La FGR impugna amparos de dos mujeres de la familia política de su titular y acusador, Alejandro Gertz Manero.

*La fuerza del estado contra dos mujeres, en un conflicto obvio de intereses, es un hecho que no tiene antecedentes y es avalado por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

*Alonso Castillo, hijo de la mujer que detuvo el fiscal de la República exige cese la persecución.

02/10/2021/ Cd. de México.- En un episodio más que pone en entredicho la institucionalidad de La Fiscalía General de la República, su titular Alejandro Gertz Manero impugnó los amparos que habían detenido la orden de aprehensión y el auto de formal prisión dictados a las dos mujeres que acusa el fiscal general de la República de presuntamente propiciar en 2015 la muerte de su hermano de Alejandro Gertz Manero, titular de la dependencia.

Aun cuando las evidencias indican que el hombre murió bajo la tutela de Alejandro Gertz, entre otras irregularidades en el proceso del presunto crimen que se les imputan, el Fiscal federal Enrique Peralta Gómez presentó los recursos de revisión contra las sentencias de Patricia Marcela Díez Cerda, Juez Quinto de Distrito de Amparo en esta capital, en favor Laura Morán Servín, viuda de Federico Gertz Manero, y su hija Alejandra Guadalupe Cuevas Morán, a quien apresaron en el escandoloso proceso que le ha fincado quien preside la FGR.

Los recursos interpuestos por la FGR no solo impediría la liberación de Alejandra Guadalupe, de 68 años de edad, presa desde hace un año en el Penal Femenil de Santa Martha Acatitla por este juicio por el delito de “homicidio de concubino” sino que da pie a la posibilidad de que en cualquier momento, a sus 94 años de edad, metan a la cárcel a Morán Servín.

Según Peralta Gómez, agente del Ministerio Público los recursos de revisión presentados por la juez Díez Cerda, quien dictó las sentencias, son “erróneos” al concederles el amparo a Morán y Cuevas, por lo que pide que sean revocadas.

“Vengo a interponer recurso de revisión en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juez Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de méxico… por la cual concede el amparo y protección de la justicia de la Unión a su solicitante Laura Morán Servín”, expuso.

“Se advierte que lo resuelto por el juez de amparo, al señalar que ‘de ahí lo deficiente de la motivación contenida en la orden de aprehensión reclamada’ es del todo errónea.”

La Fiscalía y Gertz Manero argumenta que tanto el Juez 67 Penal como la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX) fundaron y motivaron la orden de aprehensión contra la madre y la formal prisión contra la hija.

Agrega que ambas autoridades resolvieron con estricto apego a la legislación penal vigente, a la Constitución y los Tratados Internacionales, motivo por el que deben revocarse los amparos concedidos.

Federico Gertz falleció el 27 de septiembre de 2015, a la edad de 82 años, en el Hospital ABC, de una congestión visceral generalizada, debido a un infarto, con datos de una enfermedad orgánica en el corazón de tipo crónico, según la necropsia practicada el 12 de octubre siguiente.

Sin embargo a últimas fechas han trascendido que el caso tiene que ver con recursos que el fiscal mantiene en paraísos fiscales como acusa la familia política.

El periodista Alonso Castillo, hijo de la mujer presa,  señala las irregularidades en el caso, que denuncia llevan 6 años de persecución de Alejandro Gertz Manero, que concreta su encarcelamiento desde su cargo de Fiscal General de la República y que afecta a la familia de su hermano.

“Medio siglo compartió mi abuela con el hermano de Gertz Manero y al final de su vida el fiscal primero secuestró a Federico y para rematarla metió a su hija a la cárcel.

350 días sin mi mamá porque Gertz viola derechos humanos con absoluta impunidad”, refiere Castillo en sus mensajes de redes sociales..

Amparos concedidos.

La juez Díez Cerda concedió el amparo a la viuda contra la orden de aprehensión y a la hija contra la formal prisión, para el efecto de que sea repuesto el procedimiento, ya que estimó que dichas resoluciones judiciales son violatorias de sus derechos humanos.

La juzgadora determinó que las autoridades judiciales capitalinas fueron omisas en analizar pruebas que ofrecieron las imputadas en su descargo.

“Con la omisión de valorar dichos medios probatorios en la etapa de preinstrucción se transgreden las normas que regulan la prueba, pues no existe fundamento legal que apoye a posponer la valoración de las pruebas contradictorias, lo cual podría causarle al procesado un daño irreparable”, sentenció la juez que concedió el amparo lo que es impugnado precisamente por las autoridades omisas que la acusan.

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