Persiste la violencia contra mujeres en el ámbito de lo virtual

*Ley Olimpia, amparo y defensa.

*En 29 estados está tipificado como delito la violación a la intimidad sexual.

Olimpia Coral Melo Cruz, activista y promotora reconocida nacional e internacionalmente, ha cambiado una realidad con base en la perseverancia y la sororidad con otras mujeres, quienes la impulsaron a crear y promover un freno legal que detuviera y sancionara la violencia digital.

Durante la plática organizada por la Comisión Interna para la Igualdad de Género de la Coordinación de Relaciones y Asuntos Internacionales, la Dirección General de Cooperación e Internacionalización y del Centro de Enseñanza para Extranjeros, la defensora feminista señaló que hoy en día las condiciones de desigualdad para las mujeres no se limitan a lo presencial, sino que persisten en lo virtual.

“El ciberacoso ha dañado más a las mujeres, porque el espacio digital no era reconocido como algo real y tangible, hablamos aún de que Internet es una herramienta patriarcal, con machismo y misoginia”, puntualizó.

De acuerdo al informe acerca de la violencia digital de 2021, de la Comisión de Derechos Humanos de Ciudad de México, 9.4 millones de mujeres en el país han sido acosadas durante el confinamiento por la pandemia y el grupo más afectado es el de las jóvenes de 20 a 29 años.

Hace dos años, el ciberacoso no estaba catalogado como violencia digital, pero en la actualidad en 29 estados de México existe la tipificación de la violación a la intimidad sexual como un delito y todo gracias a la Ley Olimpia.

La asesora legislativa y detonadora de la primera reforma en el país para tipificar y reconocer la ciberviolencia comentó que decir Ley Olimpia es una forma simbólica de llamarle a la lucha y a la resistencia que han hecho decenas de mujeres, pues su nombre oficial pertenece a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal para sancionar la violencia digital.

Así, legalmente puede entenderse a la Ley Olimpia como un conjunto de reformas legislativas que reconoce la violencia digital por daños a la seguridad, intimidad, privacidad y/o a la vida digna de las personas, principalmente mujeres y niñas, aunque ésta también aplica para hombres.

Además, a fin de frenar y castigar la ciberviolencia, la Ley Olimpia penaliza de tres a seis años de cárcel a los responsables de producir y difundir contenidos íntimos sexuales no consentidos, como imágenes, videos o audios.

Sexting

La fundadora del Frente Nacional para la Sororidad también mencionó que hay una diferencia entre el delito de hacer públicas fotos intimas sin autorización y el sexting que es más un acto consensuado y de libertad donde una persona recibe o envía contenido íntimo y sexual con otra u otras a través de dispositivos electrónicos.

En este sentido, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos refiere que “el derecho a la libertad y autonomía sexual incluye cualquier forma de expresión de la sexualidad que no afecte los derechos de otras personas y sea lícita”.

Asimismo, Gavi Franco, abogada en Derechos Humanos, asesora y acompañante de primer contacto en temas de violencia de género, aseveró que la intimidad sexual es un derecho humano que cualquier persona puede ejercer y desarrollar y que por ende no se debe violentar por estigmas, prejuicios o discriminación.

Al respecto, se han presentado algunos elementos seguros para hacer sexting, entre los que destacan navegar en incógnito, difuminar el fondo de los contenidos para que el lugar no sea fácilmente reconocible, usar emojis o filtros para cubrir el rostro o algún rasgo significativo, así como enmascarar la dirección IP.

Gavi Franco, experta en seguridad internacional, destacó que dentro de la UNAM hay un área responsable que orienta sobre cómo actuar ante un caso de violencia digital, la Defensoría de los Derechos Universitarios. Igualmente, se cuenta con una estrategia de vínculo comunitario que ayuda a tejer redes de sororidad gracias a las Personas Orientadoras Comunitarias, quienes son integrantes de su comunidad que “informan, guían, escuchan, apoyan, acompañan, canalizan y promueven” la igualdad de género.

Es importante entender que cada caso de violencia digital tiene su peculiaridad, por lo que lo primero que se debe hacer es identificar qué tipo de violencia se está ejerciendo, si se trata de una amenaza o si ya se difundió alguna clase de contenido.

La activista Olimpia Coral Melo Cruz aconsejó que lejos de entrar en caos, es necesario guardar todas las pruebas posibles: “Antes de borrar o bloquear, realiza capturas de pantalla, guarda URLs, para que después, con base en eso decidas qué quieres hacer”.

En Ciudad de México la instancia jurídica a la que se puede asistir en caso de sufrir violencia digital es la fiscalía especializada, donde las mujeres podrán contar con el apoyo de abogadas con perspectiva de género que evitará la revictimización.

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