Senado emitió 12 decretos sobre igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el primer semestre

/Redacción/

Cdmx. 15 julio 2020.- Entre el 1 de septiembre de 2018 y el 1 de julio de 2020, La LXIV Legislatura aprobó 93 decretos para emitir leyes de nueva creación, reformas constitucionales, abrogación de leyes o reformas a ordenamientos vigentes, señala una investigación elaborada por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD) y destacan temas económicos y fiscales, seguridad pública e igualdad sustantiva, sobre los que más se ha legislado.

La Legislatura de la Paridad de Género ha aprobado reformas como la paridad total, violencia política contra las mujeres, seguridad social para personas trabajadoras del hogar y prohibición del matrimonio infantil, entre otros.

En detalle, se emitieron doce decretos sobre igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, entre los que destacan, además de la reforma de paridad total, los temas de violencia política contra las mujeres en razón de género, seguridad social para personas trabajadoras del hogar, licencias laborales para cuidados de hijos enfermos de cáncer, prohibición del matrimonio infantil, prisión preventiva oficiosa por delitos de feminicidio o violencia sexual contra menores y la Ley de amnistía que beneficiará a mujeres sentenciadas por aborto.

• Reforma de Paridad en Todo, así como en la banca de desarrollo.
• Violencia política contra las mujeres en razón de género.
• Seguridad social para personas trabajadoras del hogar.
• Licencias laborales para cuidados de hijos enfermos de cáncer.
• Prohibición del matrimonio infantil.
• Prisión preventiva oficiosa por delitos de feminicidio o violencia sexual contra menores
(entre otros delitos).
• Ley de amnistía para personas sentenciadas por aborto (entre otros delitos).

Las nuevas políticas de inclusión y reconocimiento fueron:
• La Comisión ordinaria de Juventud amplió su denominación y, por tanto, su objetivo de
trabajo al agregar que es la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual.
• Reconocimiento constitucional a los pueblos y comunidades afromexicanas.
• Incorporación de la obligación del Estado de garantizar condiciones óptimas para que las
personas adultas mayores tengan una plena calidad de vida.

En el estudio titulado “¿Qué temas legisla la LXIV Legislatura? Reporte de decretos aprobados por el Congreso de la Unión”, elaborado por la investigadora Lorena Vázquez Correa, identifica que, del total de decretos aprobados, nueve reformaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se expidieron 22 leyes de nueva creación, 64 decretos reformaron ordenamientos vigentes, cinco leyes fueron abrogadas y doce decretos refieren a la agenda por la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.

En resumen los decretos de la Agenda para la igualdad sustantiva:

La LXIV Legislatura se autodenominó “de la Paridad de Género” e hizo explícito su compromiso
con la agenda para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres (JUCOPO, 2018). Entre las
acciones para subsanar la histórica y sistemática exclusión de las mujeres en los espacios
políticos, en el ejercicio del poder, en la definición de asuntos de interés común y en espacios de representación social y política se creó el Grupo de Trabajo Plural por la Igualdad Sustantiva con legisladoras de todos los grupos y representaciones parlamentarias, a fin de consolidar redes de colaboración en agendas comunes, más allá de las ideologías partidistas. En el marco de estas
consideraciones, en este apartado se sistematizan los decretos de la Legislatura de la Paridad de
Género en materia de igualdad sustantiva.

1. Reforma constitucional de paridad en todo. El decreto en materia de paridad de género
establece que la mitad de los cargos de decisión en los tres ámbitos de gobierno (federal, estatal
y municipal), en los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), así como en los
organismos autónomos, pueblos y comunidades indígenas deberán asignarse a mujeres, también
conocido como paridad en todo (DOF-42, 2019). Además, la reforma reconoce el derecho de los
pueblos y las comunidades con población indígena para elegir representantes ante los
ayuntamientos (DOF-42, 2019: art. 2), observando el principio de paridad conforme a las normas
aplicables.

2. Leyes reglamentarias de la paridad en todo. Las reformas a la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales (LGIPE), la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación reglamentan algunos elementos de la reforma constitucional de
paridad en todo (DOF-85, 2020). La Ley General de Partidos Políticos establece que las
organizaciones partidistas tendrán la obligación de entregar informes pormenorizados y
justificados sobre la aplicación de los recursos destinados para el desarrollo de liderazgos
políticos de las mujeres, y tendrán la posibilidad de emplear parte de dichos recursos en la
creación y fortalecimiento de mecanismos contra la violencia política contra las mujeres en razón
de género. Los partidos políticos tienen la obligación de garantizar la participación de mujeres y
hombres en igualdad de condiciones en sus órganos internos de dirección y espacios de toma de
decisión; deberán garantizar la no discriminación por razón de género en la programación y
distribución de tiempos del Estado en radio y televisión y el órgano responsable de la impartición
de justicia intrapartidaria deberá aplicar la perspectiva de género en todas sus resoluciones.
Las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen que las Salas con las que funciona el
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deberá integrarse respetando el principio
constitucional de paridad de género (DOF-85, 2020). Asimismo, las autoridades electorales
jurisdiccionales en las entidades federativas se compondrán observando el mismo principio y
Mirada Legislativa No. 0000

Reporte de decretos aprobados por el Congreso de la Unión (septiembre 2018-julio 2020)
alternando el género mayoritario. La LGIPE señala que los órganos de dirección de los OPLE y el
Consejo General del INE deberán integrarse paritariamente; la Comisión de Igualdad de Género
y No Discriminación del Instituto Nacional Electoral funcionará de manera permanente y todas
las comisiones permanentes del INE se integrarán bajo el principio de paridad de género.

