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07.08.2026 Washington, EUA.- El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, volvió a desafiar el alcance de la ciudadanía por nacimiento y firmó este jueves dos órdenes ejecutivas destinadas a restringirla en determinados casos y a combatir lo que su administración denomina “turismo de nacimiento”, apenas cinco semanas después de que la Suprema Corte rechazara su intento anterior de negar la ciudadanía automática a hijos de personas inmigrantes en situación irregular o con presencia temporal en el país.
Desde el Despacho Oval, Trump calificó como “muy desafortunada” la decisión de la Suprema Corte del pasado 30 de junio y defendió nuevamente su argumento de que existen personas que ingresan a Estados Unidos con el propósito específico de tener hijos en territorio estadounidense para que éstos obtengan la ciudadanía.
“Lo que hemos visto en los últimos años son redes delictivas organizadas que establecen un sistema mediante el cual decenas de miles de personas pueden venir a este país de forma organizada y dar a luz aquí únicamente con el propósito de obtener la ciudadanía por derecho de nacimiento”, afirmó Trump ante periodistas, al explicar el nuevo movimiento de su administración.
El presidente estadounidense sostuvo que alrededor de esta práctica se han desarrollado negocios y redes que, a su juicio, utilizan las reglas migratorias para obtener la ciudadanía estadounidense. Sin embargo, no existen cifras oficiales que permitan determinar cuántas personas viajan específicamente a Estados Unidos para dar a luz con ese propósito. Reuters señaló que tampoco hay datos oficiales sobre el costo para los contribuyentes estadounidenses de esta práctica.
La nueva ofensiva de Trump contra estos dos casos es distinta a la orden que firmó el primer día de su segundo mandato, aunque persigue el mismo objetivo general de reducir el alcance de la ciudadanía por nacimiento. La orden de enero de 2025 buscaba impedir que el gobierno federal reconociera como ciudadanos a niños nacidos en Estados Unidos cuando ninguno de sus padres fuera ciudadano estadounidense o residente permanente legal, incluyendo a hijos de personas en situación migratoria irregular y de quienes se encontraran legalmente en el país de manera temporal.
Aquella medida provocó una batalla judicial que llegó hasta la Suprema Corte.
El 30 de junio, la Suprema Corte resolvió el caso Trump contra Barbara y estableció que los niños nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran ilegal o temporalmente en el país están sujetos a la jurisdicción estadounidense y, por lo tanto, adquieren la ciudadanía al nacer conforme a la Decimocuarta Enmienda de la Constitución.
El fallo fue adoptado por una mayoría de seis magistrados contra tres y representó un revés para la estrategia del presidente de modificar mediante una orden ejecutiva una interpretación constitucional vigente desde hace más de un siglo.
La Decimocuarta Enmienda, ratificada en 1868 después de la Guerra Civil estadounidense, establece en su llamada Cláusula de Ciudadanía que las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos del país y del estado donde residen.
La Suprema Corte sostuvo que esa garantía alcanza a los hijos nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentren de manera ilegal o temporal en el territorio. El presidente de la Corte, John Roberts, escribió que los autores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa protección a las personas nacidas libres en el territorio estadounidense.
Ese fallo no dejó margen para que el gobierno federal simplemente aplicara la orden de 2025 tal como había sido concebida.
Dos nuevas órdenes
Las dos medidas firmadas este jueves buscan presentarse como un ajuste más limitado y específico. La Casa Blanca sostiene que no pretende desconocer el fallo de la Suprema Corte, sino aplicar excepciones históricas que, según su interpretación, quedan fuera de la garantía constitucional.
La primera orden identifica determinadas categorías de niños cuyos padres no son ciudadanos estadounidenses y establece que las agencias federales no deberán emitir documentos reconociéndolos como ciudadanos cuando se presenten determinadas circunstancias.
Entre ellas se encuentran casos en los que alguno de los padres sea considerado “enemigo extranjero”, incluyendo integrantes de organizaciones terroristas extranjeras designadas por Estados Unidos; hijos de determinados empleados de gobiernos extranjeros; situaciones en las que los padres hayan participado en operaciones comerciales destinadas a conseguir la ciudadanía mediante el nacimiento en territorio estadounidense, y determinados supuestos relacionados con territorios estadounidenses.
La segunda orden está dirigida específicamente contra el llamado “turismo de nacimiento”. La Casa Blanca instruyó a los secretarios de Estado y de Seguridad Nacional a utilizar sus facultades para impedir la entrada a Estados Unidos de personas extranjeras que, de acuerdo con la administración, pretendan ingresar al país con el propósito de dar a luz para obtener ciudadanía para sus hijos.
La administración Trump sostiene que existen intermediarios y redes comerciales que ofrecen servicios para facilitar este tipo de viajes.
La Casa Blanca afirma que las nuevas medidas buscan proteger el valor de la ciudadanía estadounidense y evitar que actores extranjeros exploten el sistema migratorio. En su explicación oficial, el gobierno señala que las órdenes pretenden actuar contra personas que intentan obtener la ciudadanía mediante mecanismos que considera fraudulentos o contrarios a las normas migratorias.
La nueva estrategia enfrenta desde el principio una pregunta jurídica fundamental: hasta dónde puede llegar un presidente mediante órdenes ejecutivas cuando la Suprema Corte ya determinó que la Decimocuarta Enmienda protege a los hijos nacidos en territorio estadounidense de padres con presencia ilegal o temporal.
La Casa Blanca argumenta que sus nuevas disposiciones se concentran en excepciones históricas y que, por ello, no contradicen directamente el fallo de junio.
La disputa por la ciudadanía por nacimiento forma parte de la ofensiva migratoria más amplia de Trump.
Desde su regreso a la Casa Blanca, el presidente ha impulsado medidas para endurecer el control fronterizo, aumentar las deportaciones, restringir determinadas vías de ingreso y revisar programas de visas.
La propia Casa Blanca presenta las nuevas órdenes como parte de una estrategia para reforzar la seguridad migratoria y evitar que la ciudadanía estadounidense sea obtenida mediante lo que considera abusos del sistema.
El gobierno también afirma haber intensificado las investigaciones para retirar la ciudadanía a personas que, según sus autoridades, la obtuvieron mediante fraude. En su balance publicado este jueves, la Casa Blanca señaló que ha presentado demandas de desnaturalización contra 88 personas a las que considera inelegibles para conservar la ciudadanía.
Pero la ciudadanía por nacimiento constituye un asunto diferente. En estos casos no se trata de personas extranjeras que se naturalizan después de cumplir determinados requisitos, sino de niños cuyo derecho se origina en el lugar donde nacen y en la interpretación constitucional de la Decimocuarta Enmienda.
El argumento histórico de Trump
Durante su intervención, Trump volvió también sobre el origen de la Decimocuarta Enmienda y cuestionó que una disposición aprobada después de la Guerra Civil deba aplicarse de la misma manera a la realidad migratoria contemporánea.
El presidente argumentó que aquella reforma constitucional fue adoptada principalmente para reconocer los derechos de los hijos de las personas esclavizadas liberadas después de la guerra.
La Suprema Corte, sin embargo, interpretó que la garantía no quedó limitada a ese contexto histórico. En su decisión de junio, el máximo tribunal concluyó que la ciudadanía alcanza a los niños nacidos en Estados Unidos cuyos padres se encuentren ilegal o temporalmente en el país.
Ese punto es fundamental porque la disputa no se limita a una política migratoria. Lo que está en juego es quién tiene autoridad para determinar el alcance de una garantía establecida en la Constitución: el presidente mediante una orden ejecutiva o el Poder Judicial mediante su interpretación constitucional.

