Tras fallecimientos, perfiles en redes sociales permanecen. #Veracruz #Xalapa #Coatzacoalcos

*Urgen globalizar marco legal en protección de datos personales, alerta especialista.

/Redacción/

Xalapa, Ver.-Alrededor de 89 millones de mexicanos cuentan con registro en redes sociales, la edad de los usuarios oscila entre 20 y 40 años, y la mayoría desconoce que pasará con sus datos personales el día de su muerte.

Académica y estudiante de doctorado, Diana Paola González Mendoza, alertó que los prestadores de servicios de las redes sociales se quedan con los perfiles digitales y los datos personales que hayan recopilado de una persona que fallece.

Explicó que los perfiles digitales de los usuarios de redes sociales consisten en la personalidad, el honor y la imagen lo que implica un bien personal y tienen un carácter instrumental; la publicidad a través de las cookies y la dirección IP, arrojan un perfil detallado de las preferencias de los usuarios.

“Una vez fallecida la persona, estos perfiles digitales si siguen existiendo, en el caso de los perfiles conmemorativos, pasarían a ser parte de la memoria definitiva. Es decir, ese eco inextinguible de la dignidad humana”, declaró.

La master en Derecho español para juristas extranjeros en Salamanca expresó que el uso de internet incrementó de manera importante durante el 2020, debido a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus y que se está viviendo globalmente.

“Hotsuite reporta 3 mil 800 millones de personas que son usuarias de redes sociales de las cuales 89 millones son mexicanos”, comentó en un foro virtual organizado por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

González Mendoza explicó que hasta hace poco no existía ninguna regulación legal en relación a lo que sucedería con los perfiles digitales y se tenía que atener a las políticas de uso de las redes sociales.

Detalló que tanto Facebook como Instagram, cuentan con formularios para que familiares de las personas fallecidas llenen documentación necesaria y que cuenten con medios para comprobar el fallecimiento de la persona.

Algunos proveedores de redes sociales aceptan enlaces o esquelas como es el caso de Instagram y en el caso de Twitter un formulario que deberá contener una esquela y cual fue último trabajo de la persona fallecida.

La plataforma Yahoo no cuenta con documentación para cumplimentar perfiles digitales luego de la muerte; Google tiene un apartado en donde se debe hacer una solicitud para cancelar la cuenta de persona fallecida, esta red social cuenta con un administrador de cuentas inactivas y las personas pueden disponer qué hacer con el contenido de la cuenta de la persona fallecida.

“Cuando se llegue el periodo de inactividad notificará cuando se vaya a eliminar la cuenta.
Se puede designar hasta 10 personas para que sean las encargadas de recopilar la información”, detalló la especialista en el encuentro “La protección de datos personales en tiempos de pandemia”.

En España y Europa desde el 2017 existe marco jurídico denominado voluntades digitales, que entre otros tiene la facultad de designar, albacea o herederos de los datos personales, destacó.

Las leyes más avanzadas en esta materia son las de Francia y Alemania que refieren que las personas disponen y que se encuentran en los servicios sociales de la información; “si no existe disposición específica los herederos deberán decidir si eliminan la cuenta o la mantienen”.

Diana Paola González se pronunció porque exista una legislación global, para que se puedan retirar los perfiles digitales y que sea un ente regulador el que establezca pautas generales para bajarlos de la nube.

“Puede haber una competencia para otorgarles a las autoridades competentes, una supervisión para que los prestadores de servicios que cuentan con la información personal cumplan con las previsiones realizadas por las personas ya fallecidas”, concluyó.