FELIPE DE JESÚS FERNÁNDEZ BASILIO.
DESDE A JANELA.
En esta ocasión continuaremos analizando la aplicación de la norma jurídica constitucional por parte de los órganos estatales establecidos por la propia constitución en contraste a la manera en que la pretende desaplicar el presidente de la república, quien por cierto también emana de ella.
La vez pasada habíamos explicado las características que las normas de derecho público tienen tanto para crear órganos públicos como para establecer sus facultades, es decir, que cualquier órgano del Estado existe y actúa porque se encuentra establecido en la constitución o en alguna ley que de ella emane.
En cambio, si un órgano del Estado pretende actuar fuera de lo establecido por la norma que le da su razón de ser, jurídicamente no existe su actuación y en esa ocasión pusimos el ejemplo de que el INE fue creado como autoridad electoral y que su actuar sólo puede ser dentro del marco de las normas electorales y en el caso de las sanciones que aplicó a los candidatos de M.R.N. para gobernador de Guerrero y de Michoacán, éstas fueron la única que existe en la norma electoral para un candidato que no reporta sus gastos de campaña: la pérdida del registro.
Mientras que, por otra parte, el presidente se salió del marco constitucional al pedir al Tribunal Electoral que las impugnaciones sean resueltas por un mecanismo que no está previsto en la normatividad aplicable, como lo son las encuestas telefónicas.
En esta ocasión y a la luz de los últimos acontecimientos, vamos a ver que sucede exactamente lo mismo en el caso de los juzgados y tribunales federales que se encuentran establecidos por la constitución y que tienen encomendada por ella misma entre otras cosas, la protección de los particulares frente a cualquier arbitrariedad cometida por el Estado y precisamente ésta consiste en que los órganos estatales actúen fuera del marco legal en el que fueron creados o bien que actúen dentro del mismo pero emitiendo actos de autoridad o leyes que se encuentren fuera o en contra de la constitución y que con estas actuaciones se lesionen intereses y/o derechos de particulares.
Y tenemos como ejemplos de lo anterior, los casos de la introducción de normas notablemente inconstitucionales, como lo son el tener que aportar nuestros datos biométricos para poder obtener un teléfono móvil sin que exista un mandato judicial que previamente diga las razones para hacerlo y la ley en la que se basa dicha orden.
En el caso señalado, el poder legislativo está actuando dentro del marco constitucional, ya que su función es emitir leyes, pero la ley que en este caso emitió contraviene directamente la disposición constitucional que dice que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino con mandato de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento (art. 16); luego entonces, si se emite una disposición legislativa que se salte todo o parte de lo que la garantía constitucional establece y protege, dicha ley es notoriamente inconstitucional y por lo tanto se debe de invalidar.
Y por lo tanto los juzgadores federales que reciban impugnaciones tendientes a invalidar dicha norma, impugnaciones realizadas a manera de juicios de amparo, no tienen más remedio que detener su aplicación de manera inmediata, es decir suspender el acto reclamado, debido a que su aplicación necesariamente tiene consecuencias irreparables, ya que entregar los datos biométricos a cualquiera, en este caso a las compañías de telefonía móvil, es algo irreversible.
Y más si tomamos en cuenta que cualquier otra información que se dé en última instancia puede modificarse (ya que existen los cambios de números telefónicos, de domicilio, de nombre o incluso hasta de sexo) pero los datos biométricos son inmutables y personalísimos y por lo mismo su entrega indiscriminada provoca un daño irreparable para el afectado.
Siendo tan sensible esa información que la única autoridad que en el país la tiene es el INE y la tiene sólo para los efectos de integrar el padrón electoral y la guarda de manera tan celosa que incluso se ha negado reiteradamente a entregarla a las administraciones de Calderón, Peña y López, quienes en diversos momentos se la han pedido con el pretexto de emitir una cédula nacional de identidad.
Mas esa actuación constitucional por parte de los jueces que conocen de los amparos es contrastada por los berrinches y descalificaciones que se emiten cada mañana en Palacio Nacional, en los que el presidente en lugar de obedecer su mandato constitucional de cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes que de ella emanan, se dedica a inventar teorías conspirativas y a insultar a los juzgadores que sólo cumplen con su deber.
Pero la cosa no para ahí, sino que como ya ha visto que el poder judicial no es tan obsequioso con sus caprichos, lo busca cooptar con un regalo envenenado como lo es la ampliación de mandato para el presidente de la Corte, aduciendo que, aunque la constitución expresamente establezca que la duración en el encargo de dicho servidor público es de cuatro años, una causa moral superior como lo es la búsqueda de la honestidad en el poder judicial amerita que su presidente dure un par de años más.
Sin embargo, ese argumento sirve precisamente para demostrar que el presidente ya no actúa como tal, porque su obligación y la razón de ser de su cargo es guardar y hacer guardar la constitución y las leyes que de ella emanen y al pretender desconocer esas normas supeditándolas a un mandato “dizque superior”, ya no se conduce como presidente de la República, porque no hay que olvidar que en un estado de derecho como lo es México, solamente las normas jurídicas son las que valen y al actuar fuera de ellas desde cualquier cargo público, necesariamente dicha actuación se vuelve nula de pleno derecho.
Concluyo señalando que vienen cosas peores, ya que a esta administración le quedan más de tres años y conforme vaya avanzando el tiempo, el nivel de locura va a ir aumentando; por ello y ante el avasallamiento e incapacidad de casi toda la oposición política para hacer frente a los abusos de poder que ya existen y a los que vendrán, recomiendo ampliamente buscar desde el ámbito particular y de la sociedad civil activar todos y cada uno de los medios de defensa que la constitución confiere para defenderse de las arbitrariedades gubernamentales, mismas que hoy vemos lejanas pero que con el tiempo a todos nos van a afectar.
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Twitter: @FelipeFBasilio