SCJN determina que congresos locales carecen de facultades para establecer impuestos al consumo de Energía eléctrica.

/Redacción/

Cdmx. 23 noviembre 2020.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, invalidó diversos preceptos de las Leyes de Ingresos pertenecientes a sesenta Municipios del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal de 2020, que establecían el pago de una contribución para cubrir el servicio de alumbrado público.

La SCJN reiteró su criterio en el sentido de que, al configurar un impuesto sobre el consumo de energía eléctrica, estas disposiciones violan la competencia exclusiva del Congreso de la Unión prevista en el artículo 73, fracción XXIX, numeral 5º, inciso a), de la Constitución General.

Acción de inconstitucionalidad 87/2020, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Puebla, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad de 26 y 27 de diciembre de 2019.

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