La prisión preventiva oficiosa: una fuente de impunidad

DESDE A JANELA

FELIPE DE JESÚS FERNÁNDEZ BASILIO

“Ya solo restan un año, seis meses y catorce días para que se vaya a … su rancho”

Uno de los grandes mitos que siempre han existido en México es que el gobierno hace su trabajo en la lucha contra el crimen cuando satura las cárceles con personas a las que se les acusa de haber cometido un delito y otro de los grandes mitos, el cual ahora es muy usado por el presidente que vive en el Palacio Real, consiste en decir que las fuerzas de seguridad pública apresan a los delincuentes solo para que luego los liberen los jueces corruptos.

Cabe señalar, que estos mitos no han sido exclusivos del gobierno actual, ya que prácticamente en todos los sexenios se han escuchado; lo cual nos lleva a pensar que una buena parte del problema radica en la práctica punitiva que el Estado mexicano ha tenido desde que existe y dentro de esa práctica destaca de sobremanera la existencia y el abuso de lo que se conoce como prisión preventiva, a la cual últimamente se le agregaron apellidos y uno de ellos es “oficiosa”.

Y en efecto, el uso y abuso de la prisión preventiva oficiosa es generadora de la impunidad debido a que su naturaleza es contraria a la finalidad del derecho penal y por ello, es la causante de muchos vicios que se producen dentro y fuera del proceso penal.

En principio, tenemos que entender que la prisión preventiva, como su nombre lo indica, es una medida cautelar que implica que quien es acusado por la probable comisión de un delito, debe permanecer recluido mientras dure su proceso, porque existe riesgo de fuga, de que altere pruebas o de que pueda causar daño a las víctimas y/o a los testigos de cargo; pero de ninguna manera quiere decir que el reo haya sido declarado culpable, ni mucho menos que su estancia en prisión sea producto de una pena, ya que para ello primero debe de ser vencido en juicio y mientras no lo haya sucedido esto, la presunción de inocencia subsiste.

Al ser la prisión preventiva oficiosa una medida cautelar y no una pena, se malentienden muchas cosas y se violan muchos derechos humanos, entre ellos el de la ya mencionada presunción de inocencia; situaciones que son muy graves y que ya hemos comentado en otras ocasiones.

En esta ocasión, nos vamos a centrar en lo pernicioso que es la prisión preventiva oficiosa como política pública y en explicar porque en lugar de lograr que los delincuentes sean condenados y realmente paguen por sus delitos, logra justo lo contrario.

En primer lugar, porque la prisión preventiva oficiosa mediáticamente es como un cohetón ya que retumba, pero su carga es totalmente hueca y eso se explica debido a que en un principio se crea la sensación de que con el encarcelamiento de fulano o de zutana a quienes se acusa de haber cometido tal o cual delito, el Estado está cumpliendo con su función de reprimir la comisión de delitos y por ello, es que casi la totalidad de los políticos siempre están promoviendo que dicha medida cautelar aplique en la mayor cantidad de delitos que sea posible; lo único malo es que ese encarcelamiento es provisional y no significa que fulano o zutana sean declarados culpables, pero en principio, suena atractivo que estén encarcelados.

Lo anterior trae como consecuencia natural, la pereza y el conformismo de las fiscalías, ya que con una vinculación a proceso (es decir un inicio de proceso penal) que tenga aparejada por ley la imposición de la prisión preventiva, pueden decir que llevaron ante la justicia a fulano o a zutana y con ello, presumir a los cuatro vientos su logro inicial y olvidan o descuidan lo realmente importante, que es la preparación del juicio que más adelante se tiene que llevar a cabo y en el cual, se va a determinar si fulano o zutana realmente son culpables de los delitos cuya comisión se les imputa.

Y así muchísimas veces llegamos a que, cuando el órgano acusador, que son las diversas fiscalías, realmente le tienen que probar al juez que fulanito y zutanita cometieron los delitos por los que fueron acusados, resulta que no cuentan con las pruebas que acrediten plenamente la responsabilidad penal de los acusado; no hay que olvidar que para iniciar un proceso penal en México solo basta con que se presuma que se cometió un delito y que el imputado lo cometió, mientras que para lograr una sentencia de culpabilidad, se debe demostrar la acusación más allá de toda duda razonable.

Y la culminación de la historia en la mayoría de los casos es que ese tan anunciado logro inicial, termina en un rotundo fracaso y quien carga con la responsabilidad, no es ni el gobierno ni las fiscalías, sino el juez, el cual dicen que es un corrupto, manga ancha; pero que no hace más que cumplir con su trabajo, el cual consiste en juzgar con lo que las partes le presentan y si el acusador no demuestra plenamente la culpabilidad del acusado, tiene que absolver y liberar.

Y así es que, gracias a la existencia de la prisión preventiva oficiosa, entre otras cosas, México es un país en el cual la impunidad campea y si en verdad, queremos que esto cambie, debemos de empezar por eliminar esa figura y así hacer que las autoridades hagan realmente su trabajo y solo puedan encarcelar a quien le hayan demostrado plenamente que cometió un delito.

felfebas@gmail.com

Twitter: @FelipeFBasilio