Ratifican los 9 años de cárcel a Duarte y le devuelven sus bienes.

*Jueza dice que no hay pruebas.
* A mediados del 2021 podría recuperar su libertad de manera condicionada.

/Redacción/

Cdmx., 18 Mayo 2020.- Un Tribunal federal confirmó la sentencia de 9 años de prisión impuesta desde 2018 al exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por los delitos de lavado de dinero y asociación delictuosa, tras considerar que el proceso penal en el que aceptó declarase culpable fue totalmente legal.

En dicha resolución la magistrada Isabel Porras Odriozola “titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal de Ciudad de México” concluyó que las pruebas ofrecidas por la entonces PGR fueron idóneas para sostener que Duarte de Ochoa participó en un entramado criminal que a través de empresas fantasma y prestanombres consiguió desviar miles de millones de pesos del erario.

No obstante, la magistrada revocó el decomiso de más de 40 propiedades supuestamente ligadas a Duarte que se había ordenado como parte de la condena, pues señaló que se trata de bienes de otros procesados que aun no son condenados, y por lo tanto debe esperarse hasta el cierre total de caso y con esa sentencia a mediados del 2021 podría recuperar su libertad de manera condicionada.

Esta resolución del Tribunal federal es resultado de una apelación que Duarte promovió en contra de la sentencia condenatoria que se le dictó desde el 26 de septiembre de 2018. El procedimiento se alargó más de un año debido a que el exgobernador tuvo que recurrir a un amparo para que se le permitiera solicitar la revisión del procedimiento.

Originalmente Duarte fue sentenciado en una audiencia preliminar, en la que el exgobernador priista se declaró culpable y renunció a su derecho de ir a un juicio, en lo que se conoce como “procedimiento abreviado”. A cambio, consiguió que se le dictara la pena mínima y que, gracias a un acuerdo previo con la PGR, se le retirara el delito más grave que era el de delincuencia organizada por el cuál hubiera pasado muchos, pero muchos años más en prisión.

Pero después la defensa del exgobernador argumentó que las pruebas bancarias en las cuales se sostenía la acusación de lavado de dinero habían sido obtenidas por la Procuraduría, sin el aval de un juez, lo que incluso ha provocado que otros procesados del mismo caso terminen absueltos.

Sin embargo, la magistrada subrayó que fue el propio Duarte el que aceptó renunciar a su derecho de defenderse en un juicio y de combatir las pruebas del Ministerio Público, quitándose él mismo la posibilidad de haber entrado al fondo de su asunto.

“La sentencia se funda en los hechos y las pruebas aceptadas por el acusado. Es inadmisible que en la apelación se analicen aspectos que ya fueron previamente convenidos y expresamente aceptados ante el juez de control, en cuanto al delito y la responsabilidad. Lo único exigible ante el juez y luego ante el tribunal, es que los datos de prueba sean suficientes e idóneos”, concluye la magistrada.

Para llegar a la conclusión ya señalada, la magistrada Porras Odriozola analizó dos aspectos centrales: que el proceso abreviado se hubiera desarrollado conforme marca la ley, lo que incluye que Duarte conociera las consecuencias; y que las pruebas referidas por la PGR tuvieran la suficiente lógica para sustentar la presunción de que se cometieron los delitos. Y ambas resultaron que el proceso fue correcto y las pruebas suficientes para dejar a Duarte de Ochoa encerrado tras las rejas por 9 años.

En 2018 un juzgador federal determinó el decomiso de 41 inmuebles como departamentos de lujo, parcelas, ranchos y terrenos distribuidos en Boca del Río en Veracruz; Ixtapa-Zihuatanejo en Guerrero; Santa Fe en la Ciudad de México, Cancún, Quintana Roo y Valle de Bravo, Estado de México; mismos que fueron adquiridos con recursos desviados del gobierno de Veracruz.

Sobre los 9 años de cárcel, se trata de una pena en la que se suman 4.5 años de prisión que corresponden a la pena mínima por el delito de asociación delictuosa y otros 4.5 años por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

El Juez de Control de ese entonces advirtió que el cómputo de la pena comenzará a contar desde la detención de Javier Duarte en Guatemala y el inicio del proceso de extradición en su contra, es decir, desde el 15 de abril del 2017; por lo que solo le faltarían en este momento 6 años y medio para compurgar la pena de cárcel.

Debido a que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita no permite sustituir la pena privativa de libertad por otra medida cautelar y que su condena es mayor a cinco años de cárcel, puede solicitar la libertad anticipada o la prisión domiciliaria ante un Juez de Ejecución de Sentencias de acuerdo al nuevo sistema de justicia penal.

Este establece que cuando cumpla la mitad de su condena sí puede hacerlo, por lo que acumulado el tiempo que en cursa en la cárcel a mediados del 2021 podría recuperar su libertad de manera condicionada, solicitando este beneficio a un Juez de Ejecución de Sentencias.