SAT determina que la CURP no es necesaria para dos trámites.

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10.11.2024. Xalapa, Ver.-La Clave Única de Registro de Población (CURP) necesaria para la mayoría de trámites de gobierno ya no será requerida para trámites gubernamentales.

A partir de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) simplifica los trámites de RFC y firma electrónica (e.firma), además otorga facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y agiliza la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comunicó que los trámites que todos los contribuyentes deben realizar en caso de ser personas físicas, ya no requieren del CURP, la que anteriormente debía presentarse de manera obligatoria.

La decisión se tomó en el marco de una serie de medidas efectuadas por el organismo gubernamental. Esto con el objetivo simplificar ciertas gestiones a todos los tributantes. Por lo que ahora sólo será necesaria la presentación de un documento en específico.

De esta manera, con las nuevas determinaciones, en funcionamiento desde octubre, se busca “agilizar los trámites y dar la mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota”.

De acuerdo con un comunicado oficial difundido por el SAT, ya no deberá presentarse la CURP ni para el trámite de inscripción en el RFC de personas físicas. ni para la inscripción a la e.firma.

Desde octubre, quienes deseen llevar a cabo estos procesos tan sólo deberán presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con el campo de “domicilio” completo y legible.

Asimismo, se especifica que aquellas personas que tengan su e.firma vencida desde hace menos de un año no necesitan realizar el trámite de manera presencial, pues pueden hacerlo a través de los canales remotos. No obstante, si deciden llevarlo a cabo desde las oficinas del SAT, el organismo señala que solo debe presentarse la memoria USB e identificarse con la huella digital.

Trámites del RFC y e.firma

En el trámite de inscripción en el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita.

Para la inscripción en el RFC y e.firma de personas físicas, solo se requiere presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo, toda vez que ya no es necesario presentar la CURP y comprobante de domicilio.

Para la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año vencida, puede realizarse el trámite por los canales remotos y, en caso de hacerlo en oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB, al identificarse con la huella digital.

Constancia de Situación Fiscal

Se puede obtener en las oficinas del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.

Se habilita la Cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, la cual se puede consultar en:

https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Los contribuyentes que tributan en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales.

Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Las personas físicas que salieron del RESICO pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

Con estas acciones el SAT refrenda su compromiso para agilizar los trámites y dar la mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota.