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18.08.2026 Ciudad de México.- La renuncia anticipada de Mónica Soto Fregoso a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación abrió este martes una nueva discusión sobre los límites constitucionales para que una magistrada electoral pueda abandonar el cargo antes de concluir el periodo para el que fue designada.
El ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Javier Laynez Potisek, cuestionó públicamente que Soto haya anunciado su salida sin señalar, en la carta mediante la cual comunicó su decisión, una causa grave que, de acuerdo con la Constitución, debe sustentar este tipo de renuncias.
“Dice la Constitución claramente que la renuncia de un Magistrado Electoral solamente procede por causa grave que debe aprobar el Legislativo”, señaló Laynez.
El pronunciamiento ocurrió un día después de que Mónica Soto hiciera pública su decisión de dejar la magistratura de la Sala Superior. La propia magistrada informó que su último día en funciones será el 31 de agosto de 2026, con lo que concluirá anticipadamente una trayectoria de casi una década en el máximo órgano jurisdiccional electoral del país.
Soto comunicó su decisión durante el Encuentro Nacional de Magistraturas Electorales 2026. En su mensaje sostuvo que los cargos públicos tienen un principio y un final y explicó que había tomado la determinación de cerrar su ciclo profesional.
“Por fortuna, los cargos tienen fecha de entrada y de salida”, expresó la magistrada al anunciar su decisión.
Sin embargo, para Laynez el problema no radica en que una persona quiera concluir su trayectoria dentro del Tribunal Electoral, sino en la manera en que debe procesarse jurídicamente una renuncia de esa naturaleza.
El artículo 98 de la Constitución, en su redacción vigente, establece que las renuncias de las ministras y ministros de la Suprema Corte, de las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y de las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral “solamente procederán por causas graves”. Además, señala que deben ser aprobadas por mayoría de los integrantes presentes del Senado de la República o, durante los recesos legislativos, por la Comisión Permanente.
Ese cambio constitucional forma parte de la reforma judicial publicada en septiembre de 2024 y modificó el esquema anterior de separación de los integrantes de los órganos judiciales. La disposición se mantiene vigente después de las reformas posteriores a la Constitución.
La legislación secundaria también contempla un procedimiento específico para las renuncias de quienes integran la Sala Superior del Tribunal Electoral. La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que estas dimisiones solamente procederán por causas graves y que deben seguir el trámite correspondiente antes de ser sometidas a la aprobación de la Cámara de Senadores.
Con ese marco jurídico como referencia, Laynez cuestionó que la carta de Soto no expusiera una circunstancia que pudiera ser considerada como causa grave.
“Se va porque ‘ha tomado la decisión de concluir el ciclo…’ e incluso pone fecha para hacerlo. Seguramente el Senado la aprobará”, escribió el ministro en retiro.
A partir de esa interpretación, el exintegrante de la Suprema Corte planteó una pregunta sobre el alcance real de la norma.
“Si la causa grave ya no es requisito para renunciar, ¿qué sentido tiene que la Constitución la exija?”, cuestionó.
Laynez fue más allá y sostuvo que la discusión no es únicamente sobre la salida de una magistrada, sino sobre la forma en que las instituciones interpretan y aplican las disposiciones constitucionales.
“Interpretar las normas a conveniencia, atropellando la Constitución, se está volviendo la regla en México”, afirmó.
La crítica adquiere especial relevancia porque el Tribunal Electoral atraviesa una etapa de transformación derivada de la reforma judicial. La Sala Superior es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral y está integrada constitucionalmente por siete magistraturas.
La salida de Soto se produce además después de otra renuncia anticipada en la Sala Superior. Janine Otálora Malassis dejó su cargo en octubre de 2025, por lo que la nueva dimisión reducirá nuevamente la integración del máximo tribunal electoral.
De acuerdo con información publicada tras el anuncio de Soto, su salida dejaría a la Sala Superior con cinco magistraturas en funciones. El escenario adquiere importancia porque el Tribunal Electoral tiene entre sus atribuciones resolver de manera definitiva diversas controversias relacionadas con procesos electorales y derechos político-electorales.
Mónica Soto llegó a la Sala Superior en octubre de 2016, después de ser elegida por el Senado para un periodo de nueve años. Su mandato originalmente estaba previsto para concluir en 2025, pero las modificaciones derivadas de la reforma judicial y de la transición hacia el nuevo esquema electoral ampliaron el periodo de varias magistraturas.
Durante su trayectoria en la Sala Superior, Soto ocupó también la presidencia del Tribunal Electoral. Encabezó el órgano durante una parte crucial del proceso electoral de 2024 y posteriormente dejó la presidencia conforme al nuevo esquema establecido para la renovación de la conducción del Tribunal.
Su salida ocurre, por tanto, en un momento particularmente sensible para el sistema electoral mexicano. El Tribunal Electoral deberá continuar funcionando mientras se define jurídicamente la vacante y se aplica el mecanismo correspondiente para cubrirla.
La discusión planteada por Laynez también pone sobre la mesa una cuestión institucional: si el Senado tiene la obligación de verificar que exista una causa grave antes de aprobar la renuncia o si puede limitarse a votar favorablemente la decisión personal de la magistrada.
La Constitución no deja abierta la posibilidad de una renuncia ordinaria sin justificación. El texto vigente utiliza expresamente la expresión “solamente procederán por causas graves” y asigna al Senado la facultad de aprobar la separación.
Por ello, el debate tendrá que resolverse dentro del procedimiento institucional correspondiente. La decisión final sobre la solicitud de Soto no depende exclusivamente de la voluntad expresada por la magistrada, pues el marco constitucional establece una intervención específica del Poder Legislativo.
La controversia también ocurre después de un periodo de fuertes tensiones alrededor del Poder Judicial y de la transformación derivada de la reforma constitucional de 2024. Laynez fue uno de los ministros que dejó la Suprema Corte al concluir agosto de 2025, en el contexto de la renovación del máximo tribunal derivada de la reforma judicial.
Durante su paso por la Corte, el jurista tuvo una participación destacada en asuntos constitucionales y administrativos. Su salida del máximo tribunal se produjo junto con la de otros ministros que decidieron no participar en la elección judicial.
Ahora, ya como ministro en retiro, Laynez vuelve al debate público desde una posición estrictamente jurídica para cuestionar el procedimiento relacionado con la salida de una integrante del máximo órgano electoral.
Hasta ahora, la postura de Mónica Soto es que ha decidido concluir su ciclo profesional y que dejará formalmente el cargo el último día de agosto. No obstante, la observación de Laynez coloca el foco en un aspecto que deberá resolver el Senado: determinar si los motivos expuestos son suficientes para satisfacer la exigencia constitucional de una causa grave.
El caso, por tanto, no se reduce a la renuncia de una magistrada. También abre una discusión sobre el alcance de las disposiciones constitucionales que regulan la permanencia y separación de quienes integran los órganos superiores del Poder Judicial.
La pregunta planteada por Laynez queda ahora en manos de las instituciones encargadas de procesar la dimisión: ¿puede una magistrada electoral dejar el cargo simplemente porque decidió concluir su ciclo profesional o el Senado debe acreditar primero que existe la causa grave que la Constitución exige?
La respuesta será relevante no solamente para el caso de Mónica Soto, sino para establecer el criterio que deberá aplicarse en futuras renuncias dentro del nuevo Poder Judicial mexicano.

