*Al rendir su primer informe, el ministro presidente de la SCJN destacó resoluciones que protegen el derecho de las mujeres a decidir.
*Foto: Cimac / Aunque la Corte ha ampliado la protección judicial del derecho a decidir, organizaciones feministas advierten que persisten barreras para acceder a servicios de aborto seguro en México.
/ Escrito por Georgina Monroy Vázquez /
12.09.2026 /CimacNoticias.com/ A un año de la entrada en funciones de la nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), su ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, destacó las resoluciones mediante las cuales el máximo tribunal ha tutelado los derechos de las mujeres, entre ellos el derecho a decidir sobre su reproducción y a contar con políticas públicas que garanticen un aborto seguro.
Durante la presentación de su primer informe de actividades, realizada el 7 de septiembre, Aguilar Ortiz señaló que la Corte ha resuelto asuntos relacionados con los derechos de las mujeres en contextos de violencia vicaria, así como con el acceso a servicios de salud y a políticas públicas para garantizar la interrupción segura del embarazo.
“La Suprema Corte ha resuelto diversos asuntos en los que se tutela el derecho de las mujeres en contextos de violencia vicaria o bien para decidir y contar con políticas públicas que garanticen un aborto seguro”, afirmó el ministro presidente.
En su balance también mencionó resoluciones relacionadas con los derechos de niñas y niños con discapacidad, los servicios de salud, el derecho a una vida digna, la gestación por sustitución, la adopción y los derechos de las personas cuidadoras.
La Corte y el derecho a decidir
El señalamiento del ministro presidente ocurre mientras la SCJN mantiene una serie de precedentes que han transformado el reconocimiento jurídico del derecho al aborto en México.
Como CIMAC Noticias documentó el pasado 27 de agosto, durante los primeros meses de la nueva integración de la Corte se resolvieron asuntos que permitieron consolidar y aplicar criterios con impacto directo en la vida de las mujeres. Uno de los principales ejes identificados fue precisamente la autonomía reproductiva.
Entre los antecedentes se encuentra la decisión de 2023 mediante la cual la SCJN determinó que las normas del Código Penal Federal que criminalizaban el aborto no podían seguir produciendo efectos, un criterio que estableció que ninguna mujer ni personal de salud podía ser sancionado bajo esas disposiciones.
La nueva integración también ha tenido que resolver asuntos relacionados con las condiciones para hacer efectivo ese derecho.
Uno de ellos fue el Amparo en Revisión 426/2025, cuya ponencia estuvo a cargo del propio Hugo Aguilar. De acuerdo con información de la SCJN, el asunto se relacionó con el acceso a servicios de salud para la interrupción del embarazo y se acompañó de una contradicción de criterios en la que se estableció que los servicios para interrumpir el embarazo deben otorgarse de manera accesible y segura en los estados donde el aborto haya sido despenalizado.
De la despenalización al acceso efectivo
Sin embargo, el reconocimiento jurídico del derecho no significa que todas las mujeres puedan ejercerlo en las mismas condiciones.
En una investigación publicada por CIMAC Noticias el 4 de septiembre, documentamos que, aunque 23 entidades habían despenalizado el aborto hasta junio de 2026, persisten diferencias en los plazos, infraestructura y disponibilidad de servicios que pueden limitar el acceso efectivo al derecho a decidir.
Esta brecha también fue documentada en otra investigación publicada por este medio el 7 de septiembre. El informe de Fundar Voces por el derecho a decidir identificó 405 Servicios de Aborto Seguro en México hasta julio de 2026; sin embargo, señaló que factores como la distancia geográfica, los horarios restringidos, la falta de personal e insumos, el presupuesto insuficiente y el estigma continúan obstaculizando el acceso.
De los servicios identificados, 60 por ciento brinda atención únicamente de lunes a viernes y sólo 35 por ciento funciona todos los días. A ello se suman dificultades como la falta de medicamentos e insumos, entre ellos misoprostol y mifepristona, así como la insuficiencia de personal médico no objetor de conciencia.
Es decir, aunque la jurisprudencia de la Corte ha avanzado en el reconocimiento de la autonomía reproductiva, el reto permanece en garantizar que ese derecho pueda ejercerse de manera efectiva, segura, gratuita, oportuna y sin estigmas.
El desafío que queda para la Corte
A un año de la nueva integración, el balance presentado por Hugo Aguilar coloca el aborto seguro entre los derechos que, desde su perspectiva, han sido tutelados por la SCJN.
Pero el panorama documentado por organizaciones feministas y por CIMAC muestra que todavía existe una distancia entre el reconocimiento constitucional y judicial del derecho y su ejercicio cotidiano.
La disponibilidad de servicios, los medicamentos, el personal capacitado, la eliminación de barreras administrativas y la atención libre de estigma son algunos de los pendientes para que la despenalización se traduzca en acceso efectivo.
El propio desarrollo de los criterios de la Suprema Corte apunta hacia ese desafío: no basta con que el aborto deje de ser un delito; el Estado debe generar las condiciones necesarias para que las mujeres y personas con capacidad de gestar puedan ejercer su autonomía reproductiva y recibir atención segura y digna.
En su primer informe, Hugo Aguilar presentó estos avances como parte de la labor de la nueva Corte para tutelar los derechos humanos. El reto, ahora, es que esos criterios se traduzcan en servicios accesibles para todas las mujeres, independientemente de la entidad donde vivan o de sus condiciones económicas y sociales.

