Tribunal electoral determina que Denise Dresser no cometió Violencia Política de Género contra Andrea Chávez

07.02.2024.- No cometió violencia política de género Denise Dresser contra la diputada de Morena Andrea Chávez concluyó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al revocar por unanimidad de votos, la resolución de la Sala Regional Especializada en la que determinó la existencia de este tipo VPRG atribuida a la periodista Denise Eugenia Dresser Guerra, con motivo de diversas manifestaciones emitidas en el programa “Mesa de Análisis con Loret” del noticiero Latinus, relacionadas con la diputada federal Andrea Chávez Treviño.

Inconforme con lo anterior, la periodista impugnó la resolución, al considerar que, en su concepto, sus manifestaciones se encontraban amparadas en el derecho a la libertad de expresión y no configuran violencia política de género.

“La violencia política de género no puede ser un instrumento para silenciar a la prensa ni el ejercicio libre del periodismo”, consideró el Magistrado Felipe De la Mata.

“Utilizar la violencia de género para silenciar voces, incluidas aquellas que puedan ser molestas o incómodas, priva la libertad de expresión y el derecho a informar, sobre todo si tienen el fin de censurar información crítica de interés público”, sostuvo De la Mata.

La magistrada Janine Otálora pos su parte expuso que no se puede permitir que las luchas y logros de las mujeres se utilicen para evadir la crítica y la exposición de información de relevancia pública.

Por lo tanto determinaron que los comentarios que la periodista vertió en la mesa de análisis que sugería que la diputada Andrea Chávez era pareja del exsecretario de Gobernación, Adán Augusto López, se encuentran amparadas en la libertad de expresión.

La magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó en su propuesta que las expresiones denunciadas se encuentran tuteladas en el ejercicio de los derechos de la libertad de expresión y libertad periodística, porque se trató de una crítica severa sobre un tema público y de interés general, como lo es la supuesta utilización de recursos públicos por el uso de un avión del gobierno federal.

Por este criterio se concluyó que las expresiones de Denise Dresser no implicaba la reproducción de estereotipos de género que anularan el reconocimiento o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, por lo que no se definió la violencia política en razón de género.

En consecuencia, se revocó la resolución impugnada y se dejaron sin efectos la sanción y medidas de reparación impuestas (SUP-REP-642/2023 y acumulado).

La sanción revocada permitirá a Denise Dresser no pagar una multa de 20 mil 748 pesos, el ofrecer una disculpa pública a Andrea Chávez, la publicación de la anterior sentencia en su cuenta de X, tomar un curso sobre violencia política contra las mujeres en razón de género, además de no quedar inscrita en el listado de las personas agresoras de mujeres políticas.

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