SCJN suspende por tiempo indefinido aplicación del PLAN B de reforma electoral .

* Suspensión provisional

24.03.2023 Ciudad de México.- Este viernes el ministro Javier Laynez Potisek suspendió por tiempo indefinido la aplicación del llamado “plan b” de la reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

La Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJN) admitió la demanda presentada por el Instituto Nacional Electoral presentada por el Instituto Nacional Electoral en contra de las Reformas Legales que modifican tanto su estructura como sus procedimientos y concedió la suspensión solicitada.

Javier Laynez Potisek admitió la demanda de Controversia Constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del ‘Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral’.

En este mismo Acuerdo, el Ministro Instructor solicitó a las autoridades demandadas (Congreso de la Unión y Ejecutivo Federal) que presenten su contestación dentro del plazo legal.

Aunado a lo anterior, el Ministro Instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.

Dicha suspensión fue otorgada debido a que el Decreto no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede.

Asimismo, la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Apenas el pasado 22 de marzo La TEPJF invalida transitorio del “Plan B” de reforma electoral sobre remoción del Secretario Ejecutivo del INE.

La magistrada Janine Otálora dijo que el artículo 13 constitucional prohíbe las leyes privativas, por lo que el Congreso de la Unión no puede determinar en una norma transitoria que cesará en sus funciones al titular de dicha Secretaría Ejecutiva del INE, ya que esta disposición no reviste la generalidad, abstracción e impersonalidad requerida.

La consejería jurídica de la Presidencia de la Republica amenazó con irse contra los jueces pues argumentó suplieron una determinación que era competencia de la SCJN.

La determinación de la SCJN se da a unas horas luego de que el secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, criticó la reforma electoral recién aprobada en México, al considerar que está “está en riesgo la institucionalidad” en la organización de los procesos electorales.

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