NO AL ACOSO LABORAL

#LunesDeOpinión

“La Corrupción no es solo aquello que tiene que ver con dinero, corrupción es también aquello que vulnera nuestros Derechos Humanos”.
#ADHS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido al mobbing (acoso laboral) como una conducta que se presenta dentro de una relación laboral, con el objetivo de intimidar, opacar, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, con miras a excluirla de la organización o a satisfacer la necesidad, que suele presentar el hostigador, de agredir o controlar o destruir (https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsi…/Documentos/…/2006/2006870.pdf).

La “estrategia” vertical de algunos jefes y compañeros de trabajo de imponerse teniendo como pilares la violencia, la burla o la exclusión es una dinámica propia del siglo pasado, que no obstante sigue siendo una práctica que persiste en la actualidad, principalmente en la administración pública.

Jóvenes, mujeres, personas con discapacidad, con diferente ideología o preferencia sexual, así como adultos mayores forman parte de ese grupo que por las mañanas se cuestiona seriamente sobre la necesidad de presentarse a un centro de trabajo en donde son víctimas de tratos o situaciones que les faltan al respeto y violentan sus derechos. Esto tiene consecuencias en la productividad y en la funcionalidad de las empresas y las instituciones.

No obstante el acoso laboral, o mobbing, no es exclusivo de grupos vulnerables, sino que tiene que ver con ideologías pasadas que muchos “jefes” insisten en poner en práctica pese a la cantidad de estudios, criterios judiciales e instrumentos que se han realizado en torno a esta práctica indebida. El autoritarismo, la envidia, los celos o el temor a ser rebasados por quien o quienes cuentan con una mayor capacidad, experiencia, edad o preparación académica ha sido el motivo principal de muchos agresores que se esconden tras su rol de mando, exhibiendo al mismo tiempo su falta de oficio, de liderazgo y de capacidad para sacar el mejor provecho de un equipo de trabajo.

Aunque aún hay pendientes en el tintero, en Veracruz ya se han dado pasos muy importantes para atajar de lleno esta problemática.

El pasado 8 de marzo, el Gobierno del Estado de Veracruz expidió el Acuerdo por el que se expide el “Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual en la administración pública estatal”, con el cual se dotan de herramientas a las víctimas de acoso al interior de las dependencias a efecto de que presenten las denuncias correspondientes; el artículo 366 del Código Penal del Estado tipifica la Violencia Laboral como la obstaculización o condicionamiento a un empleo, mediante el establecimiento de requisitos referidos a su sexo, edad, apariencia física, estado civil, condición de madre o no, sometimiento a exámenes de laboratorio o de otra índole para descartar estado de embarazo; si bien es cierto que estos dos casos se circunscriben gramaticalmente al tema de género, en lo que los juristas llaman la interpretación funcional de la norma, serían aplicables a cualquier persona que sufra conductas lesivas por parte de sus compañeros o superiores jerárquicos en el trabajo.

Esto último nos remite al caso resuelto por la Primera Sala de la Suprema Corte (Amparo Directo 47/2013) el cual versa sobre una persona que recibió una cantidad inferior de bono de fin de año en relación con sus compañeros, mismo que reclamó a su jefe tal situación, lo que le provocó aislamiento, hostigamiento y asignación de funciones que excedían su perfil laboral, sin designarle auxiliares, a diferencia de personas con cargos análogos; situación que no es ajena en los centros laborales de nuestro Estado, ya sea en el ámbito público o privado.

INEGI estima que, durante el 2017, más de 18 mil personas abandonaron sus trabajos con motivos de prácticas acoso laboral. Los motivos de la discriminación fueron edad, apariencia física o imagen y el sexo de la víctima. No obstante lo anterior, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social estimó que los casos de acoso laboral documentados en México rebasan los 25 mil. Una situación seria y que debe atenderse.

En la actualidad persisten los casos de acoso y violencia laboral al interior de los centros de trabajos del sector público y privado; pero también gracias a la información las personas tenemos muchas herramientas para denunciar y exhibir mediáticamente.

Para quienes están en el sector público, deben acudir a su órgano interno de control (Contraloria) y solicitar la información correspondiente para poder denunciar la situación de acoso laboral al interior de la dependencia a la que pertenece.
Para el caso de personas que laboran en el sector privado es importante que conozcan los canales de denuncia con motivo de estas prácticas, pudiendo denunciar ante el Ministerio Público correspondiente y solicitar una indemnización civil a través de una demanda por reparación del daño, con motivo del acoso.

La violencia laboral persiste y seguirá persistiendo en la medida de que las personas no se atrevan a realizar las denuncias correspondientes. Por eso los órganos internos de control y las autoridades procuradoras de justicia deben prestar la debida atención a este fenómeno que afecta la productividad y sobre todo a las personas.
Debemos ser receptores, pero sobre todo facilitadores, por ello cada uno de nosotros debe hacer lo que nos toca y no callar.

Como Persona Consejera de la Subcomisión para la Prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual en la administración pública estatal del Sistema Estatal Anticorrupción de Veracruz, reitero mi compromiso con sus integrantes para dar apoyo y seguimiento a quien lo requiera ya que no dudaré en hacer frente a su denuncia;
hago este primer llamado a la sociedad, compañeros y autoridades a llevar una vida en el marco del respeto y también hago votos porque juntos abonemos en la construcción de la sociedad a la que muchos aspiramos.

Mtra. Alma Delia Hernández Sánchez
Integrante del Comité de Participación Ciudadana del SEA Veracruz.

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