*Se requiere de propuestas operativas que promuevan transformaciones institucionales aterrizadas a nuestros contextos sociales y a la realidad que vivimos.
*Se requiere de propuestas operativas que promuevan transformaciones institucionales aterrizadas a nuestros contextos sociales y a la realidad que vivimos.
En el marco de los recientes 16 Días de Activismo Contra la Violencia de Género, rumbo al 10 de diciembre: Día Internacional de los Derechos Humanos, Lucía Núñez, investigadora del Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG) de la Universidad Nacional Autónoma de México, reflexionó sobre las pocas alternativas efectivas a la justicia penal y al uso de la cárcel como una vía para proporcionar reparación, tranquilidad y paz a las víctimas de violencia de género.
Justicia penal o justicia poética
La académica universitaria refirió que existen varios caminos jurídicos como las leyes administrativas, civiles y de derechos humanos con procedimientos más sencillos que pueden resarcir –de manera menos complicada que la penal– ciertos agravios provocados por la violencia de género. Sin embargo, la ley penal provoca la ilusión de ser más efectiva para garantizar el acceso a la justicia a las víctimas de este tipo de violencia porque, en este momento, la justicia poética no puede subsanar todos los daños.
Admitió que aunque la filosofía, la sociología, la economía, la psicología, el arte, la literatura y el teatro coadyuvan en la reconstrucción de la idea de una manera alternativa de entender la justicia más allá de lo penal y el castigo, así como a fortalecer los lazos de solidaridad social, también se requiere de propuestas operativas –aquí y ahora– que promuevan transformaciones institucionales aterrizadas a nuestros contextos sociales y a la realidad que vivimos.
Desde la perspectiva del Derecho, la autora de El género en la ley penal: crítica feminista de la ilusión punitiva reflexionó que las mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia tienen el derecho a entender la situación pero no a perdonar a sus agresores, expresó.
Las víctimas tienen derecho a alejarse para tratar de entender lo que les pasó, a cuestionar los hechos, a que haya reconciliación con ellas mismas y a enfrentarse con el proceso de dolor y –en algunos casos– de vergüenza o sentimientos de venganza en espacios seguros y acompañadas, si no de feministas, al menos de personas sensibles y empáticas con su dolor, detalló.
Punitivismo no es justicia, pero parece
Recordó que desde su experiencia como penalista se ha dedicado a hacer una crítica al punitivismo porque su apuesta como feminista es política, lo cual no la hace insensible, sino respetuosa con los procesos de duelo de las víctimas que encuentran en el castigo penal una esperanza de justicia, aunque sea de cárcel.
“Se nos enseña en las facultades de derecho desde la teoría clásica penal que el sistema punitivo garantiza reparación y justicia. Sin embargo, el poder punitivo no contiene a la criminalidad, no previene, ya que opera post factum. Es decir, existe una sanción y un castigo siempre y cuando se haya transgredido la norma. El poder punitivo es un aparato de control social violento y se legitima con el discurso de la prevención”. De ahí la importancia de solucionar los problemas sociales desde otros abordajes epistemológicos que evadan la ilusión preventiva y reparadora del discurso penal, señaló la criminóloga.
Marcas de género, etnicidad y clase
Para finalizar, expresó que la violencia empieza con historias de vida marcadas por la desigualdad de género, de origen étnico, de clase y de orientación e identidad sexogenérica. En este contexto, ¿estamos listes para el cambio de paradigma de acceso a la justicia a fin de que no se quede sólo en un discurso o en una ilusión?