Por fin

/ Por Ricardo Monreal /

Me atrevo a decir que entre las pugnas más antiguas de la historia de la humanidad se encuentra la lucha entre lo justo y lo injusto. Existen episodios en los que la justicia simplemente fue puesta de lado para cumplir caprichos de autoridades locales, bajo la tolerancia de quienes deberían enmendar estos errores.

Quizá el ejemplo más antiguo de esto es el encuentro entre Poncio Pilatos, procurador romano, y Caifás, alto sacerdote del sanedrín.

En una de las versiones literarias de esta reunión, escrita por Mijaíl Bulgákov, el procurador explica al sacerdote que uno de los dos prisioneros juzgados por la autoridad local del sanedrín —Jesús y Barrabás— tendría que ser liberado, de acuerdo con la tradición de Pascua, que permitía perdonar a una persona sentenciada.

Y aunque Pilatos trató de hacer entrar en razón al juez local, argumentando que los crímenes que se le imputaban a Barrabás eran considerablemente más graves que los atribuidos a Jesús, Caifás decidió liberar a aquél. Pilatos terminó cediendo, aceptando que el Gobierno romano no buscaba entrometerse en las prerrogativas de la autoridad local.

Han pasado aproximadamente dos mil años desde que se dice que tal conversación se registró en la historia, y el mundo aún sigue intentando que la justicia emane como un producto de las instituciones modernas, y no que sea tergiversada para convertirse en un instrumento de control de algunas autoridades.

El delito de ultrajes a la autoridad en México fue declarado anticonstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2016. Sin embargo, en 2021, el Congreso de Veracruz de Ignacio de la Llave reformó su Código Penal, para ampliar el tiempo de condena por cometer este ilícito y, al mismo tiempo, de manera laxa, las conductas que lo constituían.

Esta reforma ha causado que al día de hoy haya en Veracruz al menos 1,033 personas detenidas por supuestamente haber ultrajado a la autoridad. Entre ellas, seis jóvenes que fueron detenidos en un centro comercial, quienes, sin haber cometido delito alguno, fueron procesados por este tipo penal.

Afortunadamente, las cámaras de video registraron que la detención fue arbitraria, dando pie tanto a la liberación de los muchachos como a una recomendación por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la cual se sugirió que este delito debía ser derogado.

Las autoridades locales declararon que respetarían la recomendación de la CNDH en su totalidad; sin embargo, el domingo 27 de febrero, el Congreso veracruzano aprobó la permanencia de este delito en el Código Penal del estado.

Afortunadamente, en contraposición a esta actitud sorda, irresponsable y omisa de las y los legisladores locales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de este delito en el Código Penal estatal, una decisión justa y correcta que surtirá efecto a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso del Estado de Veracruz.

Además, la declaratoria de invalidez tendrá efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021, fecha en que el delito entró en vigor. La decisión de la Corte permitirá a las personas imputadas por este tipo penal y a su defensa solicitar el sobreseimiento de la causa, tras lo que el juez de la misma deberá citar a audiencia en el plazo de 24 horas, definir las circunstancias y dejar en libertad a quienes se les esté enjuiciando por ultrajes a la autoridad.

La evolución propia de las sociedades implica también una creciente madurez institucional, en la cual la justicia sea producto de normas claras que eviten que una sola persona pueda decidir el destino de otras, con base —simplemente— en su voluntad, y que otras toleren ese tipo de acciones.

La decisión que ayer tomó la SCJN es una buena noticia, pero aún falta mucho para lograr que en México nadie se pueda lavar las manos cuando se cometa una injusticia.

 

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