspectiva, ¿cómo se van a interpretar los votos de Zaldívar en aquellos casos en los que esté a favor de la constitucionalidad de las leyes o actos de esta administración? Tan problemático para la independencia de los jueces es que el Presidente los critique como que los halague. Los juzgadores no pueden ser ni amigos ni enemigos de la 4T. Los árbitros, por definición, no son parte del conflicto. En un momento en donde parce que sólo existen dos bandos posibles (a favor o en contra de la 4T), es indispensable contar con jueces creíbles para ambas partes. AMLO no debería sembrar dudas sobre la independencia de Zaldívar, pues ello debilita al ministro dentro y fuera del Poder Judicial federal. En este sentido, el referido artículo transitorio vulnera la independencia de Zaldívar en lo individual, pues lo coloca demasiado cerca del presidente de México.
Por otro lado, dicho artículo también violenta la independencia judicial del sistema de justicia en su conjunto. Uno de los muros más importantes que tiene que construir el Poder Judicial respecto de los otros dos poderes tiene que ver con sus decisiones internas respecto a cómo se gobierna y se administra la burocracia judicial. Una de las decisiones de gobierno más importantes en el Poder Judicial es la elección del ministro o ministra que presidirá la Corte y el Consejo de la Judicatura por cuatro años improrrogables. Es decir, la cabeza del Poder Judicial federal se elige internamente; el Ejecutivo y el Legislativo no tienen atribuciones constitucionales para interferir con esta trascendente decisión. Ello forma parte de los basamentos de la independencia judicial en nuestro diseño constitucional. Así lo establece el artículo 97, cuarto párrafo de la Constitución. El cuestionado artículo transitorio viola frontalmente este precepto y con ello viola también la independencia del Poder Judicial federal.
Por todo ello, es una espléndida noticia que, tan pronto se publicó la referida reforma a la LOPJF, el propio ministro presidente, Arturo Zaldívar, comenzó a mover las piezas internas para que se invalide el cuestionado artículo transitorio lo antes posible. Esperemos que, en el proceso de consulta extraordinaria que inició Zaldívar, los 11 ministros y ministras juntos, con una sola voz, al igual que en la Ley Bonilla, declaren inconstitucional el referido precepto. Que no se les olvide que la independencia judicial se conquista y se construye poco a poco, pero se puede derrumbar de un solo golpe.