Además, la reforma reitera el reconocimiento del derecho de los pueblos y las comunidades con
población indígena para elegir representantes ante los ayuntamientos, observando el principio
de paridad conforme a las normas aplicables.

3. Violencia política contra las mujeres en razón de género. El 13 de abril de 2020 se publicó el decreto en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, por el cual se conceptualiza y tipifica el delito en el ámbito penal, electoral y de responsabilidades
administrativas. Además, otorga competencias a las autoridades electorales locales y federales
para prevenir, atender, sancionar, emitir medidas cautelares y resarcir el daño a las víctimas
(DOF-85, 2020).

4. Seguridad social a trabajadoras del hogar. La reforma a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del
Seguro Social establece que las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a la Seguridad
Social (DOF-43, 2019). Además, establece la obligación de fijar, bajo contrato escrito, la relación laboral entre los y las trabajadoras del hogar y sus empleadores, el cual deberá incluir la vigencia de la relación laboral, horas de trabajo, remuneraciones y prestaciones adicionales. También se tendrán que garantizar vacaciones, pago de días descanso, aguinaldo, alimentación y cualquier otra prestación que las partes acuerden.

5. Prisión preventiva oficiosa por feminicidio y abuso o violencia sexual contra menores. La
reforma al artículo 19 constitucional incorpora los delitos de abuso o violencia sexual contra
menores y feminicidio al catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa (DOF-17,
2019).

6. Ley de amnistía para personas sentenciadas por aborto. La nueva ley beneficiará –bajo
determinados criterios– a las personas que hayan sido sentenciadas, procesadas o se les haya
ejercitado acción penal por el “delito” (sic.) de aborto, entre otros. (DOF-87, 2020).

7. Matrimonio infantil. La reforma al Código Civil establece como requisito para contraer
matrimonio, que los contrayentes tengan la mayoría de edad y elimina cualquier disposición
previa que autorice el matrimonio entre personas menores de edad (DOF-38, 2019).

8. Lenguaje incluyente. La reforma a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales tiene como
objetivo introducir lenguaje incluyente que visibilice la contribución y el trabajo de las mujeres
en los organismos paraestatales y elimine cualquier tipo de discriminación hacia este sector de
la población motivada por origen étnico, género, edad, discapacidades, condiciones sociales,
condiciones de salud, opiniones, preferencias sexuales, o cualquier otra que atente contra la
dignidad humana (DOF-12, 2019). Para ello, el decreto adiciona la frase “la persona Titular de la
Dirección General”, se modifica la palabra “miembros” por “integrantes”, “Distrito Federal” por
“Ciudad de México”, “directoras”, “coordinadoras”, “ciudadana”, “delegada”, “presidenta”,
“Comisaria”, “ser ciudadano mexicano” por “ser ciudadana o ciudadano mexicano”, entre otras.

9. Paridad en la banca de desarrollo. El decreto reforma la Ley de Instituciones de Crédito para
establecer que las instituciones de banca de desarrollo deberán cumplir la integración paritaria
de sus consejeros independientes de manera progresiva y cuando sea necesario nombrar un
nuevo miembro de consejo directivo, se deberá elegir a una persona del género que tiene menor
representación (DOF-40, 2019).

10. Licencia de maternidad para personal militar. La reforma a la Ley del Instituto de Seguridad
Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas establece que el personal militar femenino podrá
transferir las semanas en que gozará de su licencia de maternidad para después del parto y la
licencia aumentará dos meses en caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de
discapacidad o requieran atención médica hospitalaria (DOF-26, 2019).

11. Licencia laboral para trabajadores con hijos enfermos. El decreto establece que los padres y
madres trabajadoras con hijos menores de 16 años que hayan sido diagnosticados con cáncer
podrán ausentarse de sus labores en caso de que requieran otorgar cuidados asociados a dicha
enfermedad (DOF-41, 2019). La licencia tendrá vigencia entre uno y hasta veintiocho días y
podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años
sin que se excedan trescientos sesenta y cuatro días, los cuales no necesariamente deberán ser
continuos.

12. Comisión de juventud y diversidad sexual. La Comisión ordinaria de juventud amplía su
denominación y, por tanto, su objetivo de trabajo al agregar que también es la comisión de la
diversidad sexual, con lo cual se logra que sector de la población tenga un espacio permanente
en el Congreso de la Unión para la representación de sus intereses (DOF-1, 2018).
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Además el documento del IBD explica que las reformas constitucionales han dado pie a la creación de la Guardia Nacional, la cancelación de la reforma educativa de la administración anterior, el fortalecimiento de la figura de la extinción de dominio, la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, la paridad total, el reconocimiento de los pueblos y comunidades afromexicanas, la prohibición de la condonación de impuestos, la revocación de mandato y la consulta popular y la constitucionalización de los apoyos económicos para personas con discapacidad, pensiones a adultos mayores, becas a estudiantes en condición de pobreza y la gratuidad de los servicios de salud a la población sin seguridad social.

Los temas más legislados se relacionan con asuntos económicos y fiscales, en donde se ubicaron 19 decretos en materia de emisión y adquisición de facturas falsas, Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado, eliminación del Consejo de Promoción Turística, creación del Banco de Bienestar, prohibición de condonación de impuestos, cuentas bancarias para adolescentes, reducción de carga fiscal a PEMEX, infraestructura de la calidad, propiedad industrial, entre otros.

Se registran también 12 decretos en materia de seguridad pública referentes a la Guardia Nacional, prisión preventiva oficiosa, uso de la fuerza, registro de detenciones, sistema nacional de información y seguridad pública, educación naval y sistema de ascensos del personal del ejército y fuerza aérea.

El estudio del IBD se puede consultar en la siguiente dirección: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/4910

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