Más castigo a quien cometa estupro en menores de edad: Diana Laura Rodríguez Morales.

*Multa de 150 a 200 días.

/ Miguel Ángel Mayo /

05.10.2023.- La diputada local de Morena, Diana Laura Rodríguez Morales presentó en tribuna del Congreso de Tabasco,
iniciativa con proyecto de decreto para que el delito de *estupro* sea castigado de 6 a 10 años, así como de reparación del daño.

Ante sus compañeros de las diferentes bancadas partidistas, la legisladora morenista señaló que se debe reformar el artículo 153 del Código Penal para el Estado de Tabasco, para quedar como sigue:
Código Penal para el Estado de Tabasco.

Artículo 153. A la persona mayor de edad que por medio del engaño tenga cópula con persona mayor de catorce y menor de dieciocho años, se le aplicará prisión de
cuatro a seis años y de 150 a 200 días multa.

La reparación del daño en los casos de estupro, incluirá el pago de alimentos para la mujer y los hijos, si los hubiere, observando la forma y términos establecidos en
el Código Civil para el Estado de Tabasco.

Apuntó, que si el sujeto activo convive con el pasivo con motivo de su familiaridad, de su actividad docente, como autoridad o empleado administrativo en algún centro educativo o institución de asistencia social, la pena se incrementará en una mitad más; y, en el caso de que preste sus servicios en una institución pública, además se le destltuirá e inhabilitará del cargo por un término igual a la pena de prisión impuesta.

*ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.*

El correspondiente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

SEGUNDO. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

TERCERO. Los delitos que se hubieren cometido con anterioridad con la entrada en vigor del presente Decreto se sancionarán conforme a las disposiciones normativas vigentes al momento de su comisión.

Cabe señalar que actualmente el Artículo 153 contempla Al que por medio del engaño tenga cópula con mujer mayor de catorce y menor de dieciocho años que no haya alcanzado su normal desarrollo psicosexual, se le aplicará prisión de cuatro a seis años.

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